LA GESTIÓN Y ORDENACIÓN AMBIENTAL Y DEL PAISAJE DE LOS ESPACIOS NATURALES MILITARES Y LAS INSTALACIONES MILITARES DE LA ISLA DE MALLORCA (Illes Balears)
INDICE :
A - INTRODUCCIÓN p.3
B – FINES Y OBJETIVOS p.4
B.1.OBJETIVOS GENERALES p.4
B.2.FINES p.4
C – ANTECEDENTES p.5
C.1.DEFENSA Y MEDIO AMBIENTE p.5
C.1.1.Efectos históricos sobre el medio de la ocupación militar p.5
C.1.1.1.Efectos positivos : Conservación del habitat.
C.1.1.2.Efectos negativos : Impactos ambientales.
C.1.2.La gestión ambiental del Ministerio de Defensa p.7
C.1.2.1.Estructura orgánica y competencias en materia de medio ambiente.
C.1.2.2.Regulación normativa medioambiental.
C.1.2.3.Planes y objetivos.
C.1.2.4.Desarrollo de la gestión ambiental.
C.1.2.4.a.Sistemas de Gestion Ambiental.
C.1.2.4.b.Cooperación con otros Organismos.
C.2.POLÍTICAS DE DEFENSA p.12
C.2.1.Políticas , estrategias y necesidades para la Defensa p.12
C.2.1.1.Estrategias y fines generales de la Defensa actuales.
C.2.1.2.La evolución en Mallorca de las necesidades de defensa.
C.2.2.La gestión patrimonial de las infraestructuras militares p.14
C.2.2.1.El mantenimiento de la propiedad militar y los usos no militares.
C.2.2.2.La desinversión de propiedades militares.
C.2.2.3.La desinversión de propiedades militares en Mallorca.
C.3. INTERESES Y DERECHOS SOCIALES p.18
C.3.1.Derechos básicos constitucionales p.18
C.3.2.Compatibilidad entre el interés de la defensa y el interés medioambiental.
C.3.3.Otros intereses sociales
C.3.4.Movimientos sociales
C.4.LOS ESPACIOS NATURALES DE MALLORCA p.22
C.4.1.La Red de espacios protegidos p.22
C.4.2.Normativa reguladora p.24
C.4.2.1.De protección
C.4.2.2.De adquisición de espacios naturales.
C.4.3.Convenios de colaboración en espacios naturales protegidos.
C.5.El PAISAJE p.27
C.6.LA COSTA p.28
C.6.1.La Ley de Costas y el Dominio Público Marítimo Terrestre
C.6.2.La gestión del litoral
C.7.LA PROTECCIÓN HISTÓRICO-ARTÍSTICA DE LAS INSTALACIONES MILITARES EN MALLORCA p.32
D – CONCLUSIONES p.33
E – ESPACIOS E INSTALACIONES SUJETOS AL ESTUDIO p.35
E.1.CRITERIOS DE SELECCIÓN p.35
E.2.RELACIÓN p.36
E.2.1.Espacios naturales e instalaciones de propiedad militar
E.2.2.Espacios naturales desafectados bajo propiedad privada
E.2.3.Instalaciones militares en el Dominio Público Marítimo Terrestre
E.3.DESCRIPCIÓN,BREVE INVENTARIO, LINEAS BÁSICAS ACTUACIÓN p.36
F-FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA
F.1.FUENTES p.37
F.2.BIBLIOGRAFÍA p.38
F.3.CARTOGRAFÍA p.39
G - ANEXOS
ANEXO NUM.1 p.40
Ubicación y extensión de los espacios.
ANEXO NUM.2 p.41
Listado de propuestas para cada espacio.
ANEXO NUM.3
Fichas de los espacios :
1 -Parque Nacional del Archipiélago de Cabrera p.43
2 -Base y estación de vigilancia aérea de Puig Major p.50
3 -Islote de Es Pantaleu p.58
4 -Batería de costa de Rafeubetx-Banc d’Eivissa p.61
5 -Islotes y playa de Illetes p.68
6 -Base General Asensio p.74
7 -Polvorín de Puntiró p.78
8 -Batería de costa de Cap Blanc p.81
9 -Dirección de tiro de la batería de costa de Cap Blanc p.86
10 -Batería de costa de Cala Carril p.94
11 -Polvorín de Porreres ó Famella p.100
12 -Batería de costa de Cap Pinar p.103
13 -Base aérea de Port Pollença p.109
14 -Polvorín de Santa Magdalena p.114
15 -Antigua batería de costa de Cala Figuera p.118
16 -Antigua batería de costa y Fortí de Illetes p.125
17 -Antigua batería de costa de Cap de Regana p.131
18 -Área de Sa Talaia d’Albercutx p.137
19 -Bunkers de la Bahía de Pollença p.142
20 -Bunkers y torres de la bahía de Alcudia p.147
21 -Bunkers de las playas de Ses Salines p.153
22 -Bunkers de las playas de Es Trenc y Sa Rápita p.158
23 -Bunkers de Alcanada p.164
A-INTRODUCCIÓN :
El Estado, como Ministerio de Defensa , posee a lo largo de todo el territorio nacional, una red de espacios naturales de su propiedad, patrimonio común de gran valor ambiental, ecológico y paisajístico, de superior importancia por su volumen y la calidad de los habitats que contienen.
En 2004 la superficie total en España era de 1.361.895 m2 y en Baleares de 34.668 m2.(fuente : diario El Pais)
Se reparten prácticamente por todo el conjunto del territorio nacional y de hecho suponían hasta hace poco una red paralela de reservas de espacios naturales restringidos independiente de la red “civil” de espacios protegidos. En la actualidad , más de un 25 % de la superficie de estos espacios están adscritos a la Red Natura 2000 , con lo que las redes de espacios naturales estan ahora superpuestas en parte bajo el contenido de la Directiva europea sobre la Conservación de los Habitats.
En la isla de Mallorca los espacios naturales militares ,al contrario que en otras regiones de España , no constituyen fincas rústicas de gran extensión para polígonos de tiro y maniobras ,sino mas bien se trata de propiedades menores pero de una gran relevancia medioambiental como los terrenos que rodean a las antiguas baterías de costa ,hoy desmanteladas en su totalidad, y otros espacios como polvorines y zonas de vigilancia aérea.
La gestión ambiental expresa de estos espacios y de las instalaciones que contienen asi como las actividades militares se plantean ahora con conciencia expresa sobretodo a partir de las declaraciones ,estudios y compromisos de la CCMS (Comité on the Challenges to Modern Society) de la OTAN , asi como de las acciones de la DEFNET (EU Member States Defence Environmental Network), cuyas recomendaciones se implementan de un modo positivo y creciente también en los espacios e instalaciones militares españolas.
Al mismo tiempo se debate acerca de la compatibilidad de los usos militares con la sostenibilidad ambiental de los espacios e instalaciones , así como socioeconómicamente el uso recreativo y turístico demanda la gestión , usos y mantenimiento de la propiedad pública civiles , en la constatación de una desamortización continuada y mas o menos planificada de las propiedades desafectadas del interés para la defensa nacional,como consecuencia de la reducción de medios del actual Ejército profesional y de las nuevas estrategias , misiones e intereses de la defensa nacional.
En definitiva , nos encontramos en un momento histórico clave que determinará el destino futuro de este patrimonio natural común , en su calidad de conservación , en su tipo de propiedad , en su mayor o menor uso público y en su valor socioeconómico.
El grado en que el conocimiento y la información disponible se usan en los procesos de toma de decisiones no favorece la integración en la toma de decisiones. La situación actual se puede caracterizar por un elevado grado de dispersión y especialización en el conocimiento y la información, que va ligada a la sectorización de las competencias y de la gestión.
De otra parte , existen esparcidas por el territorio , instalaciones militares (o sus restos ) abandonadas , que afectan al medioambiente y/o al paisaje y que se hayan fuera de los espacios naturales de Defensa por haberse transferido la propiedad en el pasado o por hallarse en el espacio del Dominio Publico Marítimo Terrestre.La indefinición de responsabilidades de la restauración paisajística (o cultural en su caso) y/o los costes asociados retrasan e impiden las acciones que corresponderián de aportación a la calidad ambiental y turística (y a la seguridad y salubridad pública en algun caso).
B – FINES Y OBJETIVOS :
B.1.OBJETIVOS GENERALES
1- Abordar la situación actual examinando información que recopile todo el marco jurídico , administrativo ,ambiental y socioeconómico de los espacios militares en Mallorca como un útil instrumento para que los responsables políticos puedan elaborar y coordinar acciones globales y adoptar decisiones en base al mejor conocimiento.
2-Elaboración de una propuesta base de discusión social y política con el fin de mejorar la gestión ambiental de estos espacios naturales ,revisar el interés social , general y público de estas áreas naturales , así como de sus usos.
3-Restauración del paisaje y el medio de infraestructuras militares sin interés general.
B.2.FINES
1-Proponer una base de discusión para comprometer un marco de acción global de objetivos y fines ,discutida con la sociedad civil ,de responsabilidad política compartida entre los distintos órganos de la Administración del Estado implicados, centrales y locales.
2-Participación e información de los ciudadanos en el diseño y ejecución de las polí-ticas públicas , tal como se establece en nuestras leyes.
3-Coordinación interadministrativa ambiental bajo el impulso y la responsabilidad final de quien tiene delegadas las competencias exclusivas en Medio Ambiente : Acción política del Govern Balear. Consultar al Consell Assessor d’Espais de Rellevancia Ambiental , organo creado por la ley balear 5/2005.
4-Revisión del interés social de defensa frente al de uso público y prestación de servicios recreativos , socioeconómicos , científicos , educativos ,en cada espacio concreto.
5-Establecer ó mejorar una gestión ambiental integral y sostenible :
-Velando por la aplicación máxima de la normativa existente de protección.
-Desarrollando las posibilidades de planes y programas de protección.
-Estableciendo programas de adquisición de espacio para uso público.
-Implementando alternativas para la gestión ambiental distintas de la ejercida por la adquisición pública de la propiedad.
-Procurando y exigiendo en su caso la restauración de los impactos.
-Evaluando la prevalencia ambiental de la biodiversidad y el paisaje.
-Procurando una mejor investigación científica y conocimiento de los
ecosistemas en estos espacios ,permitiendo su acceso para estos fines.
6-Restauración del paisaje y el medio de infraestructuras militares sin interés público, tanto en terrenos privados como públicos .Estudio e Informe exhaustivo acerca de su rehabilitación debido a su utilidad o carácter cultural , o al contrario instando su remoción.
C - ANTECEDENTES:
C.1.DEFENSA Y MEDIO AMBIENTE
C.1.1.Efectos históricos sobre el medio de la ocupación militar.
Son muy recientes , tanto en España como específicamente en las Islas Baleares, las leyes efectivas y globales de ordenación , protección y gestión del territorio ; la vigilancia administrativa en la ejecución de la escasa legislación existente era muy inconsistente .Con ello puede afirmarse que la ocupación militar de estos espacios ha constituido su único régimen de garantía y protección hasta hoy.El balance general entre todos sus efectos es positivo , sobretodo por el peso de la hipótesis de un destino que los hubiera hecho desaparecer.
C.1.1.1.Efectos positivos : Conservación del habitat.
Sin duda, en el origen de la ocupación de estos espacios ,creados para un fin puramente militar, no se contemplaba en absoluto la naturaleza y la biodiversidad de las zonas ocupadas, sino únicamente lo fueron por cuestiones meramente estratégicas y defensivas.
La condición de terreno militar adscrito a los fines de Defensa y las restricciones de paso impuestas por este motivo, habían favorecido indirectamente la conservación de un patrimonio natural. Les ha permitido además indirectamente quedar libres de la especulación urbanística y la presión económica , asi como se han impedido en estos espacios actividades industriales , agrícolas y cinegéticas , con lo que su carácter militar ha sido beneficioso a la larga para conservar o aumentar su calidad ambiental cesando la mayoría de las actividades y procesos degradatorios del medio que con anterioridad a la ocupación militar les afectaban.
En su conjunto, esta red de espacios militares tiene el interés de contener la representación de la gran mayoría de los ecosistemas tanto peninsulares como insulares.Todas las especies de nuestra fauna están presentes en estas instalaciones.Incluso en algunos de ellos las áreas de reproducción y campeo son de gran extensión constituyendo enclaves privilegiados para la supervivencia de variedades de especies animales, de la masa vegetal autóctona y de paisajes naturales bien conservados y poco alterados.
En los ecosistemas insulares , y en especial en las islas Baleares , es donde ha constituido un mayor valor la presencia conservacionista de facto de las ocupaciones militares , actuando como una sólida barrera antiespeculación y antiocupación del territorio en estas últimas décadas de enorme impacto turístico, urbanístico y paisajístico.
En los espacios litorales ,la principal materia prima finita del sector turístico balear ,es de especial relevancia señalar la salvaguarda que representaron del espacio de dominio público costero frente a la presión del sector turístico e inmobiliario.Incluso a partir de 1988 con la Ley de Costas con su casi nula aplicación efectiva.
El establecimiento(Ley 8/1975) de zonas de seguridad alrededor de las instalaciones militares o civiles declaradas de interes militar con sus prohibiciones, limitaciones y condiciones , también contribuyeron a la conservación y el paisaje.
Debe dejarse constancia de la aportación del Ministerio de Defensa al conocimiento del territorio y de los espacios marítimo y aéreo a través de las series cartográficas y fotográficas militares.Estas aportaciones documentales básicas facilitan o sin duda facilitarán el desarrollo de la mayor parte de los estudios ambientales.
C.1.1.2.Efectos negativos : Impactos ambientales.
Bajo la consideración positiva global de las ocupaciones militares en relación al medioambiente , sería ingenuo, sin embargo, pensar que las actividades militares no originanaron ni originan ningún daño medioambiental.Algunos , producto de la ocupación humana simplemente , se hubieran dado igualmente en supuestos no militares.
Si bien en algunos espacios la utilidad es más estratégica que funcional , en muchos otros (campos de adiestramiento, campos de tiro , campos de maniobras , baterías de costa , polvorines...etc.) las características de las instalaciones y actividades han afectado en mucho mayor grado que los impactos generales de la propia presencia humana produce , a sus habitats y al paisaje.
Aparte de los efectos sobre el medio atmosférico , también acústicos , los impactos sobre el medio marino (sonar, tráfico ,fondeos , contaminación ...) no son desdeñables.En espacios marinos contiguos a las áreas militares (sobretodo en Cabrera) , se realizaba un escaso control de prácticas de fondeo y pesca de uso recreativo.
En cuanto al medio terrestre , los efectos sobre los suelos son importantes :
La degradación de la vegetación por impactos y desplazamiento de personas y vehículos pesados en las maniobras militares , abre las puertas a procesos erosivos , aparte de la contaminación por explosivos y vertidos.En maniobras a gran escala y con fuego real (como las realizadas anualmente en Cabrera desde 1973 hasta 1986) la huella ecológica del paso de más de mil hombres y el tiro de toneladas de munición son muy negativamente destacables.Las impactos de tiro ,incluso abriendo cráteres sobre el suelo , igualmente inciden sobre la morfología y la vegetación de los suelos.
La fauna se ve afectada , ademas de indirectamente por los cambios en la vegetación , directamente por las maniobras y el tiro , muchas veces en áreas de cría. También por el ruido y las altas vibraciones .En ocasiones se ve alterado su campeo por el vallado y en el caso de las aves el cableado aéreo representa un peligro.El control de la caza ilegal ha sido en ocasiones inexistente.
La producción y gestión de los residuos ,especialmente durante las maniobras , ha sido un grave problema.Vertederos incluso de municiones caducadas y obsoletas contaminan de metales pesados los acuíferos .
Los riesgos de incendios y la deforestación son objetivamente mayores con una mayor presencia humana durante las maniobras y sobretodo con el manejo de armamento explosivo y combustibles y el tiro con fuego real.Y así se ha constatado, añadiendose el abandono de proyectiles sin explotar.
En el apartado de peligros potenciales hay que señalar la presencia de los polvorínes en los espacios naturales y en ocasiones el uso de elementos radioactivos en el armamento con afectaciones a la salud de los organismos y la salud humana.
Por último , los impactos visuales son claros: a veces bastante irreversibles en desmontes y modificaciones del suelo (bases de cañones , dianas , túneles , rampas y carreteras de acceso, pistas de aterrizaje, puertos , nivelaciones para plataformas de radares...) y otras veces reversibles (viviendas, almacenes ,antenas , postes electricos y telegráficos , muelles, casamatas , bunkers, alambradas, cisternas ,trincheras ,garitas ,...)
C.1.2.La gestión ambiental del Ministerio de Defensa:
Defensa es un Ministerio y como tal, forma parte del Gobierno central , involucrado en sus políticas y compromisos internos , de la UE e internacionales de protección del medioambiente y por otro lado es responsable directo potencial de algunos de los mayores impactos ambientales. El papel que corresponde jugar aquí a las Fuerzas Armadas, aparte de la defensa, es doble : como parte de la sociedad española, cada vez más preocupada por el deterioro ecológico ,debe atender dicha voluntad e implicarse en la conservación del patrimonio común; como Estado debe ejemplarizar sus acciones y marcar la senda de la mejor gestión ambiental, ademas de cumplir la responsabilidad de su buena administración .
«Las Fuerzas Armadas de la OTAN tienen una misión medioambiental de vital importancia. Ellas forman parte del mismo ecosistema que la comunidad a la que sirven y por lo tanto deben ser reflejo de la preocupación real de las naciones que la forman por proteger y conservar el medio ambiente natural».
Con esta declaración, la OTAN reconoce que la protección medioambiental forma también parte de los valores que las Fuerzas Armadas están llamadas a defender.
El Ministerio de Defensa muestra una actitud positiva en cuanto a la conservación de la naturaleza en sus espacios gestionados, haciendo esfuerzos por mejorar estos enclaves, asi como al mismo tiempo adopta criterios y planes de gestion ambiental en sus espacios e instalaciones.
La política de desarrollo sostenible del Ministerio de Defensa contempla como objetivos la conservación y mejora de las condiciones medioambientales en sus instalaciones y la reducción del posible impacto de las actividades militares sobre el medio ambiente.
C.1.2.1.Estructura orgánica y competencias en materia de medio ambiente.
En la Comisión Asesora de Medio Ambiente (CAMA), dentro del seno del Ministerio de Defensa se encuentran representados todos los organismos de las Fuerzas Armadas cuyas actividades puedan producir algún tipo de afección ambiental.
La Dirección General de Infraestructura ,dependiente de la Secretaria de Estado de Defensa ,es el Órgano Directivo al que corresponde la preparación, planeamiento y desarrollo de las políticas de infraestructura y medioambiental del departamento, así como la supervisión y dirección de su ejecución. A estos efectos, dependen funcionalmente de esta Dirección General ,la Subdirección General de Planificación y Control,Área de Medio Ambiente, y los órganos competentes en las citadas materias de los tres Ejércitos y de los Organismos Autónomos del departamento.
C.1.2.2.Regulación normativa medioambiental.
En los Estados miembros de la UE el grueso de la legislación ambiental procede de la trasposición de la legislación de la UE , que a su vez ha adoptado los grandes acuerdos internacionales sobre el cambio climático y la biodiversidad , los residuos y la contaminación entre otros.En la práctica, la legislación ambiental de la UE se aplica mucho más al sector militar ya que éste ejerce una función ejemplarizante en el cumplimiento de la ley, como instrumento de gobierno.
No obstante lo anterior , la legislación medioambiental española contempla excepciones a la aplicación de determinados apartados o desarrollos de leyes básicas en razón de la seguridad y defensa nacional : Vease la Ley de acceso a la Información Ambiental (art.13.2.b), la Ley de Costas (art.21.2) , la Ley de Responsabilidad Ambiental (art.3.4.c),..... Ley balear de Evaluacion de Impacto Ambiental (art.18.a.) que tampoco puede aplicarse.
Respecto a Baleares , en las zonas declaradas de interés para la defensa nacional prevalecen expresamente las determinaciones de la Ley 8/1975 , de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional ,como así se explicita en el art.23 de la Llei 1/1991 de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Islas Baleares.Por esa razón y según el art.6.1. del Real Decreto 689/1978 por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 8/1975 :
“ LAS ZONAS DECLARADAS DE INTERES PARA LA DEFENSA NACIONAL QUEDARAN, A LOS EFECTOS DE LA LEY 8/1975, BAJO LA RESPONSABILIDAD Y VIGILANCIA DE LAS AUTORIDADES MILITARES JURISDICCIONALES DE LOS EJERCITOS DE TIERRA, MAR O AIRE A CUYA INICIATIVA SE DEBA LA DECLARACION, LAS CUALES SERAN LAS UNICAS COMPETENTES PARA REALIZAR, EN CONSONANCIA CON LAS NORMAS ........... REFERENTES A LA OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO DE CUALQUIER CLASE DE PROHIBICIONES, LIMITACIONES O CONDICIONES IMPUESTAS EN DICHAS ZONAS. “
Esta Ley ha sido utilizada en ocasiones para excluir terrenos de espacios declarados protegidos mediante recurso contra tal declaración.( De esta manera resultaron excluidos de la declaración terrenos de Parque Natural y Reserva de la Biosfera en Las Bardenas Reales en 2001).
La DEFNET (EU Member States Defence Environmental Network) constituye un foro informal de expertos con los objetivos de fomentar la cooperación entre los Ministerios de Defensa de los Estados miembros a fin de intercambiar puntos de vista, información, buenas prácticas y experiencias sobre temas de desarrollo sostenible y medio ambiente de relevancia específica para el sector militar.Asi mismo tratan de participar activamente en la discusión legislativa medioambiental.
