Actualizado 31 agosto, 2013
Las leyes turísticas baleares
permiten que las baterías que cierra Defensa se conviertan en hoteles, aunque,
eso sí, se encuentran en terrenos rústicos protegidos y no podrán aumentar la
edificabilidad existente, según recoge este sábado Última Hora.
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Las leyes turísticas permiten que
las baterías que cierra Defensa se conviertan en hoteles
Se encuentran en terrenos rústicos protegidos
y no podrán aumentar la edificabilidad existente
Germà Ventayol 31/08/2013 ULTIMA HORA
La situación urbanística de las baterías de costa que el Ministerio de Defensa cerrará en
Mallorca -Cap Blanc, Cala Carril (Llucmajor) y Refeubeitx (Calvià)- las
convierte en golosas perlas en el litoral ya que ofrecen unas perpectivas
privilegiadas sobre la bahía y una privacidad garantizada, condiciones que
reclaman los establecimientos turísticos de máximo lujo.
La vigente Ley General Turística de Balears, precisamente, contempla que las instalaciones militares pueda tener un
uso turístico aunque respetando siempre la calificación urbanística.
En el caso de las baterías de costa, todas las
parcelas -alguna de ellas con una superficie de 50.000 metros cuadrados, como
es la de Cala Carril en Llucmajor- se encuentran en terrenos rústicos
protegidos, circunstancia que impide que se amplíen las actuales edificaciones.
Un ejemplo de las posibilidades hoteleras con la enajenación de las baterías
costeras es el hotel de lujo Cap Rocat, ubicado en la antigua batería de Cap
Enderrocat, también en el término de Llucmajor.
Por lo que respecta al club de la Torre d'en Pau, en
la barriada palmesana del Coll d'en Rabassa, la calificación urbanística de sus
9.171 metros cuadrados es de suelo urbano y uso deportivo. También se encuentra
afectada por una servitud de la Zona de Dominio Público Marítimo-Terrestre. Las
posibilidades de edificación son mínimas, un máximo de dos plantas.
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Ley 8/2012 , de 19 de
julio , del Turismo de las Illes Balears
Disposición
adicional décima.
El uso turístico estará permitido en los
edificios catalogados y ubicados en
cualquier tipo de suelo, previo informe,
favorable y vinculante, de la administración competente en materia turística y
de la administración competente en materia de patrimonio.
También estará permitido el uso turístico en edificaciones que
tengan o hayan tenido uso militar, siempre que conserven sus valores
patrimoniales.
BOE , en vigor desde julio 2012
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