En foros internacionales como los del PNUMA (programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente) y la OTAN, se adoptan tambien recomendaciones y compromisos sobre protección ambiental en las operaciones militares.
Como normativa específica del propio Ministerio de Defensa destacan:
La Directiva número 107/1997, sobre protección del medio ambiente en el ámbito del Ministerio de Defensa establece la implantación de los Sistema de Gestión Medioambiental en las Unidades para asegurar la continua revisión y control de los efectos que, sobre el medio ambiente, han de tener las actividades de las Fuerzas Armadas.
La Instrucción número 30/1998, del secretario de Estado de Defensa, sobre protección del Medio Ambiente.La normativa se fundamenta en el concepto de desarrollo sostenible. (1)
Para evitar y extinguir, en su caso, los incendios ,se aprobó la Directiva número 165/1999 del ministro de Defensa. Esta normativa especifica que los ejercicios de tiro con munición real serán suspendidos si se dan las condiciones meteorológicas que puedan facilitar la propagación de un foco de incendio, con especial atención a la intensidad del viento, y teniendo en cuenta la orografía y la vegetación.(2)
A través del Real Decreto 1551/2004 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa ,se atribuye a la Dirección General de Infraestructura nuevas competencias, como elaborar los estudios necesarios conducentes a la definición de las políticas de infraestructura y medioambiental del departamento ; colaborar en la formulación y ejecución de la política medioambien-tal del Estado coordinando su actuación con el Ministerio de Medio Ambiente y otros organismos pertinentes, y elaborar y proponer la correspondiente normativa ;y realizar estudios, inspecciones, dictámenes, informes y proyectos de cualquier tipo, en el campo de la infraestructura y del medio ambiente.
(1) En 2011 fué derogada por la nueva Instrucción 56/2011, del Secretario de Estado de Defensa sobre "sostenibilidad ambiental y eficiencia energética en el ámbito del Ministerio de Defensa."
http://www.defensa.gob.es/Galerias/areasTematicas/medioAmbiente/fichero/DGN-instruccion-2011.pdf
(2)En 2010 fué derogada por la nueva Directiva 42/2010 de la Ministra de Defensa para la prevención y extinción de incendios forestales en los campos de maniobras y tiro.
http://www.defensa.gob.es/Galerias/areasTematicas/medioAmbiente/fichero/DGN-Directiva-42-sobre-Incendios-Forestales.pdf
C.1.2.3.Planes y objetivos.
El Ministerio de Defensa, desarrolla y aplica, a través de la Dirección General de Infraestructura,
“...una política medioambiental que basada en el concepto de Desarrollo Sostenible, debe ser compatible con la misión de las Fuerzas Armadas, y dirigida a alcanzar los objetivos e intenciones de la legislación vigente, en la conservación, protección y, cuando sea posible, en la recuperación de las condiciones medioambientales de los terrenos adscritos al Departamento.”
En aplicación de esta política, el Plan Director de Infraestructura (PDI), aprobado por la Secretaría de Estado de Defensa, incluye, por primera vez, el Plan General de Medio Ambiente (PGMA) donde se especifican los objetivos a cumplir y los medios a utilizar para alcanzarlos. En PDI se dispone que los Centros Directivos y Cuarteles Generales destinarán un 8 % de sus presupuestos de infraestructura a inversión directa en actuaciones medioambientales
El vigente Plan General de Medio Ambiente 2005-2019 , que consta de un Plan a Largo Plazo (15 años) y otro Plan a Medio Plazo (6 años), pretende concretar una Política de Medio Ambiente para las Fuerzas Armadas, expresando sus objetivos generales, sus medios y la planificación de sus recursos.
Consta de los siguientes Objetivos Generales :
Concienciación Medioambiental :
-Mejora de la conciencia colectiva : Divulgacion,comunicación,cooperación.
-Mejora conciencia individual en las Fuerzas Armadas: Formación,
Información y comunicación interna.
Ahorro energético y fomento del uso de Energías Alternativas :
-Potenciación del uso de energías limpias en las instalaciones militares.
-Ahorro energético
Protección del Medio Natural :
-Actuaciones agroforestales, reforestaciones, repoblaciones...
-Planes de prevención y lucha contra incendios forestales : cortafuegos,
mantenimiento y mejora de caminos y vías de penetración...
-Planes específicos de defensa y mejora para fauna y flora autóctonas.
Mejora de la Calidad Ambiental en aire, agua y suelo :
-Control y reducción de la contaminación atmosférica
-Control contaminación acústica
-Contaminación de las aguas : Eficiencia en el empleo de los recursos hídricos
tratamiento adecuado de los vertidos,tratamiento de residuos , sellado de
vertederos , vertidos de buques...
-Contaminación del suelo : Adecuación de instalaciones de combustibles y
explosivos , gestión de residuos ,limpieza de campos de tiro...
C.1.2.4.Desarrollo de la gestión ambiental.
Puede darse un conflicto entre los imperativos operativos y de seguridad y los principios y políticas de protección medioambiental . La gestión ambiental planificada puede reducir los casos y sus dimensiones al límite de lo posible, partiendo de la base de que cuando se presente el conflicto , siempre tendrán prioridad los imperativos operativos y la defensa , bajo el principio de minimizar los efectos sin comprometer las operaciones y las instalaciones.
C.1.2.4.a.Sistemas de Gestion Ambiental.
Tras el estudio comparativo entre los sistemas de gestion ambiental ,se ha decidido el uso de las Normas ISO de la serie 14000 como norma marco en la que basarse para la implantación de sistemas de gestión medioambiental en el entorno OTAN.
La herramienta principal del Ministerio de Defensa en la mejora del medio ambiente es la implantación de Sistemas de Gestión Ambiental (SGA) , a todos los niveles del Departamento ministerial, Bases, Acuartelamientos y Establecimientos militares. Estos sistemas son un procedimiento de trabajo basado en la norma ISO 14001, de homologación y certificación de organismos independientes , que permite asegurar la continua revisión, control y reducción de los efectos de la actividad militar sobre el medio ambiente.
Si bien esta certificación no supone el cese de los impactos negativos ,sino un enfoque sistemático de minimización de impactos y ahorro ,supone un paso adelante hasta la protección y gestion posibles , es decir con el límite de la prioridad del interés militar.Las auditorías de seguimiento y renovación que suponen son al menos una garantía del mantenimiento de este enfoque.Como describe AENOR (Asociacion Española de Normalización y Certificación), la certificación ISO 14001 consiste en
“...sistematizar, de manera sencilla, los aspectos ambientales que se generan en cada una de las actividades que se desarrollan, además de promover la protección ambiental y la prevención de la contaminación desde un punto de vista de equilibrio con los aspectos socioeconómicos.... De este modo, la organización se posiciona como socialmente responsable...Entre otras ventajas ambientales, optimizará la gestión de recursos y residuos, reducirá los impactos ambientales negativos derivados de su actividad o aquellos riesgos asociados a situaciones accidentales....Económicamente, además, de potenciar la innovación y la productividad, su organización tendrá la posibilidad de reducir costes de la gestión de residuos...”
Es de destacar aquí que no se contempla la restauración medioambiental.No parece que se planeen y objetiven éstas salvo programas puntuales de descontaminación de suelos con el Ministerio de Medio Ambiente y repoblaciones forestales. En cualquier caso la restauración de la erosión de suelos ,la morfología ,las instalaciones obsoletas y el paisaje , parece insuficiente.
Otro aspecto importante , el paisaje , en cuanto a la estética y clase de los cerramientos , edificaciones , rotulaciones ,instalaciones en general no se contemplan en los objetivos y planes ,siendo un elemento clave y destacado en las leyes de protección de espacios y biodiversidad.
C.1.2.4.b.Cooperación con otros Organismos.
1-Con el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino :
La Orden de 21 de enero de 2000 establece un régimen de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Ministerio de Defensa en materia de conservación, restauración y mejora del medio ambiente y los recursos naturales.
“La colaboración entre ambos Departamentos se realizará, a través de los correspondientes Convenios específicos, en los siguientes ámbitos: Protección, mejora, conservación y utilización racional de los recursos naturales y de la biodiversidad, en terrenos e instalaciones militares, así como la protección y reconstrucción de los espacios naturales. Gestión, en los terrenos e instalaciones militares, de los efluentes líquidos, gaseosos y residuos, así como la adopción de medidas anticontaminantes .Formación, adiestramiento técnico y perfeccionamiento del personal de las Fuerzas Armadas en materia de medio ambiente. Prevención y lucha contra los incendios forestales.Asesoramiento para el cumplimiento de los compromisos derivados de los acuerdos internacionales en materia de protección del medio ambiente.”
En la actualidad, el régimen de colaboración entre los Ministerios de Defensa y de Medio Ambiente se regula fundamentalmente a través de dos Convenios Específicos de Colaboración suscritos en 2001: uno sobre materia de calidad y evaluación ambiental en las instalaciones militares, y otro sobre la conservación del medio natural y la gestión de los recursos en sus instalaciones.
Las materias que abarcan se refieren a la lucha contra la erosión de los terrenos en sus campos de tiro y maniobras; planes y acciones de conservación agroforestales, de reforestación y creación de sumideros de CO2; planes y acciones de conservación de la flora y la fauna; y planes y acciones de prevención de grandes catástrofes (incendios, inundaciones o terremotos). Energías renovables y las alternativas, la reducción de los consumos de agua y de energía, la gestión de los residuos comunes y específicos, la reducción de vertidos (en tierra, mar o aire), la construc-ción y habitabilidad bioclimáticas y ecológicas, etc..
En 2006 se firmó un protocolo de colaboración en relación con las propiedades
militares en zonas del litoral. Este documento recoge el interés del Ministerio de Medio Ambiente y de su Dirección General de Costas por incorporar al dominio público marítimo-terrestre los terrenos colindantes con ellos y que son de titularidad de Defensa, siempre que, previamente, se declare que no son necesarios para los fines de este Departamento.
En el caso de Cabrera , la propia ley de creación del Parque Nacional encarga la gestión al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (heredero del extinguido ICONA) y establece la figura de Director Adjunto nombrado por Defensa que debe coordinarse con el gestor en los usos militares.Posteriormente en otro acuerdo Defensa cedió el uso de la mayoria de las instalaciones militares en 2002.
2-Con otras administraciones y organismos públicos:
En 1998 se firmó un convenio entre Defensa y la empresa estatal TRAGSA.La entidad pública se encarga de la reforestación, trabajos silvícolas, cortafuegos y otras cuestiones, como los aprovechamientos forestales en los terrenos militares.
3-Con entidades de privadas:
El ahorro energético a través de la construcción de plantas de cogeneración en diversas instalaciones militares es uno de los puntos clave del convenio suscrito en septiembre de 1997 entre Defensa y Gas Natural.
Contra la contaminación se estableció el acuerdo en 1998 con Gas Natural e IVECO-Pegaso ,para el estudio, fabricación y puesta en funcionamiento de prototipos de vehículos propulsados por gas natural comprimido.
C.2.POLITICAS DE DEFENSA
El enfoque estratégico y efectivo de la defensa ha evolucionado recientemente desde la defensa y a la vez utilización física de territorio para estos fines , donde radican los ecosistemas , a la defensa de los derechos tanto individuales (libertad , vida, bienestar , medioambiente... ) como colectivos (soberanía, independencia, territorio, Constitución...) de los ciudadanos. Estos cambios inciden en gran medida en la necesidad , utilización y futuro de los espacios e instalaciones militares,especialmente en Mallorca.
C.2.1.Políticas , estrategias y necesidades para la Defensa.
C.2.1.1.Estrategias y fines generales de la Defensa actuales.
Hoy por hoy, no parece probable una situación en la que se materialice una agresión armada a gran escala contra el territorio nacional español o sus espacios marítimo y aéreo.Desde los años 80, se han producido cambios profundos y radicales como consecuencia, principalmente, de la desaparición de los bloques que protagonizaron la época de la Guerra Fría y la implantación de un nuevo marco en las relaciones internacionales.
España se ha ido incorporando a organizaciones y alianzas internacionales en materia de Seguridad y Defensa (OTAN), y a partir de 1986 forma parte de la Unión Europea, entidad que, progresivamente, está asumiendo responsabilidades en el campo de la Política Exterior y de Seguridad común ,realizando misiones humanitarias y de rescate, de mantenimiento de la paz y misiones en las que intervienen fuerzas de combate para la gestión de crisis, y también misiones de la lucha contra el terroris-mo como un elemento clave de la estrategia de las organizaciones de seguridad y defensa.
Actualmente constituyen las misiones defensivas :
1-Las de impedir cualquier tipo de agresión (disuasión) y, si fuera necesario, responder a ella.
2-Las que tienen que ver con la cooperación internacional : la contribución militar a la paz y estabilidad internacionales participando en misiones fuera de nuestras fronteras, convirtiéndose también en instrumento de la Política Exterior.
3-Las que aportan su apoyo a las administraciones civiles del Estado : preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos y también afrontar peligros de nuevos fenómenos globales como el control de movimientos migratorios extraordinarios y no controlados y los ataques y agresiones al medio ambiente, considerando el medio ambiente y los recursos naturales como factor geoestratégico y geopolítico, asi como prevenir conflictos que pudieran tener su origen en cuestiones medioambientales como el cambio climático, la eliminación de desechos radioactivos, la calidad y cantidad del agua, la gestión o distribución de los recursos naturales...etc.
Las Fuerzas Armadas pueden contribuir ocasionalmente a determinadas tareas propias de la administración civil como situaciones de emergencia civil producidas por catástrofes naturales o ecológicas.
Para realizar las nuevas misiones se desprenden , aparte de otras consideraciones , unas determinadas y exigentes necesidades de factores materiales , tecnológicos y presupuestarios .Todo ello tiene repercusiones en la gestión ambiental y la utilidad de los espacios e instalaciones militares :
1-Con la desaparición del servicio militar obligatorio y la plena profesionalización de las Fuerzas Armadas , una mayor necesidad presupuestaria por este concepto y menores necesidades de espacio por la reorganización y concentración de Unidades y Mandos.(en 1982, los efectivos del Ejército de Tierra superaban los 300.000 en toda España; el objetivo es reducir hasta 90.000 los de todas las Fuerzas Armadas segun el Real Decreto 416/2006 por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias.)
2-Políticas modernas de racionalización y gestión de recursos y ahorro de costes.
3-Necesidad de desarrollo o adquisición de nuevas y sofisticadas tecnologías (Armas inteligentes, alta tecnología informática ...) de alto coste.
4-Necesidad de modernización de todos los medios.
5-Adopción de políticas de generalización de eficiencia y sostenibilidad como principios a aplicar para una estrategia de autonomía ventajosa.
C.2.1.2.La evolución en Mallorca de las necesidades de defensa.
La artillería de costa ha sido para Mallorca durante seis siglos, hasta hace fechas recientes, de vital importancia ante posibles invasiones.Desde los turcos hasta los ingleses, pasando por el temor de una posible expedición naval norteamericana a las Balears, con motivo de la guerra de 1898, se refuerza la artillería de costa que defienden la bahía de Palma.
El inicio de la Guerra Civil ,al quedar separadas las Baleares de la otra zona en conflicto ,provoca un refuerzo artillero especial de costa y antiaéreo para Mallorca.
Al inicio de la posguerra, coincidiendo con el desencadenamiento de la II Guerra Mundial, se iniciará un importante plan de artillado .La situación internacional así lo requiere, ya que la Italia de Mussolini, planea ocupar Baleares, por su posición estratégica en el Mediterráneo occidental.En 1940 Llegaron a estar operativas 16 baterías de costa , aparte de las de campaña y antiaéreas.(*)
A partir de 1965 se suceden desmantelamientos de instalaciones y reunificaciones de los regimientos en un único llamado Regimiento de Artillería Mixto 91 , que sobrevivirá a la desaparición y desartillado en 1995 de las baterias de costa y a las antiareas clásicas en 2003 hasta su desaparición reciente el 31 de diciembre de 2008.
La reforma organizativa y funcional concebida en el Real Decreto 416/2006.con el fin de ganar eficacia ha tenido consecuencias significativas en las islas. El año 2008 supuso en la comunidad balear una especial reducción del personal de la guarnición de Tierra, completándose en 2009. El 1 de enero de 2010 el Regimiento de Infantería, el de Artillería y la Unidad de Ingenieros quedarán englobados en una sola agrupación.El total de efectivos de Infantería permanecerá intacto aunque quizá no ocurra lo mismo con los artilleros e ingenieros.
Como conclusión ,en Mallorca , como consecuencia de las nuevas estrategias de la defensa , las grandes líneas de defensas costeras no se plantean hoy. Nuevos conceptos de defensa y el avance de la tecnología bélica descartan definitivamente estos espacios.
Igualmente han disminuido drásticamente las necesidades de otros espacios e instalaciones para la Defensa : Con el desmantelamiento del cuerpo de artillería no son necesarios espacios para los ejercicios de tiro.Las grandes maniobras terrestres no se realizarán en Mallorca ,sino que se concentran , de acuerdo con la reestructuración ,en otras zonas de la península ,más idoneas por el tamaño de los espacios , por la menor densidad de población ,así como también por los menores costes de desplazamiento que supondría embarcar los efectivos.
(*) Entre ellas : Sa Fortalesa , Llenaire (Pollença), Muleta/Cap Gros (Sóller), Refeubetx, Banc
d´Eivissa, Cala Figuera, Illetes (Calvià), Can Pastilla/Es Carnatge (Palma), Cap Enderrocat, Cap Regana, Punta Llobera, Cabo Blanco, Cala Carril (Llucmajor) Cap Salines (Ses Salines) ,
S´Horta-Calonge (Felanitx), Na Penyal (Son Servera), S´Aigua Dolça/Els Canons (Colonia Sant Pere-Artà) , Sa Bassa Blanca/Aucanada , Cabo Pinar (Alcudia).
C.2.2.La gestión patrimonial de las infraestructuras militares
Como se expuso anteriormente , el proceso de profesionalización y las nuevas estrategias de las Fuerzas Armadas se ha visto acompañado por un importante esfuerzo económico que se ha traducido en un gran incremento de los gastos en equipamiento y mantenimiento.
Ante esta situación, el Ministerio de Defensa, no sólo busca mayores recursos ,sino además trata de conseguir la máxima eficiencia en el empleo de los recursos disponibles y gestionar su mejor conservación con los criterios de sostenibilidad, actuali-zando las instalaciones y su rentabilidad económica también.
La Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento (GIED) es el organismo autónomo dependiente del Ministerio de Defensa ,que con personalidad jurídica propia e independiente de la del Estado, tiene plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus funciones ,entre ellas las de administración y disposición de su patrimonio propio ; las de enajenación y administración de los bienes inmuebles que sean puestos a su disposición por el Ministerio de Defensa para su administración y disposición a título oneroso y las de desarrollar las directrices de Defensa en materia de patrimonio contribuyendo a la elaboración y realización de los planes de infraestructura de las Fuerzas Armadas.
Asimismo colaborará con :
“... las Corporaciones locales y con las Comunidades Autónomas en el planeamiento urbanístico y su coordinación con los planes de infraestructura de las Fuerzas Armadas, pudiendo, en su caso, proponer modificaciones a los planes urbanísticos, y redactar planes parciales, especiales y estudios de detalle, así como la realización de obras de conservación, reparación, urbanización y cualesquiera otras actuaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines.” (Art.4.h del Real Decreto Ley 1687/2000)
Esta última función contiene una doble interpretación o aplicación práctica : Por el lado positivo ,las necesidades locales pueden beneficiarse de la coordinación con los planes de desinversión de Defensa , pero por otro lado pudiera permitir una presión y solapamiento con la ordenación urbanística para mejorar la valoración de su patrimonio.
C.2.2.1.El mantenimiento de la propiedad militar y los usos no militares.
Según la jurisprudencia ,la desafectación tácita por falta de interés ,uso y actividades para la defensa no puede ser admitida.Por tanto , aun cuando la utilización de espacios o instalaciones no sea militar ,o simplemente no se de actividad alguna , no puede exigirse ningun cambio en la titularidad , para bien o para mal ,a menos que el Ministerio de Defensa declare su desinterés formalmente.Puede darse el caso que el interés sea meramente estratégico , pero en otros casos no es así.
Eso significa que , puesto que la propiedad sigue siendo militar , la gestión ambiental debe realizarla por tanto el Ministerio de Defensa, y en hipótesis actuales o futuras de intereses estratégicos tendrá los límites de compatibilidad que la prioridad de las necesidades operativas y de defensa lo permita.
Por tanto, aunque podemos confiar en la eficacia de los nuevos sistemas de gestión ambiental que se estan adoptando por Defensa ,los impactos pueden aspirar a “minimizarse” y la restauración a efectuarse “cuando sea posible”.Estan exceptuados de la aplicación de determinada legislación conservacionista importante.
Puede ocurrir que la gestión ambiental esté cedida y compartida con organismos “más especialistas en conservación” como el Ministerio de Medio Ambiente , pero la propia gestión y la toma de decisiones pierde eficiencia y es de especial complejidad.(Además , según una sentencia del Tribunal Supremo ,la gestión u explotación , de estar en manos de otras entidades ajenas a Defensa , perjudicaría la utilizacion militar y podría ser causa para invocar la reversión).
La primacía potencial y legal de la defensa sobre la conservación no parece lógica
si la nueva valoración y uso tácito social civil de facto del patrimonio común es superior y demanda lo contrario : El caso paradigmático es la proiedad militar del archipiélago de Cabrera , donde el fin de utilidad pública o interés social ha cambiado y es ahora lo que significa, permite y asegura un espacio de la red de excelencia y representatividad de ecosistemas únicos que configuran los Parques Nacionales .
Otros espacios naturales e instalaciones con usos civiles continuados, definitivos y no estratégicos de las instalaciones militares deberían equipararse voluntariamente de facto a los requerimientos legales ambientales ,paisajísticos y de ordenación del territorio que tendrían en caso de no poseer la propiedad militar.No tiene sentido democrático-social excepciones trasgresivas de los principios legales ambientales por razón de un mandato social y constitucional de defensa cuando no se observa el beneficio social de esta finalidad.
Estaríamos hablando de instalaciones y espacios complementarios de uso recreativo o residencial de los Ejércitos , por supuesto también necesarios , pero en estos casos el Estado debería evitar agravios comparativos estando además obligado a ser ejemplarizante.Especialmente en la protección y restauración de la ocupación del patrimonio público común del Dominio Público Marítimo Terrestre ,asi como permitir de facto su uso público.Serían los casos en Mallorca de los islotes de Illetes ó determinadas áreas de la base de Pollença.
Una tercera casuística lo constituyen espacios e instalaciones destinados a apoyar a las administraciones civiles del Estado preservando la seguridad y bienestar de los ciudadanos asi como también contribuir a funciones de prevención de catástrofes naturales o ecológicas.En la medida en que dichas funciones se contemplan entre las nuevas misiones estratégicas encomendadas a las Fuerzas Armadas, está justificada en estos espacios la continuidad de la propiedad militar con su propia y mejor gestión ambiental y paisajística posible.Es el caso de instalaciones de guía y señalización a la navegación aérea o marítima civil.En Mallorca se encuentran los casos del radar meteorológico de Cap Blanc o la base aérea de Pollença para salvamento y apoyo a la extinción de incendios forestales.
C.2.2.2.La desinversión de propiedades militares.
Ademas de la financiación ordinaria presupuestaria el Ministerio de Defensa dispone de los recursos extraordinarios que se obtienen de las operaciones de realización de bienes llevadas a efecto por la GIED y el Instituto de la Vivienda de las FAS.
La concentración de unidades y la racionalización de las estructuras organizativas de los Ejércitos tienen una repercusión directa sobre aquellos bienes inmuebles de propiedad estatal afectados al Ministerio de Defensa y que han dejado de tener interés militar.
A través de la GIED se procede a enajenar los bienes inmuebles afectados al Ministerio de Defensa, una vez que han dejado de tener interés para el Ministerio, dentro de un proceso complejo y garantista. Para ello Defensa se dotó de normativa interna buscando estabilizar y agilizar la desinversión, reduciendo drásticamente los períodos de tiempo de tramitación, con una completa planificación y control de todo el proceso de enajenación. (Ley 50/1998 , Real Decreto 1687/2000 e Instruccion del Secretario de Estado de Defensa num.203/2002).
El proceso de enajenación se desarrolla esquemáticamente como sigue :
1- Elaboración anual por parte de los Cuarteles Generales y, en su caso, por los Centros Directivos del Organo Central de una Propuesta de Propiedades que se prevean innecesarias a corto o medio plazo (hasta 3 años), a incluir en el Plan de Propiedades Innecesarias (PPI) a aprobar por el Secretario de Estado de Defensa, que implicará la declaración de la «Situación previa a la desafectación» para aquellos inmuebles que se vayan a desalojar en el mismo año.
2-Desafectación y declaración de alienabilidad por el Ministerio de Defensa y
puesta a disposición del GIED de los bienes.
3-Depuración física y jurídica de los bienes por el GIED y tasación interna.
4-Procedimiento previo de reversión expropiatoria en su caso : Si la propiedad fue adquirida en su día por expropiación forzosa ,se comunica al propietario o sus herederos que pueden ejercer los derechos de reversión desde el momento que la Administración declarase la innecesariedad para el fin expropiatorio volviéndose a tasar el bien y pagando a la Administración el justiprecio que se señalara en ese momento.
5-procedimiento de enajenación propiamente dicho :
5.1.Enajenación directa : Si los reversionistas renunciaran a ejercer su derecho, el GIED comunicará la desafectación del inmueble al Ministerio de Hacienda, que podrá optar por mantener los bienes en el Patrimonio del Estado para afectarlos a cualquier otro servicio de la Administración del Estado o de sus Organismos públicos previa compensación presupuestaria a favor del GIED, por el valor de tasación del inmueble.Podrán celebrarse convenios de cesión y urbanísticos con Comunidades Autónomas, Corporaciones locales o sus Organismos públicos.
La Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa no puede ,pues ,por Ley ceder gratuitamente a ninguna persona física o jurídica, pública o privada.
5.2.-Subasta pública o permuta : Si los anteriores organismos públicos renunciaran en su plazo a ejercer el derecho de compra, posteriormente saldrían a la venta.
C.2.2.3. La desinversión de propiedades militares en Mallorca.
Hasta el presente las posibilidades del proceso desinversor para la conservación del patrimonio natural y/o su uso público se han aprovechado sólo en contadas ocasiones en Mallorca.
En las últimas décadas propiedades importantes por su cualidad ambiental han pasado a manos privadas con mejor o peor suerte desde el punto de vista de su gestión ambiental y su uso público , no sin antes recorrer en ocasiones complicados y lentos litigios.
Básicamente , los convenios que se han suscrito entre el Ministerio de Defensa y las instituciones de la Comunidad Autónoma Balear tienen que ver con acuartelamientos , viviendas y edificios , pero no sobre espacios naturales.
Indirectamente , en los espacios costeros, se ha recuperado el derecho de la servidumbre de acceso y el uso público del Dominio Público Marítimo Terrestre , al menos en el plano teórico legal , si bien la falta de aplicación efectiva de la Ley de Costas impide su ejercicio en todos los casos.
De otra parte , el proceso de depuración física de las instalaciones no se realizó nada más que para los bienes muebles , permaneciendo instalaciones abandonadas afectando el medioambiente y el paisaje , dejando en manos de la propiedad privada , de su capacidad económica y su voluntad , la restauración ambiental o paisajística.Debe recordarse la excepcionalidad a la restauración ambiental que la Ley de Responsabilidad Ambiental otorga a las afectaciones de Defensa.
Entre los espacios naturales desafectados en la época reciente destacaríamos la continuidad de patrimonio y uso público del hoy Area Natural de Especial Interés (ANEI) de Es Carnatge d’es Coll den Rabassa en Palma.Procesos de urbanización , y una central térmica redujeron muy considerablemente el espacio inicial militar. También la ocupación de una extensa zona como área de señalización para el aeropuerto redujo mas el espacio .Se ejecutó un proyecto importante de Recuperación ambiental por la Demarcación de Costas de Balears.La zona soporta un uso recreativo muy intenso como área de ocio suburbana de Palma, con la práctica ausencia de gestión ambiental.
Otros espacios naturales militares de notable valor ambiental pasaron a ser de propiedad privada tras la guerra civil , en tiempos recientes , sin que las Administraciones las adquirieran para el uso público, unas veces por ejercerse la reversión y en otros casos por no interesarse en el proceso de enajenación o en ejercer el derecho de tanteo y la declaración de utilidad pública.
Afortunadamente la mayoría de estos espacios estan hoy en buenas condiciones ambientales bajo distintas figuras de protección urbanísticas y territoriales.En algunos todavía las instalaciones militares abandonadas perduran pendientes de restauración del habitat y el paisaje , como Cap Regana , Cap Salines, Cala Figuera, Cap Blanc (en la costa al oeste del Faro), Sa Talaia d’Albercutx , ó el fortín de Illetes.
En otros ,como Cap Enderrocat , Sa Bassa Blanca , Punta LLobera ,Els Canons de S’Aigo Dolça (Betlém : Artà) ,Els Canons de Cap Gros (Muleta : Port de Sóller), Coves Blanques (Cala Sant Vicenç : Pollença) , el espacio natural se mantiene y el paisaje ha sido rehabilitado de sus instalaciones.En Cap Enderrocat y Sa Fortalesa de la Avançada (Port Pollença) , además, se han restaurado instalaciones militares de gran interés histórico-artístico.
No tanta suerte ha corrido el espacio que ocupaba la batería de costa de Santa Ponsa , hoy suelo urbano y urbanizable.
En muchos de ellos ,sin embargo, está pendiente la restitución del Dominio Público Marítimo Terrestre y sus servidumbres.
C.3.INTERESES Y DERECHOS SOCIALES
C.3.1.Derechos básicos constitucionales
Las Fuerzas Armadas ,según establece la Constitución , deben defender unos intereses que son vitales para la supervivencia de la nación española , como son la soberanía, la independencia, la integridad territorial y el ordenamiento constitucional de España.
Asimismo, asegurar la libertad, la vida y la prosperidad de los españoles, según los términos del propio preámbulo de la Constitución, es también un interés vital de España.
La Constitución Española recoge en su artículo 45 la encomienda a los poderes públicos de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales con la finalidad de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente y a la vez configura el medioambiente como un bien jurídico de cuyo disfrute son titulares todos los españoles.
También les encomienda en el art.9 “...facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,económica,cultural y social.”
Por tanto ambos grupos de intereses constituyen interés general o social y bien común, y están en el mismo más alto nivel jurídico.
C.3.2.Compatibilidad entre el interés de la defensa y el interés medioambiental
Como hemos ido significando en apartados anteriores de este estudio , en términos generales y de facto no puede deducirse la compatibilidad entre los intereses de la defensa y del medioambiente en espacios físicos determinados,aunque puntualmente pueda actuarse en paralelo.
El caso más paradigmático es la discusión política y jurídica respecto de la compatibilidad de los usos militares en el Parque Nacional de Cabrera. Previo a la declaración de Parque Nacional , ”...en una proposición de Ley del Parlamento de las Islas Baleares ,se decía expresamente que estudios científicos recientes habían demostrado la incompatibilidad del patrimonio natural de Cabrera y los usos militares de las islas, sin embargo el Congreso de los Diputados, por vía de enmienda, no admitió esta afirmación, lo que denota una voluntad plenamente consciente del legislador en torno al posible problema que surgiría si se procedía a declarar al archipiélago Parque Nacional y que, con autoridad soberana, resolvió jurídicamente en los términos de afirmar la compatibilidad...” (Sentencia del Tribunal Supremo 24 mayo 2004) .
Por lo tanto la compatibilidad de derecho (de iure) no siempre coincide con la de hecho (de facto) ya que incluye otros condicionantes , parámetros y presiones no estrictamente medioambientales.
Se deduce claramente de las excepciones totales a la aplicación de la esencia de leyes ambientales fundamentales.Todos los usos militares , activos y potenciales no son compatibles de facto con la conservación y mejor gestión medioambiental , aunque lo declaren de iure determinadas leyes (La ley de creación del P.N.Cabrera) o se deduzcan algunos usos compatibles en alguna jurisprudencia (sentencia Tribunal Supremo 9/12/1997), dada la prevalencia de los intereses de la defensa en caso de conflicto con otros intereses y dadas las características de algunas operaciones o actividades.
Otra sentencia del Tribunal Supremo (2/3/1994) en referencia a una recurso sobre Anchuras afirma la incompatibilidad : “...sobre todo hay que valorar que la propia Administración (-Ministerio de Defensa-), no ajena a la riqueza y variedad de todo el territorio del Estado, ha valorado y apreciado, no la carencia de impacto ambiental, ello sería ciertamente difícil, sino el causar el menor impacto ambiental...”
Se pueden así fijar solamente objetivos de “ minimizar...reducir en la medida de lo posible los impactos ...reducir los efectos...” pero no cesar o restaurar.
Una ley anterior a nuestra Constitución ,la Ley 8/1975 , de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional ,es invocada absolutamente.
Como ya se mencionó anteriormente , esta Ley ha sido utilizada en ocasiones para recurrir y lograr excluir terrenos de espacios declarados protegidos (Las Bardenas Reales , 2001) , con lo que la incompatibilidad de usos y actividades no solo se admite por Defensa sino que se argumenta como causa de incompatibilidad con el mantenimiento de una protección ambiental.
Es claro que ambos intereses generales convienen y han de ser protegidos y ejercidos por el Estado , luego de lo que se trata es de determinar los territorios que deben adscribirse a una función o a otra , a la militar o a restaurar y defender el medioambiente, incluidos el paisaje y la biodiversidad.
Ambos intereses son compatibles , pero no plenamente en un mismo territorio o espacio.
Los poderes públicos , en sus diversas administraciones y niveles ,con la participación de todos los ciudadanos , deben ordenar el estudio y toma de decisiones , evaluando el valor puntual en cada espacio que se otorga a cada interés social a la vez que las necesidades globales de la defensa queden completadas.
Hoy en día, la protección ambiental es mucho más que la conservación de unos pocos espacios privilegiados para el deleite de la sociedad. Esta labor es, hoy en día, amplia y compleja, y abarca un conjunto de actuaciones que afectan no solo de forma directa al elemento a proteger, sino también a la conciencia colectiva de todos los grupos sociales (Administraciones, empresas, ONGs, ciudadanía en general, ...).
C.3.3. Otros intereses sociales
El acceso al conocimiento es otro derecho e interés social y si bien la investigación científica ha sido permitida en ocasiones en terrenos militares , lo ha sido siempre y cuando se establezca que los trabajos de campo y otros aspectos no afecten a los intereses de la defensa.O sea acceso restringido y discrecional.
Hay otros intereses comunes , de creciente demanda y conciencia social , que son también incompatibles con los espacios de propiedad militar.(Al menos con ocupación , uso y actividad militares).
Lo son la educación ambiental y el uso público recreativo en su vertiente de desarrollo socio-económico.
El turismo es un asunto de Estado en Baleares ;de él dependen directa o indirectamente la mayoría de la renta producida en las islas .La reciente revalorización del patrimonio rural (paisaje, naturaleza, historia, cultura, arquitectura, modo de vida, ...) contribuye de manera importante al reclamo y la percepción del grado de calidad del turismo. Su gran pilar , el litoral ,es objeto de especial atención para optimizar las políticas de gestión y planificación del litoral. La calidad y extensión de los espacios protegidos se constituyen en marcas de referencia.
La llei 5/2005 lo plantea y resume concisamente :
“...el debate histórico en las Illes Balears se ha desarrollado en términos de confrontación entre conservación versus desarrollo, interés público versus interés privado, disfrute público versus propiedad privada, entre otros. La administración ambiental tiene que asumir el papel de tutora de la conservación y de mediadora entre los actores implicados y debe soportar las cargas de esta mediación, poniendo los mecanismos y los instrumentos para garantizar el equilibrio entre el interés público y el privado.”
“Las figuras de protección del territorio han de configurarse no sólo en área de recreo, de educación ambiental, de gestión integral del medio o de investigación científica, sino que han de ser, en muchas ocasiones, motor del desarrollo socioeconómico de toda una región.”
“La aplicación de un régimen de protección a determinados espacios naturales en relación con su relevancia ambiental tiene que responder a tres finalidades principales: conservación de la naturaleza, promoción y desarrollo socio-económico, y dotación de lugares de esparcimiento y disfrute de la ciudadanía. La vocación del territorio tiene que determinar cuál de éstos tres aspectos tiene que prevalecer en cada una de las declaraciones que se hagan, siempre dentro del objetivo irrenunciable de la preservación de la biodiversidad y, por lo tanto, teniendo en cuenta que representan una gran reserva de especies, hábitats y paisajes que cumplen al mismo tiempo una función destacable desde el punto de vista cultural, educativo y científico.”
De una manera sostenida en el tiempo , la sociedad explicita , con opiniones y acciones, demandas de uso público para determinados terrenos militares y percibe también que algunos espacios están vetados al uso público sin contraprestación del otro interés social de defensa, por lo que se presenta el debate acerca de si el interés social de la conservación ambiental ,está mejor amparado en la propiedad militar o no, (el uso más o menos público si dejase de ser militar y continuara público , la planificación de usos y zonificación los determinaría , por tanto no puede argumentarse el uso indiscriminado o masivo como un problema definitivo para la conservación , si dejara de ser militar) o si verdaderamente el espacio en cuestión es estratégico para la defensa y debe continuar así , lo cual tampoco es explicado de un modo convincente o suficiente , o si es razonable sostener el agravio comparativo que representa el privilegio de uso residencial exclusivo y no compartido con la población civil.
C.3.4.Movimientos sociales
A continuación se resumen algunos episodios recientes que ilustran el estado de opinión , las demandas y puntos de vista acerca del destino y futuro de distintas clases de espacios militares en Mallorca.
Diferentes y recientes iniciativas parlamentarias tratan sobre la reclamación de uso público para la base de Pollença y el Cap Pinar en Alcudia ,argumentándose una percepción de “uso privilegiado residencial”.En marzo de 2007 se aprobó una proposición no de Ley en la Comisión de Defensa del Congreso que insta al Gobierno a constituir una comisión mixta Gobierno-CCAA-Ayuntamientos de Pollença y Alcudia para que “...estudie la posibilidad de dar un uso civil a aquellas zonas de ambas bases que no tienen actualmente funcionalidad logística de apoyo ....o de cualquier otra actividad relacionada con la defensa.”
En el caso del polvorín sin actividad de Santa Magdalena , en Inca , la reversión al uso público del polvorín es un tema habitual que cada año suele plantearse al Gobierno Central.En septiembre de 2008 se movilizaron formaciones políticas y anunciaron iniciativas a presentar ante el Senado.
En Port de Sóller , antiguas reclamaciones lograron la cesión de espacios tales como el del Oratori de Santa Catalina y el de Sant Ramón de Penyafort .En 2003 el consistorio aprueba por unanimidad una moción para “...solicitar al Ministerio de Defensa la reversión de las últimas instalaciones de la Estación Naval que el Estado conserva en el municipio tras comprobar que están infrautilizadas por el ejército y que, por el contrario, resultarían de gran utilidad para la población civil.” Todos los grupos municipales coincidieron en el hecho de que “...es pública y notoria la infrautilización de las instalaciones... en la actualidad el interés militar de las instalaciones de la Marina es totalmente nulo ... la Estación Naval se conserva como lugar de residencia estival de altos cargos militares”.
Actualmente se espera que puedan ser cedidos al municipio de Sóller el polvorín del Camí de Sa Figuera y las instalaciones Infante Lois , recientemente desafectados oficialmente para los intereses de la defensa y en fase de oferta de reversión a los antiguos propietarios expropiados.
De otra parte , y en otro sentido en negativo de la reclamación social ,el Parque Nacional de Cabrera se creó en 1991 tras unas intensas campañas y debates provocados por las sistemáticas y masivas maniobras militares, que la población percibió como una amenaza a su otro interés general del uso y salvaguarda del medioambiente y la sostenibilidad e incluso defender la mera existencia futura de aquellos habitats únicos.El pulso social , el sentido del bien común , deducía que las maniobras ,en cuanto necesarias , tenían alternativas geográficas.Los ecosistemas de Cabrera no.
En octubre de 2007 , los terrenos de la antigua batería de costa en Ses Salines son adquiridos en subasta pública por una sociedad privada, sin que ninguna administración ejercite el derecho preferente.Como muestra de un punto de vista y enfoque que seguramente podrían compartir otros colectivos , los representantes de la coalición política BLOC per Mallorca declararon al Diari de Balears :
“...se trata de una operación lamentable, incomprensible e incongruente , teniendo en cuenta que el propio gobierno del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente, se ha comprometido a adquirir nuevos terrenos para regenerar zonas litorales de las islas Baleares.Los terrenos públicos en zonas protegidas del litoral deberían de continuar siendo públicas”.También pidieron que el Ministerio de Defensa no saque ningún otro inmueble a subasta sin tratar antes con las administraciones civiles (estatal, autonómica,insular y local) si pudiera existir una opción mas interesante desde el punto de vista del interés general ,que la venta del suelo.
Respecto a la misma venta de Ses Salines transcribimos un extracto del artículo de Pere Muñoz publicado en el Diari de Balears de 18 de octubre 2007:
“El tema és muy grave por diversos motivos.De una parte, mientras el Govern de les Illes Balears intenta comprar terrenos para protegerlos, el Estado los vende al mejor postor....¿Es que no puede existir ninguna coordinación entre el Ministerio de Defensa -que parece un auténtico reino de taifas- y las administraciones autonómicas o locales? .
Pero el tema es aún más grave. !Aquello que vende el Ministerio de Defensa ya es nuestro!. Es decir, el Ministerio compra unos terrenos con nuestros impuestos y cuando no los necesita , los vende a otras administraciones , por la cual cosa los pagamos dos veces....Esta práctica ya nos hizo mucho daño cuando se subastó el espacio militar de Cap Enderrocat.”
En 2003 un grupo inversor británico compró las instalaciones y los terrenos militares del Fortí de Illetes (declarado de interés histórico-artístico) y su batería de costa a los beneficiarios privados de la reversión por Defensa. La Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente se interesó en su momento por el terreno con el propósito de incorporarlo en su totalidad al dominio público , sin imponer su propósito.En febrero de 2009 está completamente abandonado.
El 7 septiembre 2007 el Diario de Mallorca publicaba:
"El PSOE de Calvià propuso ayer mediante un comunicado un "pacto entre administraciones" para la compra del Fortí de Illetes, definido como el "lugar más emblemático en manos privadas del municipio" porque "es un soplo de naturaleza y belleza entre dos zonas urbanísticamente congestionadas en el litoral".El PSOE apoya de esta manera la reclamación que hizo anteayer el alcalde Carlos Delgado en el sentido de que el gobierno central adquiera algunos terrenos del municipio con el presupuesto de 40 millones de euros disponible para ello. Los socialistas instan a Delgado a apoyar la compra del Fortí, cuya compra por parte de una sociedad privada "fue una lástima y una pérdida para los calvianers".
6 abril 2008 ,Diario Última Hora Digital : “El antiguo Fortí d’Illetes no levanta cabeza. Sorprende que un lugar tan protegido haya sido comprado por una empresa inversora que una vez desembolsado el dinero, lo abandona...La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, ARCA y el Grupo de Fortificaciones de Mallorca han denunciado varias veces el estado de abandono en el que se encuentran estas construcciones que, por su valor patrimonial, goza de los niveles de protección más elevados de la Ley de Patrimonio.”
En septiembre de 2007 el Consejo de Ministros declaró de utilidad pública para su expropiación e incorporación al Dominio Público parte de la finca privada Els Canons , la antigua batería de costa de S’Aigo Dolça ,en Artá.Al día de hoy , febrero de 2009 , la finca sigue en manos de una sociedad privada. La empresa que pretendió urbanizarla sigue pendiente del fallo del Tribunal Supremo.(El Govern reclasificó los terrenos mediante una ley, impidiendo así el desarrollo urbanístico, y el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears falló a favor de la promotora en el contencioso interpuesto en contra, fijando una elevada indemnización . El Ejecutivo autonómico recurrió y se sigue pendiente de la resolución del Supremo.) Mientras tanto , el acceso masivo no autorizado y descontrolado de vehículos hasta el mar está degradando el espacio.
Con respecto a todo ello , el alcalde actual “confía todavía en la compra de la finca es Canons” y recordó que, “...desde hace años, el Ayuntamiento lucha para que la finca de es Canons se compre.”; una ex alcaldesa , anuncia que su partido insistirá en la compra de la finca por parte de administraciones públicas "por ser considera del pueblo y por estar pegada al Parc Natural, siendo una gran oportunidad de cara a la ampliación".Un regidor lamentó “...que sus reiteradas propuestas de compra por parte de administraciones públicas no se tuvieran en cuenta, si bien su formación preferiría dar prioridad a la adquisi-ción pública de la isleta del Molí den Regalat.” (Diario de Mallorca 23 de febrero 2009).
C.4.LOS ESPACIOS NATURALES DE MALLORCA
C.4.1.La Red de espacios naturales protegidos
La Llei 5/2005 de Conservació de Espais de Rellevancia Ambiental establece los llamados Espacios de Relevancia Ambiental de las Islas Baleares que incluyen los Espacios Naturales Protegidos y los lugares de la red europea Natura 2000 (LIC, ZEPA y ZEC).
Baleares cuenta con 218.087 hectáreas de superficie protegida, repartidas en 127 Lugares de Interés Comunitario (LIC), que suman 201.882 hectáreas, y en 55 Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), que alcanzan los 138.591 hectáreas, y que conforman lo que se denomina la Red Natura 2000.(Junio 2008)
Más del 18% de Mallorca , 68.328 ha ,está declarado como Espacio Protegido terrestre :
-1.316 ha del Parque Nacional del Archipiélago de Cabrera
-4.078 ha de Parques Naturales (Sa Dragonera, Península de Llevant,
Mondragó y S’Albufera)
-265 ha de Reservas Naturales
-211 ha de la Reserva Natural Especial de S’Albufereta
-496 ha de Monumentos Naturales
-61.961 ha del Paraje Natural de Interés Nacional de la Serra de Tramuntana.
-62 Lugares de Interés Científico y Microreservas.Fuentes,cuevas y cavidades.
Se añaden en Mallorca 8.705 ha de superficie marina protegida incluidas en el Parque Nacional de Cabrera , 634 ha en el Parque Natural de Sa Dragonera y 1.123 ha en el Paraje Nacional Serra de Tramuntana además de otras cinco reservas marinas que suman más de 40.000 ha.
Se suman a las áreas protegidas, las superficies que no estando comprendidas en las anteriores categorías ,quedan también protegidas mediante la Llei 1/1991 de espais naturals y de régimen urbanístic de las áreas de especial protecció de les Illes Balears (que más tarde se amplian mediante Llei 4/2008 ),que declara los espacios llamados Areas de Especial Protección de Interés , con dos categorías en las que el suelo queda clasificado como No Urbanizable de Especial Protección , y sujetos a restricciones específicas:
Los ANEI ,Areas Naturales de Especial Interés, son espacios declarados por sus singulares valores naturales.Se incluyen adicionalmente todas las islas, islotes ,farallones además de todos los espacios poblados significativamente por Quercus ilex.En la isla de Mallorca los ANEI comprenden el 32 % de la isla con un total de 116.620 ha.
También urbanísticamente protegidos se añaden los espacios llamados Area Rural de Interés Paisajístico ARIP : Espacios transformados mayoritariamente por actividades tradicionales y que se declaran por sus especiales valores paisajísticos.
El grado de representación de la biodiversidad de la isla de Mallorca está bien cubierto por la red si se incluyen los ANEI, si bien los espacios costeros del S.O. con su vegetación adaptada a la semiaridez , plataformas calcáreas sobre el mar , bajos acantilados y hábitats de estepas salinas mediterráneas , no están representados en ninguna categoría de Espacios Protegidos.Existe continuidad dentro de las áreas geográficas principales (Serra de Tramuntana , Serres de Llevant , Migjorn ) pero no conectividad entre ellas.Los llanos centrales de el Pla lo integran paisaje agrícola y rural muy humanizado con algunas aisladas áreas ANEI.
Actualmente está en fase de tramitación el PORN previo a la declaración del Parque Natural de Es Trenc-Salobrar de Campos ,área salobre y con un importante sistema dunar , frente al P.N. de Cabrera.
La propiedad pública en Baleares, aparte de la militar ,no es muy significativa.
Sólo el 3,5 % del territorio forestal es público.
La CCAA de las Islas Baleares posee en Mallorca aproximadamente 7.200 ha de fincas públicas.El Consell Insular de Mallorca es propietario de unas 1.600 ha de fincas públicas además de las 288 ha de la isla de Sa Dragonera en el Parc Natural .Son municipales otras 2.500 ha de fincas públicas.En total unas 11.600 ha públicas ,el 3,1 % de Mallorca y el 9,8 % de los ANEI.Las necesidades , además de incrementar la superficie forestal pública , pasarían por adquirir fincas en los espacios naturales costeros de Migjorn y en general en cualquier lugar costero de gran interés ambiental.
Son demaniales de uso público del Estado todos los espacios costeros comprendidos en el Dominio Público Marítimo Terrestre y los incorporados a éste por adquisiciones.Una opción de salvaguarda y uso público de los espacios costeros que quedan con buena calidad ambiental es adquirirlos para incorporarlos al Dominio Público Marítimo Terrestre.El Ministerio de Medio Ambiente y el Govern Balear tienen acordado desde septiembre de 2007 un convenio , no firmado aún, para la adquisición de fincas de interés ambiental en el litoral.La compra por retracto de una primera finca de 445 ha en la Serra de Tramuntana , Planicia , tras diversas vicisitudes de orden jurídico ,se realizó el 17 de febrero de 2009.
El Ministerio de Defensa ostenta la propiedad de la superficie terrestre del Parque Nacional del Archipíelago de Cabrera de 1.316 ha ; el islote de Es Pantaleu de 2,5 ha dentro del Parc Natural de Sa Dragonera y 845 ha aproximadamente de otros espacios naturales.El 86 % del total están comprendidos en la Red Natura 2000 (65% de los espacios sin contar Cabrera).
C.4.2.Normativas reguladoras
C.4.2.1.De protección
El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears establece que corresponde a la comunidad autónoma de las Illes Balears, en el marco de la legislación básica del Estado, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de protección del medio ambien-te, normas adicionales de protección, espacios naturales protegidos y ecología.En este ámbito competencial se promulgó la Llei 1/1991 de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Illes Balears.
Como principal legislación básica estatal en el ámbito de la Red protegida destacan las leyes de : Costas (1988) , Montes (2003 y 2006), Responsabilidad Medioambiental (2007) , Patrimonio Natural y la Biodiversidad (2007) , Desarrollo Sostenible del Medio Rural (2007) y Evaluación de Impacto Ambiental (2008).
El marco europeo, la Directiva 92/43/CE , relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres, puso en marcha la red ecológica europea denominada “Natura 2000”. Esta red está integrada por las zonas de especial protección para las aves (ZEPA) designadas bajo las determinaciones de la Directiva de aves 79/409/CE, y por las zonas de especial conservación (ZEC) derivadas de la directiva de hábitats mencionada, que se declararán una vez aprobada la lista de lugares de importancia comunitaria (LIC) propuesta por las Illes Balears.
La Llei balear 5/2005, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental pretende cubrir las carencias de regulación en materia de protección de espacios de relevancia ambiental de las Illes Balears y cumplir con las exigencias comunitarias de protección de la red ecológica europea Natura 2000.
La Llei balear 4/2008, de 14 de maig, de mesures urgents per a un desenvolupament territorial sostenible a les Illes Balears amplia las áreas ANEI.
En cuanto al Parque Nacional de Cabrera ,las leyes estatales de creación 14/1991 y de la Red de Parques Nacionales 5/2007 , les son de aplicación , asi como el PRUG en vigor , aprobado el 2006.La gestión le corresponde en exclusiva a la CCAA , aunque todavía no se ha producido formalmente y la realiza el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.
Finalmente ,el Plan Territorial de Mallorca , de 2004 , y sus Planes Sectoriales (de carreteras, comunicaciones, canteras...) recogen toda la legislación urbanística y de protección de espacios en la Ordenación del Territorio de la isla, cuya función ejecutiva y gestión es responsabilidad del Consell de Mallorca.
C.4.2.2.De adquisición de espacios naturales :
Existen en la legislación vigente , instrumentos que permitirían la adquisición , por parte de las Administraciones , de espacios naturales de interés ambiental , hoy desafectados del interés de la defensa y en manos privadas , para recuperar su uso público y/o mejorar su gestión, incrementando la propiedad total pública de espacios.
1-La declaración de utilidad pública : expropiación y reversión:
La Ley de Expropiación Forzosa de 1954, contempla el supuesto en que, planteada una necesidad entre el interés público y el privado, se aplique la prevalencia del primero.Para proceder a la expropiación forzosa será indispensable la previa declaración de utilidad pública o interés social del fin a que haya de afectarse el espacio inmueble. expropiado.La utilidad pública deberá declararse por acuerdo del Consejo de Ministros.
la Disposición Adicional Tercera de la Ley 22/1988, de Costas, en su apartado primero, declara de utilidad pública, a efectos expropiatorios, de los terrenos de propiedad particular colindantes con la ribera del mar que se adquieran para su incorporación al DPMT, así como los incluidos en la zona de servidumbre de protección que se estimen necesarios para la defensa y el uso del Dominio Público Marítimo-Terrestre.
La llei balear 5/2005 (art.26)y la la Ley del Patrimonio Natural y Biodiversidad de 2007 (art.39.1) establecen ,además ,que la declaración de un espacio natural protegido lleva aparejada la declaración de utilidad pública, a efectos expropiatorios de los bienes y derechos afectados.
La legislación (Ley 38/1999), modificando la de 1954 ,recoge dos particulares excepciones al derecho de reversión de los espacios expropiados en su día, es decir que no cabe el derecho de reversión :
a) Cuando simultáneamente a la desafectación del fin que justificó la expropiación se acuerde justificadamente una nueva afectación a otro fin de utilidad pública o interés social (como por ejemplo la declaración de espacio protegido...).
b) Cuando la afectación al fin de la expropiación dura al menos diez años .
2-El derecho de tanteo y retracto de la Administración :
En la Ley de Costas de 1988 ,se establece que la Administración del Estado tendrá derecho de tanteo y retracto en las transmisiones onerosas intervivos , (con plazos de tres meses y un año respectivamente) en los espacios costeros.
La Ley de Montes de 2003 establece igualmente el derecho de adquisición preferente , tanteo y retracto, cuando se trate de montes declarados “protectores”, entre éstos
“...que estén situados en áreas forestales declaradas de protección dentro de un Plan de Ordenación de Recursos Naturales...” ó “...que constituyan o formen parte de espacios naturales protegidos, áreas de la Red Natura 2000, reservas de la biosfera u otras figuras legales de protección, o se encuentren en sus zonas de influencia, así como los que constituyan elementos relevantes del paisaje.” y de hecho prácticamente toda la casuística forestal siempre y cuando se declaren así previamente por la CCAA.
En cuanto a los espacios naturales declarados protegidos , la Ley básica estatal del Patrimonio Natural y Biodiversidad de 2007 establece que :
“La declaración de un espacio natural protegido lleva aparejada ..... la facultad de la Comunidad autónoma para el ejercicio de los derechos de tanteo y de retracto respecto de los actos o negocios jurídicos de carácter oneroso y celebrados intervivos que comporten la creación, transmisión, modificación o extinción de derechos reales que recaigan sobre bienes inmuebles situados en su interior.”
Dentro de los plazos que establezca la legislación de las Comunidades Autónomas , que en las Illes Balears, la llei 5/2005 las fija en 3 meses para el tanteo y un año para el retracto.
Esta misma ley , en su artículo 27 apartado 3 exceptúa :
“ Los derechos de tanteo y retracto no tienen que ejercerse en relación con las transmisiones siguientes:
-En las transmisiones de fincas de superficie inferior a 100 hectáreas, cualquiera que sea su categoría y zonificación.
-En las transmisiones de fincas ubicadas en las zonas de uso compatible y de uso general de los parajes naturales.
-En las transmisiones de fincas en relación con las cuales el transmitente haya formalizado con la Administración acuerdos o convenios de gestión o conservación en los cuales se subrogue el adquirente.
En el caso de fincas que cumplan parcialmente los dos últimos supuestos anteriores, el derecho de tanteo y retracto no se ejercerá si la mayor parte de la finca queda afectada por alguna de las causas de exclusión mencionadas. "
C.4.3.Convenios de colaboración en espacios protegidos.
La titularidad privada de las fincas rústicas en las Islas Baleares alcanza una proporción del 96,52 % de la superficie forestal total (Ministerio de Medio Ambiente, 2004) y en los espacios protegidos representa una pequeña fracción del total. Este hecho sin duda aumenta la complejidad de su gestión posterior.
La titularidad privada de unos terrenos no tiene por que ser obstáculo para su gestión respetuosa con el medio, la compra no ha de ser la única opción de actuación medioambiental sobre fincas privadas.Igualmente un propietario puede negarse al desarrollo de cualquier actividad en su finca que no hubiera sido declarada de interés social o utilidad pública.
Muy frecuentemente la gestión de los espacios naturales protegidos ha de desarrollarse en terrenos privados por razones de oportunidad o por la simple falta de terrenos públicos.
Las actuaciones a realizar en el marco de un espacio natural protegido o en aquellas zonas que sin haber sido declaradas como tal precisan de acciones de gestión ambiental o rehabilitación del paisaje son múltiples .
Aparte de la posibilidad de establecer la custodia del territorio a ejercer por entidades civiles, las administraciones pueden establecer fideicomisos (transmisión temporal de la propiedad ) , servidumbres ambientales y usufructos (compensación al propietario mientras se usa la propiedad).
Pero, generalmente la gestión de un espacio natural protegido por parte de la Administración suele requerir herramientas de gestión más ágiles que no precisen trámites como la inscripción de un derecho de la administración sobre una finca privada en el Registro de la Propiedad.. Por ello es interesante que se analicen otras vías de actuación como son las subvenciones a determinadas actuaciones y los convenios de colaboración.
La concesión de subvenciones , en unos casos como simples compensaciones económicas por una posible pérdida de oportunidades de desarrollo económico.En otras ocasiones basados en el incentivo a una serie de actividades ventajosas para la gestión de los hábitat , las especies o el paisaje.
El convenio de fincas en el interior de espacios naturales protegidos o en hábitat relevantes facilita las actuaciones de conservación (protección de zonas con ele-mentos de interés natural) ,de rehabilitación paisajístico y de uso público (infra-estructuras, mejora de accesos y de servicios, etc.).
(Extractos del artículo LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN EN ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS COMO HERRAMIENTA DE GESTIÓN. C.SANTANA i GARCÍA, R. FLORENSA i GUIU y G. DOMINGUEZ i TORRES.)
La llei balear 5/2005 en su artículo 45 respalda legalmente estas acciones :
“ Convenios y servidumbres de interés medioambiental.
1. El Gobierno de las Illes Balears puede suscribir acuerdos o convenios con los titulares de derechos sobre terrenos incluidos en espacios naturales protegidos a fin de que éstos acepten, a cambio de una contraprestación económica o de otro tipo, el desarrollo de tareas y actuaciones relacionadas con la gestión medioambiental que impliquen limitaciones de las actividades, los usos o los aprovechamientos que excedan del contenido normal del derecho de propiedad.
2. Los titulares pueden ceder sus derechos de manera selectiva y las limitaciones pueden afectar a sólo una parte de la finca.
3. Estos acuerdos o convenios pueden consistir en la constitución de una servidumbre que deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad.”
C.5.EL PAISAJE
El Paisaje es un concepto y objetivo expresamente enunciado en las leyes clave de la protección de los habitats, pero un concepto más amplio incluye otras valoraciones de derechos y deberes sociales.
Llei 1/1991 de Espacios Naturales...: “La protección de espacios en base a sus excepcionales valores naturales o paisajísticos es uno de los objetivos permanentes de toda legislación urbanística y de ordenación territorial”.
Lei 5/2005 para la Conservación de los espacios de relevancia ambiental : “...La preservación de la variedad, singularidad y belleza de los sistemas ecológicos naturales y del paisaje”.
Ley estatal 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad : “La protección del paisaje se afirma como uno de los principios de la presente ley...”
Para Baleares , además, mantener y proteger el paisaje representa un valor económico de primera magnitud para unas islas que viven del turismo.Se trata de un elemento esencial para el bienestar individual y colectivo. Desempeña un papel importante de interés general en los campos cultural, ecológico, medioambiental y social.
El Convenio Europeo del Paisaje , aprobado en 2004 y que España ha ratificado, está en vigor en nuestro país desde el 1 de marzo de 2008.
“El propósito general del Convenio es animar a las autoridades públicas a adoptar políticas y medidas a escala local, regional, nacional e internacional para proteger, planificar y gestionar los paisajes europeos con vistas a conservar y mejorar su calidad y llevar al público, a las instituciones y a las autoridades locales y regionales a reconocer el valor y la importancia del paisaje y a tomar parte en las decisiones públicas relativas al mismo..... integrar el paisaje en las políticas de ordenación territorial y urbanística y en sus políticas en materia cultural, medioambiental, agrícola, social y económica, así como en cualesquiera otras políticas que puedan tener un impacto directo o indirecto sobre el paisaje....”
El Convenio reconoce todas las formas de los paisajes europeos, naturales, rurales, urbanos y periurbanos, y tanto los emblemáticos como los ordinarios.Se entiende por paisaje un área, tal y como la percibe la colectividad, cuyo carácter es el resultado de la interacción de factores naturales y humanos; por objetivo de calidad paisajística, la formulación por las autoridades públicas de las aspiraciones de la colectividad en lo que concierne a las características paisajísticas de su entorno.
El Consell de Mallorca , que detenta en Mallorca , la gestión y función ejecutiva del Patrimonio Paisajístico ,aprobó la adhesión al Convenio Europeo del Paisaje el 23 de enero de 2008.El Parlament ya había aprobado en octubre de 2006 la toma en consideración de la Proposición de Ley de Protección del Paisaje de Baleares, presentada por el Consell de Mallorca.
Las instalaciones militares , incluidas en los nuevos conceptos de paisaje , deben ser también sujetos de gestión del paisaje , igual que los son los espacios que las contienen ,y la administración debe implementar las políticas de su gestión.
C.6.LA COSTA
Las islas Baleares poseen una gran longitud de costa en relación con su superficie, debido al carácter recortado de la misma y contiene un importante variedad de ambientes de alto valor ecológico. El litoral es considerado un espacio estratégico por albergar espacios de gran valor ecológico, cultural, social y económico , de capital importancia para el turismo.
Las zonas costeras son un espacio económico de alto interés, la actividad que se lleva a cabo en ellas representa una parte importante del producto interior y de la renta nacional. A pesar de ello, este tipo de desarrollo basado especialmente en su ocupación lleva consigo factores de autolimitación tales como :
-La pérdida de paisajes naturales por la ocupación urbana de zonas litorales.
-La alteración de la dinámica litoral debido al elevado grado de intervención
humana.
-La reducción de la calidad de las masas de agua litorales con graves repercusiones
en la vitalidad de los ecosistemas marinos.
-La degradación de los ecosistemas y hábitats
-Los riesgos ambientales en el litoral (Riesgo de inundación de ámbitos terrestres;riesgo de contaminación de las aguas marinas ; riesgo geológico y erosión )
C.6.1.La Ley de Costas y el Dominio Público Marítimo Terrestre (1)
Por encima de los intereses contrapuestos que confluyen en muchas ocasiones sobre el Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT) , un doble propósito se alza como la idea cardinal de la Ley 22/1988 de Costas : Garantizar el carácter público del patrimonio costero (desarrollando los principios del art.45 y 132.2 de la Constitución) y conservar sus características naturales conciliando las exigencias de desarrollo con los imperativos de protección ,y todo ello derogando cuantas normas legales se opongan a dicho propósito.
El fenómeno de destrucción y privatización del litoral, según el preámbulo de la Ley,
“...exige de modo apremiante una solución clara e inequívoca, acorde con la naturaleza de estos bienes, y que, con una perspectiva de futuro, tenga como objetivos la defensa de su equilibrio y su progreso físico, la protección y conservación de sus valores y virtualidades naturales y culturales, el aprovechamiento racional de sus recursos, la garantía de su uso y disfrute abierto a todos, con excepciones plenamente justificadas por el interés colectivo y estrictamente limitadas en el tiempo y en el espacio, y con la adopción de las adecuadas medidas de restauración.”
A efectos de este estudio nos interesa destacar ciertas disposiciones de la Ley de Costas:
-Las detentaciones privadas, por uso o por título de propiedad , carecen de valor obstativo frente al establecimiento del DPMT.
-Toda ocupación del DPMT estará sujeta a previa concesión otorgada por la Administración del Estado.
-Aprobado el deslinde correspondiente , los terrenos colindantes con el DPMT estan sujetos a limitaciones y servidumbres: Servidumbre de tránsito sobre una franja de seis metros ; servidumbres de acceso público y gratuito al mar sobre los terrenos contiguos o colindantes ; y servidumbre de protección hasta 100 metros en zonas no urbanas.
-Los accesos públicos al mar actualmente existentes y los construidos en virtud de planeamiento urbanístico aprobado con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley permanecerán destinados al uso público abriéndose al mismo cuándo no lo estuvieren.
-La servidumbre de tránsito no puede invocarse en “...espacios especialmente protegidos”
- Para asegurar el uso público del DPMT, los planes y normas de ordenación territorial y urbanística del litoral deben contemplar previsiones para respetar los accesos, tránsitos y servidumbres de protección.
-Se exceptuan de esta sujeción los terrenos expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional, conforme a su legislación específica.
-Los terrenos colindantes con la ribera del mar que se adquieran para su incorporación al DPMT,serán igualmente de DPMT ,así como los incluidos en la zona de servidumbre de protección que se estimen necesarios para la defensa y el uso del Dominio Público Marítimo-Terrestre.La Administración del Estado tendrá derecho de tanteo y retracto en las transmisiones onerosas intervivos de los bienes.
-Pertenecen al DPMT los islotes en aguas interiores y ar territorial.
-Pertenecen al DPMT todas las obras e instalaciones construidas por el Estado en dicho dominio.
En relación con este último precepto de la Ley , serían del DPMT instalaciones militares abandonadas y largamente en desuso tales como búnkers y otras casamatas en las playas , aunque los terrenos (las playas) donde radican (ó los propios búnkers) estén expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional.Comoquiera que en su día fueron construidos y ocupado el DPMT sobre terrenos de propiedad pública del Estado ,dificilmente se encuentran documentos que soporten la titularidad ó los derechos de ocupación concesional expresa .El soporte legal de una concesión administrativa de uso ó simplemente no se creyó necesario , ó simplemente no lo fué entonces para la ocupación de uso.El resultado de todo ello es una completa indefinición formal de la responsabilidad actual final de quién debe disponer sobre estas instalaciones , para su uso , rehabilitación o su remoción.Incluso no constan expresamente en las relaciones patrimoniales de Defensa.(Con lo cual si no están afectados nunca van a ser desafectados...y así seguirán instalaciones de interés para la defensa inmersas ,rodeadas de uso público ,sin vigilancia alguna ,con acceso libre y usadas por civiles ).
En todo caso , si no pertenece a Defensa , pertenece a la Demarcación de Costas la gestión de estas instalaciones.Sería del todo conveniente la clarificación de responsabilidades y estatus, y de confirmarse una desafectación tácita , hacerla expresa mediante documento , informe o precepto legal.
Como antecedente reciente , en un plan ejecutado de Actuaciones de Recuperación del DPMT en Canarias , se programó la demolición de siete bunkers y en este caso se solicitó , no la desafectación , sino sólo un informe ,lo cual como mínimo es excepcional dentro de los procesos establecidos para las instalaciones militares.Se decía: ”... estos expedientes precisan del informe favorable del Ministerio de Defensa, titular de los mismos...”. Sin duda ,ante la indefinición (¿titular propietario o concesionario?), se acude al organismo que los pudo usar , suponiéndole que si pudo hacerlo es que de algún modo disponía de dominio o concesión... y si con posterioridad no hubo cambios , sigue teniendo la titularidad ya que ,aunque están dentro del DPMT , pudiera ampararse en el artículo que excepciona a Defensa de la Ley de Costas.En todo caso no existen anotaciones ni referencias catastrales.
En el mismo caso podrían figurar ciertos islotes militares dentro del DPMT.
Las actuaciones acerca de cualquier instalación que se encuentre ocupando el DPMT son competencia plena de la Dirección General de Costas (Demarcación de Costas de Baleares), dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. La existencia de otros títulos, tales como licencias municipales o turísticas, no impide que la Dirección General de Costas pueda realizar las actuaciones que considere necesarias en beneficio del interés general. No obstante, se tiene presente el principio de cooperación interadministrativa.
Con la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de Costas, se dio un paso trascendental en relación a la conservación de los recursos naturales de la zona costera. Esta ley supuso un primer avance en la protección del litoral español.La experiencia ha mostrado que esta ley no ha sido suficiente para garantizar la protección de la globalidad de nuestras zonas costeras, porque ha continuado el proceso de degradación por múltiples presiones e intereses confluyentes , planeamientos urbanísticos tardíos y falta de vigilancia en su aplicación .
El principal problema de partida es la falta de terminación de los deslindes de la costa entre la propiedad pública y privada.La jurisprudencia indica que no se puede resolver un expediente sancionador por una ocupación indebida en un bien de DPMT si previamente no se ha aprobado el deslinde.
De hecho, hay que recordar que en el archipiélago balear no se empezaron los trabajos de deslinde hasta 1993.Según los datos correspondientes a octubre de 2008, Mallorca tiene deslindado el 70,04 por ciento de su costa, que cuenta con 653,52 kilómetros.Demarcación de Costas prevé tener concluidos los deslindes en 2009.(2)
(1) En 2013 se modifica la Ley de Costas mediante la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. En su preámbulo se dice : "La ley se estructura en dos grandes bloques, el primero implica una modificación parcial y profunda de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y el segundo establece el nuevo régimen de prórroga extraordinaria y selectiva de las concesiones otorgadas al amparo de la legislación anterior, y un conjunto heterogéneo de disposiciones que complementan a la modificación de la Ley de Costas. En definitiva, constituye un todo integrado que se orienta a garantizar la protección del litoral y otorgar seguridad jurídica."
http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/30/pdfs/BOE-A-2013-5670.pdf
(2) En noviembre 2013 continúan en tramitación algunos tramos. http://sig.magrama.es/dpmt/
C.6.2.La gestión del litoral
La Demarcación de Costas de Baleares tiene entre sus fines primordiales el desarrollo y ejecución de la política ambiental en materia de costas, que se concreta en la protección y conservación de los sistemas litorales y marinos.
En 2002 se aprueba la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la Gestión Integrada de la Zonas Costeras.
En enero de 2008 , España firma el Protocolo de Gestión Integrada sobre las Zonas Costeras del Mediterráneo, del Convenio de Barcelona.Este documento se convierte en el primer instrumento legal vinculante a nivel internacional sobre gestión integral del litoral.
Con la elaboración del Plan Director para la Gestión Sostenible de la Costa (PDGSC) se incorporan las nuevas recomendaciones europeas y los criterios.
Entre los objetivos fundamentales de este Plan Director se contempla la protección y conservación de la integridad de los sistemas litorales y marinos con un primer eje consistente en acciones dirigidas a controlar la regresión de la costa ;un segundo eje de protección y recuperación de los sistemas litorales .Dentro de éste la “...retirada de infraestructuras, limpieza y retirada de elementos ajenos al sistema” y la “ adquisición de terrenos para su incorporación al dominio público.”
El programa de adquisición de suelo en la costa se plantea a partir de la colaboración de la CCAA y de los municipios involucrados, de tal manera que la posterior gestión de los espacios pueda realizarse por organizaciones ambientales e instituciones locales.
Cuando el deslinde resulta notariamente insuficiente para la protección integral del ecosistema , la Demarcación de Costas está llevando a cabo adquisiciones de terrenos bajo el llamado Programa de Adquisicion de Fincas de Interés Ambiental en el Litoral.En el marco de este programa , ya se han establecido convenios entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Ministerio de Defensa sobre la cesión de terrenos, con el fin de garantizar y reforzar su protección e incorporación al dominio publico marítimo-terrestre, dentro del programa de adquisición de fincas por parte de la Dirección General de Costas.(Por ejemplo en Murcia en 2006)
Hay que recordar también aquí las posibilidades de adquisición preferente para la administración y la expropiación por interés social que permiten las leyes.(Ver punto C.4.2.2.)
En Baleares se acordó en septiembre de 2007 con el Ministerio de Medio Ambiente el Convenio para la Aquisición de Fincas de Interés Ambiental en el Litoral con un presupuesto de 40 millones de euros.A pesar de que el convenio no ha sido firmado todavía por dilación del Ministerio, la finca Planicia , de 445 ha ,en el litoral de la Serra de Tramuntana, ha sido ya firmada.
La garantía del acceso y del uso público a la costa y la recuperación del patrimonio cultural vinculado a la costa completan los objetivos.Entre las actuaciones ,la “recuperación de elementos del patrimonio histórico y cultural y construcciones tradicionales vinculadas con la costa como: faros, fortificaciones, murallas, torres de vigía, ...”
Para la elaboración de la Gestión Integral de las Zonas Costeras (GIZC) se recaba la colaboración y participación activa de las Comunidades Autónomas ; de las entidades locales, organizaciones sociales, expertos y ciudadanía en general.En Baleares , el Instituto Mediterráneo de Estudios Avanzados (IMEDEA) está desarrollando un importante proyecto multidisciplinar para abarcar toda la información posible para la elaboración y aprobación política del GIZC.
Los GIZC se desarrollarán mediante Convenios con el Ministerio de Medio Ambiente estableciendo un marco estable de coordinación y colaboración entre el Ministerio y la CCAA ,en
- Protección, defensa y desarrollo sostenible del espacio costero
- Desarrollo de obras y actuaciones
- Labores de vigilancia del litoral
- Intercambio de información relativa a la gestión del litoral
La gestión de la costa se desarrollará mediante la colaboración y coordinación entre las administraciones afectadas (comisiones mixtas) y un consejo asesor (grupos de trabajo constituidos a nivel provincial, que funcionarán como órganos consultivos y foros de trabajo con el análisis técnico y jurídico de todas las acciones previstas en la costa).
C.7. LA PROTECCIÓN HISTÓRICO - ARTÍSTICA DE INSTALA-
CIONES MILITARES EN MALLORCA:
La gestión del paisaje en cuanto a las instalaciones militares (rehabilitación , res-tauración , conservación, demolición , modificación /adaptación de usos...) han de tener en cuenta previamente si éstas han sido declaradas legal y administrativamente de interés histórico-artístico , en cuyo caso prevalecería lo que se establece para estos casos y no serían posibles su demolición u otras acciones.
En Mallorca es la Llei 12/1998 del Patrimonio Histórico de las Illes Balears la que determina el proceso y responsabilidades de protección.La declaración de bienes de interés cultural se acordará por el pleno del Consell Insular de Mallorca, a propuesta de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico.
“Tendrán la consideración de bienes de interés cultural (BIC) los bienes muebles e inmuebles más relevantes del patrimonio histórico de las Illes Balears que por su valor singular se declaren como tales de forma individualizada” .
“Tienen la consideración de bienes catalogados aquellos bienes muebles e inmuebles que, no teniendo la relevancia que les permitiría ser declarados bienes de interés cultural, tienen suficiente significación y valor para constituir un bien del patrimonio histórico a proteger singularmente. “
“ ...Monumento: Edificio, obra o estructura arquitectónica y/o de ingeniería de interés histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, histórico-industrial, etnológico, social, científico o técnico.”.... Lugar o paraje natural susceptible de delimitación espacial unitaria que se puede vincular a acontecimientos o recuerdos del pasado, creaciones culturales o de la naturaleza, que tiene un interés destacado desde el punto de vista histórico, artístico, arqueológico, histórico-industrial, paleontológico, etnológico, antropológico, social, científico o técnico.”
Estan contemplados el tanteo y retracto a favor de la administración sobre los bienes de interés cultural y catalogados , así como causa de interés social para la expropiación el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación o el peligro de destrucción o deterioro grave del bien.
El Plan Territorial de Mallorca también establece la catalogación municipal de Patrimonio Histórico-Artístico :
“El planeamiento general municipal contendrá un catálogo de elementos que, por sus valores singulares o características urbanísticas o arquitectónicas, deban ser objeto de una especial protección. El contenido del catálogo contendrá, como mínimo lo siguiente:
a-Se deben catalogar, como mínimo, los elementos incluidos dentro de las siguientes categorías: yacimientos arqueológicos, arquitectura religiosa, escultura monumental religiosa y heráldica, arquitectura e ingeniería civil, arquitectura militar,bienes etnológicos, bienes de interés industrial y bienes de interés paisajístico y ambiental,...
b. Se indicará el grado de protección correspondiente. Con esta finalidad, se propone la siguiente estructuración de las protecciones: Nivel de protección integral , parcial o ambiental.”
El criterio con que son seleccionados para su inclusión en los catálogos municipales no están definidos homogéneamente entre municipios y así resultan catalogadas el mismo tipo de instalaciones militares en unos municipios y en otros no.En otros casos se ha optado por una exhaustiva catalogación de cualquier arquitectura militar , considerando el hecho de ser de característica militar , su razón de catalogación , aunque se trate de meros restos de instalaciones auxiliares de defensa costera sin interés arquitectónico alguno.
De otra parte , tratándose de bienes de la subclase “...que no teniendo la relevancia que les permitiría ser declarados...”, deberían evaluarse el interés social histórico-cultural frente al interés social del paisaje y medioambiente para su decisión de catalogación.
D – CONCLUSIONES
1-Los intereses y estrategias de la defensa nacional han cambiado y se han redefinido expresa y legalmente.Con ello han cambiado también las necesidades y tipos de espacios físicos.En Mallorca, la defensa costera mediante las baterías de costa está descartada.Aun así hay espacios e instalaciones que deben seguir teniendo el interés general para desarrollar la protección y defensa y otros son necesarios para poder desarrollar funciones de seguridad y protección civil encomendadas a las Fuerzas Armadas .
2-Mantenerse afecto a la defensa nacional (propiedad militar) supone para un espacio natural una restricción a la mejor gestión ambiental posible debido a las excepciones de aplicación establecidas de importantes leyes ambientales y de ordenación territorial incluso.Todos los usos militares , activos y potenciales, de hecho no son compatibles con la conservación medioambiental , aunque legalmente esté establecido así , dada la prevalencia de los intereses de la defensa en caso de conflicto y dadas las características de algunas operaciones o actividades.
3-Se deduce pues ,de las conclusiones 1 y 2, que debe escogerse y decidirse la vocación de un espacio natural determinado público a servir el interés general en el modo militar sin uso público o en otras formas no militares.Las fórmulas mixtas no son ni racionales ,ni efectivas , ni compatibles al fin.
4-Un espacio no debería mantenerse militar si el interés social general del mismo ha cambiado y es valorado superior.
5-En cuanto al efecto indirecto positivo resultante de la ocupación histórica militar ,ésta hoy ya no es indispensable ,pues existe actualmente legislación ambiental y de ordenación territorial protectiva suficiente.
6-En los espacios que permanecen militares la gestión ambiental propia debería incluir como objetivo ,aunque solamente lo pueda ser en grado limitado por los intereses prevalentes de la defensa , la restauración del paisaje y la integración máxima posible de sus instalaciones.
7-Los espacios naturales e instalaciones con usos civiles continuados, definitivos y no estratégicos de las instalaciones militares (El mantenimiento de su estatus militar puede estar justificado), deberían equipararse voluntariamente de facto a los requerimientos legales ambientales ,paisajísticos y de ordenación del territorio que tendrían en caso de no poseer la propiedad militar.No tiene sentido democrático-social excepciones transgresivas de los principios legales ambientales por razón de un mandato social y constitucional de defensa cuando no se observa el beneficio social de esta finalidad.Se ejercería la ejemplaridad del Estado y sin afectar intereses de defensa , se protege un interés general ambiental.
8-Dentro del proceso de desafectación y enajenación de los espacios militares, la depuración física establecida legalmente debería incluir la restauración del paisaje o establecer el proceso y coste para ello.
9-La Dirección General de Costas debería tratar de la recuperación y regeneración del Dominio Público Marítimo Terrestre de las ocupaciones militares sin uso, impulsando la declaración de desafectación expresa mediante Informe de Defensa para poder proceder a su liberación.
10-La preservación de los valores y de los recursos naturales de las islas Baleares es un objetivo estratégico para su economía turística eje fundamental y de peso en el bienestar socio-económico de las islas. La utilidad pública de los espacios naturales (materia prima escasa e insustituible para un turismo de calidad sostenible) es hoy un valor social en crecimiento.
11- Es fundamental la coordinación sistemática y formal de las distintas administraciones públicas con el proceso desinversor de Defensa ,que se desarrolla con independencia de los objetivos de planificación medioambientales globales.
12-Debe aprovecharse y utilizarse el derecho preferente de adquisición de las administraciones públicas para hacer políticas medioambientales y de paisaje : En los espacios naturales militares que se desafectan y tambien en otros ,hoy privatizados, que fueron militares y son de interés.
13-Debe aprovecharse el proceso desinversor de Defensa ,una última y sustantiva oportunidad de aporte potencial de espacio natural , para :
-Incrementar la red de propiedades publicas de uso público.(superficie y hábitats)
-Incrementar y completar la Red de espacios protegidos (superficie y hábitats)
-Hacer políticas de paisaje.
-Incrementar el conocimiento de los ecosistemas : Educación ambiental, conocimiento científico , usos recreativos .
14-La calidad del paisaje y el territorio ,además de un objetivo y derecho de interés social ,constituye una marca de calidad turística fundamental.Deben implementarse convenios con Defensa para la restauración y adecuación de sus instalaciones al entorno y con los propietarios privados que conservan viejas instalaciones abandonadas.Debe restaurarse el paisaje costero turístico de viejas instalaciones abandonadas.
15-Deberían unificarse y establecerse los criterios de catalogación de los bienes de arquitectura militar y sus grados de protección
16-Cabrera: La propiedad militar en un Parque Nacional es una excepción anómala por el origen , no para el fin.La total compatibilidad de facto no es posible. Su vocación de Parque Nacional es superior y definitivo. El peligro de pérdida de su condición de propiedad pública (recursos de reversión) no existe. Compartir la gestión ambiental no es eficiente.
E - ESPACIOS E INSTALACIONES SUJETOS AL ESTUDIO
E.1.CRITERIOS DE SELECCIÓN
Son objeto de análisis para los fines de este estudio , todos los espacios naturales , por tanto no urbanos , en la isla de Mallorca ,que mantengan la propiedad militar.
(Se excluyen pues, además de los urbanizados , los que aunque contengan una parte de territorio rústico o natural éste sea urbano o urbanizable : Son los casos de la Estación Naval de Sóller, el polvorín de Camí de Sa Figuera y las instalaciones Infante Lois , en Port de Sóller , y el Aeródromo Militar de Son Sant Joan y la Estación Naval de Porto Pi , ambas en Palma de Mallorca).
También los espacios naturales con algún grado de protección que fueron desafectados tras la guerra civil por el Ministerio de Defensa que contengan instalaciones militares en desuso ,con afectación al paisaje y/o al Dominio Público Marítimo Terrestre.
Igualmente se incluyen instalaciones militares abandonadas dentro del espacio del Dominio Público Marítimo Terrestre. Muchas de estas construcciones se encuentran en un estado lamentable desde el punto de vista estructural y estético, de seguridad y de higiene. Con ello se ocasiona un importante impacto visual sobre el paisaje del litoral y se provoca una merma en la calidad del producto turístico que se ofrece en las Islas.
E.2.RELACIÓN
E.2.1.Espacios naturales de propiedad militar:
-Parque Nacional del Archipiélago de Cabrera (Palma de Mallorca)
-Base y estación de vigilancia aérea de Puig Major (Escorca)
-Islote de Es Pantaleu (Andratx )
-Batería de costa de Rafeubetx-Banc d’Eivissa (Calviá)
-Islotes y playa de Illetes (Calviá)
-Base General Asensio (Palma de Mallorca)
-Polvorín de Puntiró (Palma-Santa Eugenia)
-Batería de costa de Cap Blanc (Llucmajor)
-Dirección de tiro de la batería de costa de Cap Blanc (Llucmajor)
-Batería de costa de Cala Carril (Llucmajor)
-Polvorín de Porreres ó Famella (Porreres)
-Batería de costa de Cap Pinar (Alcudia)
-Base aérea de Port Pollença (Pollença)
-Polvorín de Santa Magdalena (Inca)
E.2.2.Espacios naturales desafectados bajo propiedad privada
-Antigua batería de costa de Cala Figuera (Calviá)
-Antigua batería de costa y Fortí de Illetes (Calviá)
-Antigua batería de costa de Cap Regana (Llucmajor)
-Área de Sa Talaia d’Albercutx (Pollença)
E.2.3.Instalaciones militares en el Dominio Público Marítimo Terrestre:
-Bunkers de la Bahía de Pollença (Alcudia)
-Bunkers,torres y casamatas de la bahía de Alcudia (Alcudia-Muro-Santa
Margalida-Artá)
-Bunkers de las playas de Ses Salines (Es Cargol, Es Carbó...)
-Bunkers de las playas de Es Trenc y Sa Rápita (Campos)
E.3.DESCRIPCIÓN ,BREVE INVENTARIO Y LINEAS BÁSICAS DE ACTUACIÓN :
Por medio de los siguientes anexos se exponen de un modo breve y esquemático la ubicación , extensión , caracterización , singularidades y diferentes propuestas de actuación para cada uno de los espacios y/o instalaciones relacionados.
F-FUENTES
F.1.FUENTES
CENTRO DE HISTORIA Y CULTURA MILITAR.BIBLIOTECA MILITAR
c/Sant Miquel 69 bis. Palma de Mallorca.
DELEGACIÓN DE DEFENSA EN LAS ILLES BALEARS
SUBDELEGACIÓN DE DEFENSA
EJERCITO DE TIERRA.Coronel Ramis.
http://www.ejercito.mde.es/Unidades/es/unidades/Islas_Baleares/index.html
Plan General de Infraestructura (PDI). Dirección General de Infraestructura (DIGENIN)
http://www.mde.es/digenin/plandirector.html
Delegación en Baleares de la GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LA DEFENSA (GIED).Teniente Coronel Pandelo.
EJERCITO DEL AIRE.MANDO AEREO DE COMBATE.ESCUADRÓN DE VIGILANCIA AEREA Nº 7 .ACAR PUIG MAYOR.
MINISTERIO DE DEFENSA.DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA.SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL.AREA DE MEDIO AMBIENTE
http://www.mde.es/medioambiente/inicio.html
DEFNET (EU Member States Defence Environmental Network).
http://www.eudefnet.com/o
CENTRO DEPORTIVO SOCIO CULTURAL MILITAR ES FORTÍ (CDSCM)
http://www.esfortisociales.com/05-illetas.php
Información sobre los islotes de Illletes http://www.toponimiamallorca.net/index.php?option=com_content&task=view&id=71&Itemid=95
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
http://www.marm.es/
DIRECCIÓN DEL PARQUE NACIONAL ARCHIPIÉLAGO DE CABRERA. Jorge Moreno. http://reddeparquesnacionales.mma.es/parques/cabrera/home_parque_cabrera.htm
CONSELLERIA DE MEDI AMBIENT DEL GOVERN BALEAR. http://www.caib.es/govern/organigrama/area.do?lang=ca&coduo=184
PUNT D’INFORMACIÓ AMBIENTAL.Consellería Medi Ambient.
Govern de les Illes Balears.
http://pia.caib.es/user/index.ct.html
CONSELL INSULAR DE MALLORCA.
http://www.conselldemallorca.net/
PLA TERRITORIAL DE MALLORCA. http://www.conselldemallorca.cat/platerritorial/pages/cast/intro.htm
RED NATURA 2000 de la Consellería de Medi Ambient balear. http://xarxanatura.es/index.php?seccion=zona&id=44
BIRD LIFE INTERNATIONAL
http://www.birdlife.org/action/science/sites/
IBESTAT : Institut d’Estadística de les Illes Balears.Govern de les Illes Balears.
http://www.caib.es/ibae/organigrama_cast.htm
DEMARCACIÓN DE COSTAS DE BALEARES. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.Ministerio Medio Ambiente.
DIARIO DE MALLORCA.Palma de Mallorca.
http://www.diariodemallorca.es/
Diario ULTIMA HORA.Palma de Mallorca.
http://www.ultimahora.es/
Diario EL PAIS.Madrid.
http://www.elpais.com/#
DIARI DE BALEARS.Palma de Mallorca.
http://dbalears.cat/
AJUNTAMENT DE POLLENÇA
AJUNTAMENT DE ALCUDIA
AJUNTAMENT DE SANTANYÍ
AJUNTAMENT DE ARTÁ
AJUNTAMENT DE SES SALINES
AJUNTAMENT DE CAMPOS
AJUNTAMENT DE LLUCMAJOR
AJUNTAMENT DE CALVIÁ
AJUNTAMENT DE MURO
AJUNTAMENT DE SANTA MARGALIDA
F.2.BIBLIOGRAFIA
FUERZAS ARMADAS Y MEDIOAMBIENTE.Revista Española de Defensa. Suplemento del nº 226.Enero 2007
FUERZAS ARMADAS Y MEDIO AMBIENTE.Ministerio de Defensa.Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEM) .Documentos de Seguridad y Defensa nº 13.Octubre 2007.
ESPACIOS NATURALES DEL MINISTERIO DE DEFENSA.Secretaria General Técnica del Ministerio de Defensa.Centro de Publicaciones.Madrid 2007.
Coordinador :Miguel San Hipólito Bernardos .
ESPACIOS NATURALES DEL MINISTERIO DE DEFENSA : LA OTRA RED.Emilio Blanco Castro.Revista Ambienta.Abril 2008.Ministerio de Medio Ambiente.
J
THE ENVIRONEMENT AND SECURITY. NATO Public Diplomacy Division, Brussels, Belgium.2005
INFORME AMBIENTAL.MEMORIA 2004 Y ACTUACIONES. 2005.Secretaria de Estado de Defensa.Dirección General de Infraestructura. Subdirección General de Planificación y Control.Área de Medio Ambiente.Madrid, octubre de 2005
REVISION ESTRATÉGICA PARA LA DEFENSA.2002.Secretaria General de Política de Defensa.Ministerio de Defensa
LAS BATERIAS DE COSTA DE LA BAHIA DE PALMA.Marco A.Conde Flores http://perso.wanadoo.es/marcoconde/PRINCIPAL/principal.HTM
BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO (BOE ).Ministerio de Presidencia.
BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS (B.O.I.B.). de les Illes Balears
PLAN DIRECTOR PARA LA GESTION SOSTENIBLE DE LA COSTA.Diciembre 2005.MMAMRM.Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad.Dirección General de Costas.Subdirección General para Sostenibilidad de la Costa.División de la Protección del Medio y Ecosistemas Marinos.
HACIA UNA GESTION SOSTENIBLE DEL LITORAL ESPAÑOL.Diciembre 2005. MMAMRM.Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad.Dirección General de Costas.Subdirección General para la Sostenibilidad de la Costa.División de la Protección del Medio y los Ecosistemas Marinos.
GEOGRAFIA DE LES ILLES BALEARS.1997.Ferran Dídac Lluch i Dubon. Ed.Lleonard Muntaner.Palma de Mallorca.
MALLORCA ESPAIS NATURALS.Palma 1995.Josep Antoni Aguiló Ribas.Promomallorca Edicions SA
EL ARCHIPIELAGO DE CABRERA,UN PARQUE NACIONAL EN LITIGIO.
Editorial Moll.1989.Grup Balear D’ornitología i Defensa de la Naturalesa (GOB).
Anuario EUROPARC-ESPAÑA del estado de los espacios naturales protegidos. 2007
EL LITORAL DE MALLORCA.Nuevas AeroguÍas.Geoplaneta.Editorial Planeta.2001
F.3.CARTOGRAFÍA:
IDEIB Infraestructura dades espacials Illes Balears.Consellería de Mobilitat i Ordenació del Territori.Govern de les Illes Balears. http://mun.nexusgeografics.com/ideib/visor.html
web IDE MALLORCA (Infraestructura dades espacials del Consell de Mallorca). http://www.conselldemallorca.net/?id_section=1725&id_parent=493
web GOOGLE EARTH : http://earth.google.es/
web del PLA TERRITORIAL DE MALLORCA.D.I. d’Ordenació del Territori.
http://www.conselldemallorca.cat/sit/ptm/viewer.htm
web DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO.Ministerio de Economía y Hacienda.
https://ovc.catastro.meh.es/
ANEXO NUM.1 : Ubicación y extensión de los espacios.
Espacios naturales de propiedad militar:
1. Parque Nacional de Cabrera-1330 ha.
2. Base y estación de Puig Major-250 ha.(*)
3. Islote de Es Pantaleu -2,5 ha.
4. Batería de costa Rafeubetx/Banc d'Eivissa -104 ha.
5. Islotes y playa de Illetes- 6,7 ha.
6. Base General Asensio –268 ha.
7. Polvorín de Puntiró-5 ha.
8. Batería de costa de Cap Blanc-32 ha.
9. Dirección tiro de Cap Blanc-2,5 ha.
10. Batería de costa de Cala Carril-40 ha.
11. Polvorín de Porreres ó Famella -40 ha.
12. Batería de costa de Cap Pinar –105 ha.
13. Base aérea de Port Pollença - 46,5 (30 ha.área natural)
14.Polvorín de Santa Magdalena – 6 ha.
(*) Area restringida:230 ha. Area de propiedad :46 ha
Espacios naturales desafectados bajo propiedad privada:
15.Antigua batería de costa Cala Figuera-11 ha.
16.Antigua batería de costa Fortí de Illetes-15 ha
17.Antigua batería de costa Cap Regana-88 ha
18.Area de Sa Talaia d’Albercutx – 0 ha.
Instalaciones militares en el D.P.M.T.:
-Búnkers de la Bahía de Pollença
-Búnkers y torres de la Bahía de Alcudia
-Búnkers de las playas de Ses Salines
-Búnkers de las playas de Es Trenc y Sa Ràpita
-Búnkers de Alcanada
ANEXO NUM.2
Listado de las propuestas principales para cada espacio :
1. Parque Nacional del Archipiélago de Cabrera :
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADQUISICIÓN por el Ministerio de Medio
Ambiente.
2. Base y estación de vigilancia aérea de Puig Major :MANTENIMIENTO MILITAR CON GESTIÓN AMBIENTALY LIBERAR ACCESOS
PARCIALES.
3. Islote de Es Pantaleu :
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADSCRIPCIÓN AL DOMINIO PÚBLICO
MARÍTIMO TERRESTRE.
4. Batería de costa de Rafeubetx-Banc d’Eivissa :
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADQUISICIÓN PÚBLICA-PORN Y ESPACIO
NATURAL PROTEGIDO CON CALA FIGUERA.
5. Islotes y playa de Illetes :
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADSCRIPCIÓN AL DOMINIO PÚBLICO
MARÍTIMO TERRESTRE.
6. Base General Asensio :
MANTENIMIENTO MILITAR Y GESTIÓN AMBIENTAL
7. Polvorín de Puntiró :
MANTENIMIENTO MILITAR Y GESTIÓN AMBIENTAL
8. Batería de costa de Cap Blanc :
MANTENIMIENTO MILITAR CON FUNCIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y
GESTIÓN AMBIENTAL.
9. Dirección de Tiro de la batería de costa de Cap Blanc :
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADQUISICIÓN PÚBLICA-NUEVO ESPACIO
PÚBLICO “CAP BLANC”
10. Batería de costa de Cala Carril :
MANTENIMIENTO MILITAR Y GESTIÓN AMBIENTAL EN EL SECTOR ESTE Y
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADQUISICION PÚBLICA DEL SECTOR OESTE-
NUEVO ESPACIO PÚBLICO “CAP BLANC”
11. Polvorín de Porreres ó Famella :
MANTENIMIENTO MILITAR Y GESTIÓN AMBIENTAL
12. Batería de costa de Cap Pinar :
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADQUISICIÓN PÚBLICA-PORN Y ESPACIO
NATURAL PROTEGIDO
13. Base aérea de Port Pollença :
MANTENIMIENTO MILITAR CON FUNCIONES DE PROTECCIÓN CIVIL-
UN SECTOR : DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADQUISICIÓN PÚBLICA.
14. Polvorín de Santa Magdalena :
DESAFECTACIÓN MILITAR Y ADQUISICIÓN PÚBLICA.
15. Antigua batería de costa de Cala Figuera :
ADQUISICIÓN PÚBLICA-PORN Y ESPACIO NATURAL PROTEGIDO CON
RAFEUBETX-SEDE SECUNDARIA MUSEO FORTÍ DE ILLETES.
16. Antigua batería de costa y Fortí de Illetes :
ADQUISICIÓN PÚBLICA-SEDE PRINCIPAL DE UN NUEVO MUSEO
17. Antigua batería de costa de Cap Regana :
ADQUISICIÓN PÚBLICA-PORN Y ESPACIO NATURAL PROTEGIDO-SEDE
SECUNDARIA MUSEO DEL FORTÍ DE ILLETES
18. Area de Sa Talaia d’Albercutx :
GESTIÓN PAISAJÍSTICA : DEMOLICIÓN
19. Bunkers de la Bahía de Pollença :
GESTIÓN PAISAJÍSTICA Y AMBIENTAL : DEMOLICIÓN
20. Bunkers y torres de la bahía de Alcudia :
GESTIÓN PAISAJÍSTICA
21. Bunkers de las playas de Ses Salines :
GESTIÓN PAISAJÍSTICA Y AMBIENTAL : DEMOLICIÓN
22. Bunkers de las playas de Es Trenc y Sa Rápita :
GESTIÓN PAISAJÍSTICA Y AMBIENTAL : DEMOLICIÓN
23. Bunkers de Alcanada :
GESTIÓN PAISAJÍSTICA Y AMBIENTAL : DEMOLICIÓN
ANEXO NUM.3 : Fichas de los espacios :
FICHA NUM.1 (Revisada junio 2009)
ARCHIPIELAGO DE CABRERA
PROPIEDAD
El archipiélago de Cabrera forma parte del dominio público del Estado y está afecto al Ministerio de Defensa desde 1916.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Cabrera es un pequeño archipiélago situado al sudeste de la isla de Mallorca. Está constituido por una isla principal, Cabrera, seis islas menores y una docena de pequeños islotes , sumando en conjunto 1.330 hectáreas de superficie terrestre.
Está situado a unos 10 km al Suroeste de Mallorca y se extiende a lo largo de un eje nor-noreste y sur-suroeste.Pertenece al municipio de Palma de Mallorca.
HISTORIA RECIENTE
En 1916, Cabrera fue declarado de Utilidad Pública y sujeto a expropiación forzosa por motivos de seguridad del Estado..Se establece una pequeña guarnición de unos treinta hombres que no afectaba excesivamente a la naturaleza de la isla y que incluso mantenía cierto control sobre las actividades humanas.La presencia militar permanente española en la isla de Cabrera fue motivada por el hecho de que, en distintas ocasiones, buques de guerrade los países beligerantes en la Primera Guerra Mundial se habian refugiadoen la isla, comprometiendo la neutralidad de España. En evitación de tales actos,el Ministerio de la Guerra adquirió la propiedad de Cabrera.
A partir de 1916 la guarnición de Baleares destinó un destacamento militar, relevado anualmente, a Cabrera y a mediados de los años 60 se estableció una Comandancia Militar dado que la isla era utilizada periódicamente como campo de instrucción y tiro. Entre 1972-73 y 1986 unidades de la guarnición balear realizaron anualmente maniobras y ejercicios tácticos con fuego real.
A principios de 1988, el Parlamento Balear tomó la decisión de iniciar el proceso de declaración de Cabrera como Parque Nacional Marítimo Terrestre, que culminó el 29 d abril de 1991 con su declaración.
Las maniobras militares fueron limitándose, suprimiéndose el fuego real, a partir de la declaración de la isla como Parque Nacional Marítimo-Terrestre. La presencia militar permanente finalizó en 1999 manteniéndose desde entonces un pequeño destacamento en turnos semanales.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Como valores culturales: Castillo del siglo XIV, declarado monumento histórico-artístico. Conjunto de yacimientos arqueológicos terrestres y subacuáticos.
Una única infraestructura de pertenencia militar (muelle del Sur o “del pagés”) entre varias Infraestructuras e instalaciones de servicios generales en el parque nacional (como el muelle principal ,redes eléctricas,de
saneamiento,agua potable,combustible y emisarios, campo fotovoltaico, gruas, desaladora, antenas,caminos ,central de residuos, helipuerto, grupos generadores, estación meteorológica...)
En la actualidad las únicas edificaciones existentes en el Parque Nacional, de pertenencia distinta a la militar son las viviendas del Faro d’Ensiola,y una vivienda adscrita a la D.G de Ports de Balears, situada en el puerto de Cabrera.
Faro d' Ensiola |
Plan sectorial vigente de regulación de acceso de visitantes en transportes colectivos al Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera.
A poco más de una hora de navegación desde Mallorca. El espacio puede visitarse, sin más trámites, embarcándose en las golondrinas que parten de los puertos de la Colonia de Sant Jordi y de Porto Petro. Con propia embarcación, es necesario disponer de una autorización de navegación y/o de pernocta. En caso de querer amarrar en el puerto de Cabrera, es necesario un permiso expedido por el Gobierno Militar.
Están establecidas restricciones de uso y acceso según la zonificación en razón del PRUG : Zonas de reserva, zonas de usos restringidos, zonas de uso moderado, zonas de uso especial.
Señalización de itinerarios : Red de senderos y pistas transitables y utilizables por los visitantes.Senderos autoguiados y senderos guiados.
GRADO DE PROTECCIÓN
-El espacio terrestre pertenece al Parque Nacional marítimo terrestre del Archipiélago de Cabrera , junto a una superficie marina de 8703 ha.
-Red Natura 2000 :ES 0000083. Lugar de Interés Comunitario (LIC).Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).
- Está integrado en la red Z.E.P.I.M (Zonas de Especial Protección de Importancia para el Mediterráneo) del Protocolo de áreas marinas protegidas del Convenio de Barcelona desde el año 2003.
-Bird Life IBA (Important Bird Areas) ES 324.
-AANP : Area Natural de especial interés de Alto Nivel de Protección.
-Zona de protección del proyecto Life Posidonia.
BREVE DESCRIPCION Y FICHA ECOLÓGICA
Está formado por una isla, Cabrera, seis islas menores y una docena de pequeños islotes. Posee un relieve accidentado y un contorno irregular que le proporciona una longitud de costa especialmente grande en relación con sus superficie. La altitud máxima es de 172 metros.El archipiélago se extiende axiadamente a lo largo de un eje nornoreste-sursuroeste, constituyendo una prolongación emergida de las sierras de levante de Mallorca.
El Archipiélago de Cabrera constituye una de las mejores muestras de ecosistemas insulares no alterados del Mediterráneo español. El paisaje constituye uno de los principales atractivos del Parque Nacional.En el Archipiélago de Cabrera, los acantilados se alternan con las calas y ensenadas de pendientes suaves.
Foto : Ministerio de Defensa |
La flora del Parque está compuesta por 516 especies de plantas vasculares, 22 especies de musgos, 21 especies de líquenes y 162 especies de algas marinas. Veinte especies son endemismos baleares y una subespecie (Rubia angustifolia subsp. cespitosa) es endémica de la isla.
La riqueza de endemismos en notable también en invetebrados, de los que se están describiendo nuevas especies y subespecies.También se encuentran diez subespecies de la Lagartija de la Baleares, a su vez presente en tres de los islotes de la costa de Migjorn, con una población importantísima para la especie.
También son numerosas las especies de aves marinas que utilizan el archipiélago como escala en su ruta migratoria o que nidifican en las islas del Parque, siendo algunas de estas especies exclusivas del archipiélago balear.Existe un notable relación entre el Cabo Salinas y el Archipiélago en ambos pasos migratorios. El mayor interés del archipiélago de Cabrera radica en las colonias de aves marinas. Entre las rapaces destacan Aguila Pescadora , Halcón de Eleonor y Halcón Peregrino.
Esta extensa superfice del Mediterráneo alberga también una completa representación de ambientes marinos, destacando, junto a las mencionadas praderas de Posidonia Oceanica, los extensos fondos arenosos y rocosos y las comunidades propias de la rompiente.Es una de las zonas escogidas de estudio para el proyecto Life Posidonia.
GESTIÓN AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN. MANEJO.
Instrumentos de Ordenación/Planificación:
-Ley 14/91, de 29 de abril. Declaración de Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera.
-Gestión Autonómica: Ley 5/2005 para la conservación de los espacios de relevancia ambiental .
-Real Decreto 1431/1992 por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera .
-Decreto 58/2006, por el que se aprueba el plan rector de uso y gestión(PRUG) del Parque Nacional Marítimo-terrestre del Archipiélago de Cabrera, para el período 2006-2012.
-Real Decreto 1043/2009, de 29 de junio, de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de conservación de la naturaleza.
Antes del traspaso a la CCAA de las Illes Balears , era responsable por el art.4 de la ley de creación de 1991 , el organismo Parques Nacionales dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Tras el traspaso realizado por el Real Decreto 1043/2009 "de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de conservación de la naturaleza (Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera)." se especifica en el articulo 2 que :
"En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears las funciones y servicios, así como los bienes, derechos y obligaciones, y medios personales que figuran en las relaciones adjuntas al propio acuerdo de la Comisión Mixta (-Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears- ), en los términos y condiciones que allí se especifican, así como los créditos presupuestarios determinados según el procedimiento establecido en el propio acuerdo."
Existencia de un Director Adjunto militar por parte de Defensa, con tareas de coordinación entre las dos administraciones. Esta figura es única dentro de la Red de Parques.
Los PRUGS requieren un previo informe preceptivo del Ministerio de Defensa, además del Patronato y la información pública.
Está pendiente la elaboración del Plan de Usos Militares establecido en la ley de creación y en el PRUG vigente. (1)
(1) En 2011 se aprueba por fin un muy cuestionado por la opinión ecologista Plan de Usos Militares que entre otras cosas permite maniobras militares marítimo-terrestres de hasta 300 soldados."Se da prioridad a la conservación y a la preservación de la biodiversidad ..., salvo que concurran circunstancias extremas de seguridad nacional.”.
IMPACTOS
No se realiza ninguna actividad militar.Escudo gigante de la Guardia Civil en una ladera de la ensenada del puerto .Campos de placas solares en pleno paisaje del puerto natural en vez de utilizar tejados de edificios existentes ó una ubicación más discreta.
Como se deducen del primer informe oficial de indicadores de estado y gestión de abril 2008 y el propio PRUG , el control del impacto de las visitas terrestres y naúticas , la eliminación y control de especies alóctonas introducidas , la adecuación paisajística de las edificaciones e infraestructuras , el seguimiento y control de la pesca artesanal permitida , la eliminación de residuos...tratan de reducir los impactos actuales.
residencia de la Guardia Civil |
Escudo de la Guardia Civil como impacto paisajístico importante |
Placas solares |
Según los datos aportados por el Ministerio, de las 39.265 visitas de 1996 se ha pasado a las 76.541 en 2007.El número de embarcaciones particulares que llegaron a la isla fue 52.741. Otras 21.470 embarcaciones hicieron lo propio, mientras que los visitantes pertenecientes a grupos escolares fueron 2.330.En total, casi 80.000 personas.
LINEAS DE PROPUESTA
Además de lo expuesto en el desarrollo del cuerpo principal de este estudio ,especialmente en los apartados C.1.2.2. , C.1.2.4. y C.3.2. respecto a la compatibilidad de hecho de los usos militares con los objetivos a largo plazo de la conservación y la prevalencia entre intereses generales , en el caso de Cabrera se añaden otras consideraciones relevantes :
Aunque la incompatibilidad de intereses generales y sociales era como mínimo controvertida en el período previo a la creación del Parque en 1991 , el interés general de la conservación pública y ambiental en Cabrera era reconocida unánimemente y se explicitó en la propia Ley de creación :
“...SE TRATA HOY EN DIA DE LA MAYOR EXTENSION INSULAR DEL MEDITERRANEO QUE PERMANECE SIN URBANIZAR; CONSTITUYE EL AREA NATURAL MEJOR CONSERVADA DE LAS BALEARES, YA QUE SU AFECCION A LA DEFENSA LA HA SUSTRAIDO INTEGRAMENTE AL USO TURISTICO Y ES, ASIMISMO, EL MAYOR DE LOS PEQUEÑOS ARCHIPIELAGOS ESPAÑOLES, TANTO POR SU EXTENSION GEOGRAFICA COMO POR EL NUMERO DE ISLAS E ISLOTES QUE LO FORMAN.
...LOS ESTUDIOS REALIZADOS SOBRE EL MEDIO FISICO, FAUNA, FLORA Y COMUNIDADES BIOTICAS DEL ARCHIPIELAGO DE CABRERA HAN PUESTO DE MANIFIESTO LAS CUALIDADES GEOGRAFICAS Y ECOLOGICAS DE LA ZONA Y, POR TANTO, LA NECESIDAD DE SU CONSERVACION. EL ARCHIPIELAGO ES, EN CONSECUENCIA, UN ECOSISTEMA DE NOTABLE INTERES, TANTO POR SU SITUACION DE ESCASA ALTERACION COMO POR SUS POSIBILIDADES DE ESTUDIO E INVESTIGACION.
“...POR ELLO, Y DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 45 DE LA CONSTITUCION, SE HA VISTO LA NECESIDAD DE APLICAR AL MENCIONADO ARCHIPIELAGO UN REGIMEN ESPECIAL DE PROTECCION ... COMO PARQUE NACIONAL MARITIMO-TERRESTRE, FIGURA QUE OFRECE LAS MAYORES GARANTIAS DE PROTECCION ... POR SER DE INTERES GENERAL DE LA NACION, SE DECLARA EL ARCHIPIELAGO DE CABRERA, JUNTO A LAS AGUAS Y FONDOS MARINOS QUE LO RODEAN, COMO PARQUE NACIONAL MARITIMO-TERRESTRE DE LA RED ESTATAL.... DE ACUERDO CON LO ANTERIOR SE ESTIMA NECESARIO DECLARAR EL ARCHIPIELAGO DE CABRERA COMO PARQUE NACIONAL MARITIMO-TERRESTRE, FIGURA QUE OFRECE LAS MAYORES GARANTIAS DE PROTECCION ...”
De una parte por las presiones y mayor peso del estamento militar ,que consideraron adecuada para sus intereses una situación mixta de mantenimiento de una posición que pudiera ser estratégica en el futuro y útil para intereses indeterminados entonces , básicamente logísticos, y de otra parte la amenaza jurídica que representaba una teórica o invocable desafectación tácita por no uso militar para recuperar la propiedad privada , determinaron la declaración del estatus actual .Como se dice en la sentencia del TS de 2004:
“..., a pesar de que en una proposición de Ley del Parlamento de las Islas Baleares se decía
expresamente que estudios científicos recientes habían demostrado la incompatibilidad del patrimonio natural de Cabrera y los usos militares de las islas, sin embargo el Congreso de los Diputados, por vía de enmienda, no admitió esta afirmación, lo que denota una voluntad plenamente consciente del legislador en torno al posible problema que surgiría si se procedía a declarar al archipiélago Parque Nacional y que, con autoridad soberana, resolvió jurídicamente en los términos de afirmar la compatibilidad, afirmación que el poder judicial no puede desconocer, al estar constitucionalmente sometido al principio de legalidad.”
“Es también directamente la Ley la que arbitra el medio idóneo adecuado para llevar a la práctica esta compatibilidad, mediante la redacción de un Plan Especial para regular las actuaciones de adiestramiento que se deriven de la afectación de Cabrera a la Defensa .En todo el articulado de la Ley se va estableciendo de manera simultánea la protección del medio ambiente y de los intereses militares. ...la desafectación tácita del Predio de Cabrera , sino que de manera específica ratifica el uso militar, compatibilizándolo con la imprescindible tutela ambiental.”
Por todo lo anterior ,la gestión es una excepción dentro de la Red de Parques Nacionales y objetivamente más compleja :
-La gestión está compartida con Defensa : Existe un Director adjunto de Defensa.
-Los PRUGS necesitan de un informe preceptivo de Defensa.
-La ley de creación establece que se debe elaborar un Plan de Usos Militares para compatibilizar la actividad del Ministerio de Defensa con los criterios y objetivos del
parque nacional y muy especialmente con lo recogido en el Plan Rector. Para
ello éste establece un plazo de doce meses desde su entrada en vigor (1 julio 2006)
El Plan de Usos Militares es de problemática confección como se deduce del enorme retraso en su elaboración tras 18 años de existencia del Parque.La ley de 1991 instaba a aprobarlo con el primer PRUG , cosa que no se cumplió.Con el segundo PRUG ahora en vigor,el Plan debió aprobarse el pasado 1 de Julio de 2007.Solamente usos civiles o de apoyo civil del personal militar encajarían en lo dispuesto en el PRUG que determina entre otras disposiciones incompatibles ,como que :
“...no se permitirá, salvo por motivos extraordinarios de gestión, la realización de las siguientes actividades :
-La instalación de antenas, pantallas, artefactos sobresalientes u otros que afecten a la armonía del paisaje.
-Aterrizar con aeronaves o helicópteros, así como sobrevolar el territorio del Parque a menos de 1.000 m. sobre la vertical de su cota máxima, salvo por ineludibles razones científicas, de seguridad, gestión o salvamento.
-La acampada en todo el territorio del parque nacional, así como el vivac y la pernocta al aire libre no autorizadas.
-La utilización de megáfonos, silbatos y..., así como el proferimiento de gritos o silbidos y la utilización de bocinas, pitas y cláxones para fines distintos del de la seguridad.
-Portar armas de cualquier tipo salvo las autorizadas por motivos de gestión o que sus porteadores sean personas autorizadas en razón de sus cometidos profesionales."
En el espacio terrestre del P.N.de Cabrera , el interés general que se desprende y significa pertenecer a la Red de excelencia de Parques Nacionales , es muy evidente que es superior a lo que pudiera aportar en el futuro al interés general de la defensa nacional.
Como se dice en la Ley 5/2007 de la Red Parques Nacionales :
“La Red de Parques Nacionales se define como un sistema dirigido a integrar la muestra más representativa del conjunto de sistemas naturales españoles, dando lugar a un todo que debe ser la síntesis del mejor patrimonio natural español, para su legado en el mejor estado de conservación posible a las generaciones venideras..., por lo que su conservación merece atención prioritaria y debe ser declarada de interés general del Estado.
Ello nos lleva a que el régimen jurídico de protección establecido en las leyes declarativas tenga que tener un carácter prevalente frente a cualquier otra normativa sectorial y que en ellas se deban destacar las actividades prohibidas por no ser compatibles con los objetivos de la Red de Parques Nacionales,... los valores que han justificado su declaración permanezcan en el tiempo. y que, en caso extremo, se asegure que el reconocimiento internacional que tienen en la actualidad la Red de Parques Nacionales no sea puesto en peligro por situaciones específicas que puedan afectar a alguno de los Parques en particular.”
En cuanto a la posibilidad de recuperación de la propiedad privada por reversión , es inexistente en la actualidad.Se dictó la sentencia del Tribunal Supremo desestimatoria del 24 de mayo de 2004 y tal como se dice , la propia declaración de Parque Nacional lo declaró de Interes General , de modo que aún en el supuesto de que el nuevo uso fuera también público, pero no afecto a la defensa nacional, tendría que declararse así y acudirse nuevamente a la expropiación forzosa, aparte de las posibilidades de adquisición preferente.
Pero además , desde 1999 , si el uso militar ha sido continuado por diez años , no ha lugar a la reversión.(El recurso para reclamar la reversión se inició en 1992 cuando la ley 38/1999 no estaba todavía aprobada.)
No es imaginable decisión futura alguna que imponiendo la prevalencia militar perjudicara a la conservación del espacio. Si se acepta que debe escogerse entre intereses generales , ya que son excluyentes en la proyección temporal y espacial ,la vocación del territorio determina claramente cuál de los aspectos tiene que prevalecer.
En razón de lo anterior , de la ausencia práctica total de uso militar ,de la racionalización de la gestión , de terminar con una excepción atípica dentro de la Red , para la permanencia de los valores medioambientales que han justificado su declaración , y sobretodo por el interés general prevalente que promovió su declaración con la máxima protección ,se propone efectuar el cambio de titularidad , previa desafectación de interés para la defensa nacional , adquiriéndose por el Ministerio de Medio Ambiente para su adscripción al Dominio Público Marítimo Terrestre nacional. (En definitiva se trataría de colocar una partida presupuestaria destinada a Defensa en el apartado de adquisición de fincas costeras del presupuesto del Ministerio de Medio Ambiente).
En todo caso , de continuar el estatus vigente , debe elaborarse y aprobarse el Plan de Usos Militares para cumplir con la Ley 1991 ,incumplido en el primer PRUG y pasado el plazo marcado por el segundo PRUG actualmente en vigor.
FICHA NUM.2
PUIG MAJOR
El Ministerio de Defensa (Ejército del Aire) es propietario de las parcelas de la base de Son Torrella , de la estación radar , de la que ocupa el embalse de abastecimiento de agua a la base y de la carretera de acceso a la cima del Puig Major desde la citada base.Según la ficha del Inventario de Recursos Naturales en Propiedades del Ministerio de Defensa ocupa una superficie total de 45,89 ha., 43 de las cuales integradas en Espacio Protegido .
SITUACIÓN
El área natural de acceso restringido comprende una superficie aproximada de 250 hectáreas con la base y el macizo del Puig Major y su cumbre de 1.436 metros de altura, en la zona central de la Serra de Tramuntana , entre Sóller y Lluc.También un pequeño valle E-O y un embalse de abastecimiento vallado de 20.700 m2 de extensión.
Término municipal de Escorca. A 17 km de Sóller por la carretera a Lluc C-170. A 1 km del embalse de Cúber.
HISTORIA RECIENTE
Como consecuencia de la guerra fría , el primer Convenio de Amistad, Defensa y Cooperación entre España y los Estados Unidos, firmado en 1953 , pacta la instalación de un radar en la cima del Puig Major para control aéreo del Mediterraneo Occidental, comenzando las obras de la nueva carretera, acuartelamiento, embalse y estación radar en 1955.En diciembre de 1959 finalizan y se restringe el acceso permanentemente desde entonces.En 2000 se modernizan las instalaciones y se instala un nuevo tipo de rádar que ha permitido recientemente demoler algunas edificaciones e instalaciones obsoletas cerca de la cumbre. En la actualidad la base del Puig Major tiene una dependencia orgánico-operativa del Mando Aéreo de Combate. Acuartelamiento Aéreo Puig Mayor/Estación Vigilancia Aérea EVA 7.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS
-Base cuartel de Son Torrella en el km 35,5 de la carretera C-710 .
-Estación rádar y de comunicaciones, transformadores, redes eléctricas aéreas de alto voltaje , torres y antenas de comunicaciones, helipuerto y parking en la cima del Puig Major.
-Embalse de aprovisionalmiento en la salida Sur del túnel de Monnàber km 37 cta.C-710
-Carretera militar asfaltada de acceso a la cima.(6,5 km aprox.)
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Carretera militar y área de acceso restringido.Con discrecionalidad vienen otorgándose autorizaciones de acceso ,previa solicitud , a la cima del Puig Major.(Exceptuando el ingeso a sus instalaciones).El embalse de aprovisionamiento está cerrado y vallado en todo su perímetro.
GRADO DE PROTECCIÓN
-Espacio Natural Protegido : Declarado Paraje Natural en 2007
-Red Natura 2000 : ES5310027 “Cimals de la Serra”. Lugar de Interés Comunitario (LIC).Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).
-AANP : Area Natural de especial interés de Alto Nivel de Protección
Nota de actualización : El 28 de junio de 2011 la Serra de Tramuntana es declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco en la categoría de Paisaje Cultural. http://www.elmundo.es/elmundo/2011/06/27/baleares/1309189019.html
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Extensa área montañosa del centro de la Serra de Tramuntana que engloba el macizo del Puig Major de gran interés geológico y paisajístico incluyendo la cima más elevada de la isla de Mallorca (Puig Major de Son Torrella 1445 metros) y está formada principalmente por calizas que forman acantilados muy importantes.El espacio natural comprende ecosistemas desde los 800 hasta los 1436 metros , con grandes desplomes verticales.
Tipica vegetación culminar baleárica endémica que aparce a partir de los 900/1000 metros en la Serra de Tramuntana.Formas redondeadas y espinosas para protección frente al viento y la pérdida de humedad.Pequeñas zonas forestal-arbustivas en la cota más baja.Se encuentran un total de 34 taxones de flora vascular protegida y/o amenazada , que otorgan a este macizo un especial valor botánico.El esatdo de conservación de estas especies es desigual,pero todas ellas comparten la particularidad de estar presentes en el Puig Major (para muchas de ellas es laúnica localización conocida en el mundo o en las Baleares) y estra sufriendo una serie de amenazas que en muchos casos les son comunes.
Plantas endémicas adaptadas a enraizar en grietas, con poca tierra, poca agua, fuertes vientos y gran insolación ,frío , cambios extremos de temperatura e incluso precipitaciones de nieve.El carrizo ocupa extensas áreas favorecido por el pastoreo de cabras asilvestradas y los incendios.
El buitre negro y el águila pescadora emplean la zona como área de alimentación.
GESTIÓN AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN.
Institución responsable de la gestión : El Ejército del Aire en lo que respecta al embalse y las afectaciones de habitat y paisajísticas de las instalaciones de la cumbre y la carretera. Entendemos que la Consellería de Medi Ambient del Govern balear en las zonas de no pertenencia a Defensa, aunque su acceso sea restringido, mediante el cumplimiento del PORN de vigencia indefinida: Decreto 19/2007 de 16 de marzo, por el que aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de la Serra de Tramuntana.
De acuerdo con el PORN y como cumplimiento de la obligación de “...promover las acciones adecuadas para recuperar y restablecer la vegetación autóctona y propia de las zonas degradadas que precisen regeneraciones por alteraciones en su cubierta vegetal.” ,en 2008 se aprobó el Plan de Conservación de la flora amenazada del Puig Major.
También la Consellería está elaborando un inventario de los puntos de interés geológicos más importantes de las islas con la finalidad de crear una red de patrimonio geológico e hidrogeológico para su posterior protección.Según el inventario provisional pendiente de su tramitación y aprobación , entre los puntos a proteger ses encuentra el complejo estructural del macizo del Puig Major-Puig Roig.
IMPACTOS
Al construir la estación de la cumbre y la carrtera de acceso las consideraciones medioambientales fueron nulas y el impacto sobre la montaña fué brutal.La altura del Puig Major se rebajó en nueve metros pasando desde 1.445 hasta los 1.436 actuales.A medida que se producían los desmontes se volcaban los derrubios por las vertientes dando lugar a la creación de terreros artificiales.Las comunidades vegetales se vieron muy afectadas.
Los principales factores de amenaza sobre las especies son la presión ejercida por los hervíboros , cabras y ovejas, en su ramoneo y pastoreo y la nitrificación de sus excrementos que favorecen la aparición de especies oportunistas ; la degradación del habitat por la acumulación de residuos y rocas de las voladuras ; y los desprendimientos de rocas sobre la vegetación.
Los impactos sobre el paisaje son muy importantes e irreversibles, no sólo in situ , sino incluso desde grandes distancias.
LINEAS DE PROPUESTA
Las instalaciones militares están en pleno uso y sin discusión son de importante interés para la defensa nacional.La hipotética alternativa de ubicación de una estación de radar equivalente supondría la afectación de una cima vírgen , lo que , coste aparte , no puede ni debe considerarse...
La cima del Puig Major es de importante interés social turístico-recreativo y emblemáticamente simbólico.Es la culminación y el valor más alto en todos los sentidos ,de toda un área extensa protegida y que se ha propuesto como Reserva de la Biosfera.Su acceso , aunque restringido y bajo autorización previa no ha cesado de solicitarse y cuando se ha concedido , el uso recerativo incluso con grupos simultáneos numerosos y eventos deportivos no ha supuesto un mayor problema al sistema militar.
En cuanto al pequeño embalse de abastecimiento de agua , sin vigilancia actualmente , impacta de buen grado su contundente cercado perimetral , cuya función actual habría que revisar.
Los acabados finales de las últimas y recientes obras de demolición en la cumbre, actuaciones muy positivas , no finalizaron la retirada de voluminosos escombros y deshechos , así como la extracción de asfaltado en bases de edificios y movimientos finales de acabdos de tierras.
1-Acuerdo-convenio de colaboración Govern balear-Ministerio de Defensa para ejecutar un Plan para poder aplicar sin restricciones ,lo previsto en el PORN en las zonas de exclusión y uso limitado : (y también con la propiedad privada de Son Torrella) como :
-restauración del habitat en sectores prioritarios. “...Las acciones de conservación de recursos del suelo , restauración y rehabilitación de las canteras, vertederos y suelos degradados en el ámbito territorial de este Plan serán prioritarios en el Plan Rector de Uso y Gestión.”
-evitar la afectación a la flora amenazada en caso de nuevas obras , requiriendo evaluación de impacto ambiental las obras acerca de líneas de transporte de energía eléctrica, infraestructuras y conducciones de telecomunicaciones ,zonas de aparcamiento de vehículos,nuevos aeródromos y helipuertos.... (afectaciones en general a la Red Natura 2000).
-otras medidas de protección de la flora.
2-Plan de restauración del Paisaje (Convenio con Medio Ambiente ) con acciones detalladas para minimizar en lo posible los impactos históricos:
-En la cumbre : Retirada de escombros, desasfaltado y restauración de suelos que ocupaban instalaciones demolidas .Retirar instalaciones ,antenas y edificios en desuso y/o obsoletos.Reducir e integrar el vallado al máximo.Adaptación en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor.Soterrar tendidos lineas áereas eléctricas , electrónicas y las redes de aguas : Estudiar la posiblidad de una galería o canal de servicios en la carretera para no afectar el terreno natural. “...los planes territoriales insulares deberán contener un programa de transformación en subterráneos de los tendidos aéreos existentes en las áreas de asentamiento en paisaje de interés... La retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano”
-en la base acuartelamiento: Integración al máximo en el paisaje : cercado y edificios(especialmente la visión de los tejados desde la cima). Cambiar el arbolado y jardinería interior por especies del entorno.
-en el embalse : demolición de la garita de vigilancia y del vallado perimetral.
-en la carretera : integración en el paisaje (muros de piedra tradicionales en vez de los cables y pilones actuales)
3-Eliminación de la restricción al acceso peatonal y del control militar de la carretera , por ser del interés general y social la montaña más emblemática de las Baleares , manteniendo las restricciones en las áreas de las instalaciones.Regulación de acceso y usos fuera de la carretera según la zonificación del PORN.
4-Eliminación del vallado y el acceso al embalse.Su uso lo regula el PORN.
5-Adopción interna de los procesos para obtener la certificación ISO 14001 del acuartelamiento y la estación.(Redes energéticas y de aguas especialmente)
FICHA NUM.3
ES PANTALEU
Propiedad del Estado afecto al Ministerio de Defensa.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Islote a 180 metros de la costa frente al nucleo urbano de Sant Elm
Término Municipal de Andratx
Superficie 25.000 m2 ; Perímetro 600 metros;Cota máxima 28 metros
HISTORIA RECIENTE
El Govern Balear declara Sa Dragonera, el islote de Es Pantaleu y de Sa Mitjana Parque Natural mediante el decreto 7/1995 de 26 de enero.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
No existen instalaciones.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Señalización y vallado: No
Restricciones al acceso : Quedan sometidos a la autorización previa del director conservador del parque el acceso a las áreas de reserva , como es el caso.
Navegación marítima : El desembarco no está permitido en ningun punto.
GRADO DE PROTECCIÓN
Dentro del Parque Natural , el islote se zonifica como área de reserva.
Red Natura 2000 : LIC Y ZEPA ES0000221
AANP : Area Natural de especial interés de Alto Nivel de Protección
Lo circunda un anillo de territorio marino protegido perteneciente a la red Natura 2000 de 100 metros en la mitad de su perímetro ,frente a la costa de Mallorca
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Es el único islote del Parque Natural con un recubrimiento vegetal permanente y con un notable interés faunístico y florístico.
Se han citado 69 taxones de plantas vasculares, repartidos en 62 géneros y 34
familias. Como especies destacables cabe citar Chamaerops humilis, Rubia
balearica, Launaea cervicornis, Medicago citrina (introducida procedente de
Cabrera), Limonium caprariense y Rubia angustifolia.
Está establecida una importante colonia de cría de pardela cenicienta Calonectris diomedea diomedea (194 parejas en 2001: Meritxell Guenovart-IMEDEA)
Estado ambiental sin alteraciones físicas antrópicas.
GESTIÓN AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN. MANEJO
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa y por delegación tácita el Consell Insular de Mallorca.
Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), aprobado por acuerdo del
Consell del Govern Balear del 26 de enero de 1995 (BOCAIB núm16, 07/02/1995).
Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), aprobado por Orden de la consellería de 8 de junio de 2001 (BOCAIB núm. 73, de 19/06/2001).
Nivel de zonificación :Las áreas de reserva son aquellas áreas destinadas a la conservación de los valores naturales sin medidas activas de gestión , donde los trabajos se han de limitar a la gestión de la fauna y la flora silvestres.No son de acceso y uso público
IMPACTOS
Existe una creciente presión turística en los alrededores, concretamente en la costa urbanizada próxima de Sant Elm y Puerto de Andratx, con un creciente desarrollo turístico y con un incremento constante de embarcaciones deportivas. Igualmente, la zona marítima de este lugar se encuentra sometida a un tránsito creciente de embarcaciones deportivas ,amarres y fondeos dentro del perímetro de protección y a una presión cada vez mayor debida a los deportes nauticos realizados en dicha zona también.
LINEAS DE PROPUESTA
Serían del DPMT todos los islotes, salvo que esten expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional.
Comoquiera que en su dia fue ocupado el DPMT sobre terrenos sin propiedad privada , dificilmente se encuentran , si es que existen , documentos que soporten la titularidad expresa y con ellos la declaración de interés para la defensa nacional.
El resultado de todo ello es una completa indefinición formal de la responsabilidad actual final.Es claro , pues, que si no pertenece a Defensa , pertenece a la Demarcación de Costas .También lo es que no existe posible derecho de reversión.
Por todo ello se propone :
-Cambio de titularidad pública de Defensa a titularidad pública del Dominio Público Marítimo Terrestre.
-Formalizar y hacer expresa la desafectación tácita mediante el acuerdo y/o documentación pertinente (Informe de no ocupación afecta a la defensa ó bien la desafectación legal oficial.
FICHA NUM.4
RAFEUBETX - BANC D’EIVISSA
PROPIEDAD
Propiedad del Estado afecto al Ministerio de Defensa.Los islotes de els Pams ,el Toretó y el Toro, son de Dominio Público.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Este espacio se encuentra en el extremo occidental de la bahía de Palma de Mallorca ,en el municipio de Calvià, entre la urbanización El Toro y el Morro d’en Feliu .Dentro de una pequeña península que conforma el área natural de Cap de cala Figuera. Su posición respecto al espacio del anexo 15 ,hoy privado ,de Cala Figuera es N.O. y se halla a una distancia de 25 km de Palma.
El complejo militar englobaría las baterías instaladas en la franja costera que abarca desde el Morro d’en Feliu hasta la Isla del Toro, donde se sitúa el llamado Banco de Ibiza, comprendiendo una superficie cercana a los 67 ha .El complejo militar de la batería de costa de Banco de Ibiza , con otros 376.000 m2 , se construyó con posterioridad al de Rafalbetx, y es el más cercano al área urbana de El Toro , en terrenos localizados entre El Toro y la Isla del Toro y contiguos al complejo militar de Rafalbetx.
HISTORIA RECIENTE
Esta batería de costa para la defensa de la bahía de Palma , empieza a construirse en 1914 , en un plan conjunto con las de Cala Figuera y Cap Regana.En el período más reciente destacar que desde 1973 hasta 1989 se realizan prácticas de tiro con los cañones.Se conservó en perfecto estado de uso hasta su desmantelamiento en 1996 (todas sus piezas fueron sopleteadas).El terreno se utiliza esporádicamente para ejercicios tácticos.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS
No está catalogado como histórico artístico ningun edificio ni instalación militar.
Edificios en ruinas (con la rotulación ”Edificio fuera de servicio sin mantenimiento”) y restos de instalaciones abandonadas ( trincheras, garitas, casamatas, cercas de alambre de espino, postes eléctricos, bases de los elementos de artillería, túneles, carretera interna, depósito de agua...)
Señalización de zona militar deficiente y en mal estado.Perímetro vallado con alambrada de espino deteriorado y sin mantenimiento.Restricciones teóricas al acceso.Sin vigilancia y puertas abiertas por el sector de El Toro.
Un acceso es por una carretera militar desde el extremo Sur de la urbanización El Toro.Otro acceso parte desde la carretera de Magaluf a Portal Vells.
GRADO DE PROTECCIÓN
Todo este lugar es Area Natural de Especial Interés (ANEI) por la Ley 1/1991 del Parlament Balear y una ancha franja costera es AANP:Area natural de especial interés de Alto Nivel de Protección .Forma parte de un área contínua de 861 HA (que incluye el antiguo espacio militar , hoy privado ,de la batería de costa de Cala Figuera),ampliada en 2008 y protegida en su conjunto como ANEI.
Pertenece a la Red Natura 2000: ES0000074 Cap de Cala Figuera (LIC, ZEPA)
La zona Sur de la reserva marina de la isla del Toro,(creada en 2004, comprendida entre Es Clot des Moro, la isla del Toro y Cala Refeubetx) linda con el espacio terrestre militar.
También es parte del espacio Bird Life IBA ES323 (Important Bird Areas) Acantilados costeros entre las islas Malgrats y Cala Figuera.
BREVE DESCRIPCION Y FICHA ECOLÓGICA
El lugar es una superficie elevada, ondulada y rocosa, que finaliza en una costa fuertemente acantilada (hasta 150 metros e altura) y recortada, destacando el espectacular extremo prominente del Banc d’Eivissa , una continuación de la península que se adentra en el mar y que se prolonga con los islotes de el Toro , el Toretó y els Pams.
Toda la zona es de constitución caliza. Las areniscas consolidadas son muy visibles en la costa acantilada, siendo muy intensos los fenómenos erosivos debidos a la acción del viento, del mar y de las aguas de lluvia. Abundan las oquedades y grietas, formándose, en la base del cantil, cuevas espectaculares. En este lugar son visibles antiguas canteras de "marés" (areniscas consolidadas) de donde se recortaban sillares de esta piedra que eran transportados en embarcaciones para construcciones en la ciudad de Palma.
En el interior,la vegetación destaca por la presencia de una importante masa de pinar en alternancia con matorrales mediterráneosde espesa garriga.Cerca del mar crecen plantas halófilas.En los islotes, abundan especies que son raras en la costa.
Es refugio de importantes aves marinas.Los islotes de El Toro y els Pams son de gran riqueza faunística. En las inaccesibles cuevas habitan gaviotas, y otras aves marinas muy notables tienen colonias de cría en el área : cormorán moñudo, pardela balear , pardela cenicienta , gaviota argéntea , gaviota de Adouiin. También frecuenta el lugar el halcón peregrino.En los islotes abunda una subespecie endémica de lagartija balear. La tortuga mora, de gran valor faunístico, se mantiene en la zona interior , así como diversas especies de pequeñas aves que habitan en la garriga.
La reserva marina de El Toro se extiende a lo largo de toda la costa frente al Banc d’Eivissa.En 2008 se ha confirmado la presencia puntual de la foca monje.
El interés paisajístico del lugar es muy elevado, ya que se trata de un enclave inalterado en una costa intensamente urbanizada, como es todo el litoral de Calviá.
GESTIÓN AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN. MANEJO
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
No existen planes de gestión ni certificaciónes ambientales.
IMPACTOS
La vulnerabilidad del lugar es alta y se ve muy incrementada al tratarse de un enclave natural entre zonas densamente urbanizadas, ya sea de caracter turístico como residencial. El abandono de la zona militar ha permitido que se incremente notablemente la accesibilidad del lugar por el interior y, especialmente por la costa. Por todo ello la presión sobre el lugar es notable y tiene efectos perjudiciales sobre la flora y la fauna. El litoral también se ve muy frecuentado por embarcaciones, a lo que ha contribuido la creación y ampliacion de los puertos deportivos de la bahía de Palma, los de Santa Ponça y el más moderno de Port Adriano, muy próximo al lugar.
Por otra parte el riesgo de incendios es elevado debido a la creciente frecuentación del lugar, especialmente en época estival, lo cual se ve agravado por la seca climatología en dicho período..(y los numerosos árboles caidos por los recientes temporales)..La fauna endémica de los islotes se ve amenazada por los depredadores introducidos por el hombre, especialmente la Rata negra (Rattus rattus), que depreda sobre las aves marinas nidificantes e induce cambios importantes en la cubierta vegetal y en la composición de la fauna de invertebrados.”(Ficha oficial ES0000074).
La afectación paisajística es importante debido a la gran cantidad de restos e instalaciones en absoluto abandono , escombros y edificios en ruinas.Hay restos de importantes instalaciones (bunkers,nidos) en el mismo borde del acantilado así como un extenso sistema de trincheras.Los numerosos tramos internos de alambradas abandonadas suponen un peligro para la fauna , así como los restos de cableado aéreo.
LINEAS DE PROPUESTA
Dado de una parte la muy importante singularidad paisajística ,de habitats y de especies , y de otra parte el prolongado, escaso o nulo uso militar (solamente muy esporádicas actividades), hacen de la vocación de este territorio en cuanto al interés general , claramente el convertirse en un Espacio Natural Protegido , como núcleo de un espacio mayor declarado así que abarque el Cap y la cala de Cala Figuera y zona de interior (el espacio que abarca el ES0000074 de la Red Natura 2000)
1-De continuar militar o hasta que fuera desafectado , debieran efectuarse acciones y cierta gestión medioambiental ,que incluirían además la restauración paisajística (relleno de trincheras , aterramiento de túneles , demoliciónes , retirada de alambradas y postes...) y de suelos ,depuración física de los restos de edificios e instalaciones y un cercado integrado y señalización efectivos.Si se realizaran maniobras o actividades militares de algún tipo , establecer parámetros y medidas de protección ambiental y evitar las zonas más sensibles .
3-Ceder la gestión del DPMT al Ministerio de Medio Ambiente.
4-Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) Y declaración de Espacio Protegido.
5-Tratar con Defensa la desafectación del espacio de Rafeubetx-Banc d’Eivissa y posterior adquisición por el Ministerio de Medio Ambiente para incorporarlo al DPMT.
6-Adquisición de la antigua finca de la batería de Cala Figuera para sumarla a la propiedad pública del espacio protegido.
FICHA NUM.5
ISLOTES Y PLAYA DE ILLETES
PROPIEDAD
Los terrenos que ocupa son propiedad del Estado, afectos al Ministerio de Defensa y adscritos a la Comandancia General de la Zona Militar de Baleares.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Constituyen , junto con un área de instalaciones en la playa ,la Sección Náutica del Centro Deportivo Socio Cultural Militar (CDSCM)ES FORTÍ . Está enclavada en el término municipal de Calviá, situada a ambos lados de la península que se forma entre la Cala de Illetas y la que comparte con la Urbanización Anchorage.
Los islotes son :
-Illa de Sa Caleta : 5625 m2 . 400 m.perímetro.-Cota maxima 3 metros
-Illa des Mig : 3100 m2 .-200 m. perímetro .-Cota maxima 2 metros
-Illa de Sa Torre : 4,12 ha. perímetro 1200.-Cota maxima 12 metros
-Península (antes isla) Illa de s’Estanador o Illa des Pas : aprox.1,7 ha
HISTORIA RECIENTE
En 1904 se expropiaron los terrenos necesarios para establecer la batería de costa de Illetes ,comprendiendo el Fortí de Illetes e instalaciones construidas desde 1898 y también los islotes y una franja de playa.En 1953 se creó en Illetes la primera Escuela de Buceadores Autónomos de la Armada (Unidad de Zapaderos Amfibios de Infantería de Marina) estando activa diez años hasta su traslado a Cartagena.
En 1964 se inaugura el edificio principal del club deportivo militar al tiempo que se amplía y moderniza la residencia de oficiales.En los años sucesivos se amplian los servicios de balneario con construcciones auxiliares y en 1973 se construye el aparcamiento .En 2003 pasa a depender de la Dirección de Asistencia al Personal y denominándose CDSCM Es Fortí , sección de Buceo y naútica.
L'illa de sa Torre debe su nombre a una atalaya de defensa construida en el siglo XVI que se encuentra catalogada.Sin duda es necesaria su restauración.
Torreón de Illetas : Almacén de equipos náuticos.(En zona DPMT) “El torreón de illetas es un edificio que pertenece a la Comandancia General de Baleares y se utiliza como almacén de equipos y efectos náuticos.El uso se restringe al personal militar autorizado y al CDSCM “es Fortí” para guardar material de su propiedad. Estas autorizaciones son anuales. Ese recinto vallado es el lugar que el CDSCM “es Fortí” ofrece a los usuarios para que guarden sus equipos. Se pueden obtener llaves para uso personal. Se ha iluminado toda la zona para darle mayor seguridad”. (web del CDSCM ES Fortí)
Instalaciones de barrera , explanación , barandillas y estructura de parasol contigua del parking en la zona de DPMT de la península unida a tierra.
Señalización y vallado: Si
Restricciones al acceso al DPMT: No
GRADO DE PROTECCIÓN
La ley 1/1991 declaró ANEI (Areas Naturales de especial Interés) ”... todos las islas,islotes y farallones”. Los de Illetes son además AANP (de Alto Nivel de Protección)
Es suelo urbano/urbanizable el espacio que ocupan las instalaciones del club deportivo.
No está protegido como ANEI el espacio ,antes una isla ,que se unió a tierra para establecer el parking , siendo únicamente Dominio Público Marítimo Terrestre junto con la playa.
GESTIÓN AMBIENTAL.MANEJO
Institución responsable de la gestión : Ejército de Tierra. Desde el 1 de octubre de 2003 el CDSCM Es Forti depende de la DIAPER (Dirección de Asistencia al Personal del Ejército de Tierra) organica y funcionalmente .
Plan de Gestión : No . Certificación ISO 14001 : No.
IMPACTOS
La zona ha sufrido una gran transformación.En la isla mayor , illa de sa Torre, se practicó un canal que la dividió en dos partes.La illa de s'Estenedor o Illa des Pas, fue transformada en un aparcamiento militar para dar servicio a las instalaciones militares de ocio contiguas y conectada a tierra dejando de ser una isla. La única isla que no ha sido transformada es l'illa de sa Caleta.
En la isla de Sa Torre hay un antiguo vertedero incontrolado de residuos con la indicación “Peligro zona contaminada”(Julio 2008).
Sin duda los impactos paisajísticos son de gravedad : Todo un islote ha sido modificado en su geología, perfil y vegetación para ubicar un parking con estructuras parasol; toda la zona rocosa litoral ha sido encementada para solarium ;se permite transitar con vehículos por el istmo de la playa para acceder al parking ;barreras del parking en la playa ;y construcción moderna para ubicar utiles naúticos en la zona DPMT y su vallado.
LINEAS DE PROPUESTA
“No obstante por gentileza del Comandante General la COMGE de las Baleares cede temporalmente y con condiciones las instalaciones de Illetas para que en la temporada estival (en la que el uso militar esta restringido), el centro las gestione en beneficio de los usuarios del CDSCM que les corresponda.” (Personal militar autorizado y socios : Sólo personal militar puede ser socio del club CDSCM).(web del CDSCM Es Fortí).
Es claro el destino final y uso recreativo civil del área así como también que el uso militar es nulo en verano.Muy esporádicamente y solo en invierno pudieran realizarse actividades militares de tipo logístico y bajo perfil , que sin duda podrían realizarse en otro lugar.
Es también incontrovertido el hecho consolidado de que el acceso al uso público de la playa está tácitamente otorgado por la autoridad militar , e incluso está rotulado e indicado su acceso alternativo rodeando la zona militar depotiva.En verano y en invierno.
Las zonas de DPMT se ocupan y utilizan en función de los intereses para la defensa nacional.Igualmente mientras se afectan al uso o interés militar , el acceso y uso público está restringido , tal como establece la excepción en la propia ley de Costas.
Como decíamos en el apartado C.2.2.1 , “los espacios naturales e instalaciones con usos civiles continuados, definitivos y no estratégicos de las instalaciones militares deberían equipararse voluntariamente de facto a los requerimientos legales ambientales ,paisajísticos y de ordenación del territorio que tendrían en caso de no poseer la propiedad militar.No tiene sentido democrático-social excepciones transgresivas de los principios legales ambientales por razón de un mandato social y constitucional de defensa cuando no se observa el beneficio social de esta finalidad."
Estaríamos hablando de instalaciones y espacios complementarios de uso recreativo o residencial de los Ejércitos , por supuesto también necesarios , pero en estos casos el Estado debería evitar agravios comparativos estando además obligado a ser ejemplarizante.Especialmente en la protección y restauración de la ocupación del patrimonio público común del Dominio Público Marítimo Terrestre ,asi como permitir de facto su uso público.”
Por todo ello se propone :
1- Establecer definitivamente las servidumbres de acceso y uso público del DPMT , sin restricciones temporales , con desafectación expresa del uso para la defensa de los islotes y el todo el DPMT deslindado de la propiedad militar.
2-Proceder a descontaminar el vertedero.
3-Desmantelar el parking (utilizando el público del ayuntamiento a poca distancia).Restaurar en lo posible su superficie y replantar vegetación idónea según asesoramiento ambiental.
4-Reubicar a ser posible el almacén de material naútico dentro de la zona de instalaciones general y/o suprimir el vallado.
5-Mejoras en la integración de las instalaciones en el entorno (vallado, barreras, rótulos...) y eliminación de elementos militares sin uso (garitas,alambradas...)
6-Rehabilitar y conservar el elemento de patrimonio cultural de Sa Torre
separando la marca geodésica del monumento.
7-Establecer el certificado ISO 14001 para las instalaciones.
FICHA NUM.6
BASE GENERAL ASENSIO (*)
(*) Desde marzo 2010 pasa a denominarse ACUARTELAMIENTO JAIME II
PROPIEDAD del Estado afecto al Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Se encuentra sita en la carretera vieja de Palma a Calvià , cercana al barrio de Génova, término municipal de Palma de Mallorca.
Ocupa una superficie de 268 hectáreas , de las cuales son rústico-forestales 232 ha. ,y se extienden a uno y otro lado de la citada carretera.
HISTORIA RECIENTE
Fué el campamento de instrucción de reclutas CIR 14. Radica el Cuartel del Regimiento de Infantería Ligera Palma número 47.
Se encuentran dentro de esta zona determinadas unidades importantes del Ejército de Tierra como la Unidad de Servicios de Base USBA GENERAL ASENSIO (Apoyo al personal y a las unidades de la Base), UING 14 : Unidad de Ingenieros , elementos de artillería antiaérea a baja cota , y hasta el pasado 31 de diciembre de 2008 , el Regimiento Mixto de Artillería RAMIX 91 (hoy extingido), Grupo de misiles Mistral y Plana Mayor de Mando.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.
Diversos edificios e instalaciones militares.
Es accesible tanto por la Vía de Cintura como por la red de vías de la ciudad.
Señalización y vallado: Sí . Restricciones al acceso :Sí
GRADO DE PROTECCIÓN
232 ha. son ANEI : Area Natural de Especial Interés y por tanto legalmente están protegidas con las excepciones del interés de la defensa nacional. (Incluso hay zonas AANP ,de Alto Nivel de Protección)
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
La mitad SO de la zona natural es forestal (pinos), (con zonas en que está con diferentes grados de aclarado o degradado de bosque a escaso matorral ) y el resto es superficie rústica cultivada abandonada de olivos, algarrobos y almendros y densamente transitado por una red caminos ,pasos de vehículos y acciones de la unidad de zapadores.
GESTIÓN AMBIENTAL. MANEJO
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
Plan de Gestión y Manejo del espacio natural: No
Certificación ISO 14001 obtenida tras las auditorías realizadas por la empresa Tragsatec, en marzo de 2006, la de la Dirección General de infraestructura del Ministerio de Defensa, en el mes de septiembre, y la de la empresa SGS en octubre y diciembre del mismo año. “De esta manera, la Comandancia General se convierte en la primera unidad del Ejército de Tierra que consigue la certificación en ocho actividades diferentes para los ....emplazamientos” (Comunicado de prensa de la Comandancia de Baleares)
En julio de 2006 se estableció un “Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S. A. relativo al estudio y la caracterización de suelos contaminados de titularidad pública estatal” para la base General Asensio.
IMPACTOS
Degradación por apertura de caminos y tránsito de vehículos.Movimientos de tierras.Terraplenes.Contaminación de suelos por prácticas de tiro.Peligro de incendios forestales.
Parece obvio que este espacio es de principal importancia para la radicación de Unidades , Instalaciones y Servicios del Ejército de Tierra , así como para realizar ejercicios y maniobras.Su ubicación retirada (del espacio de maniobras ) no impacta al paisaje en demasía.
FICHA NUM.7
POLVORÍN DE PUNTIRÓ
PROPIEDAD del Estado afecto al Ministerio de Defensa.Ejército del Aire.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Se extiende entre los términos municipales de Palma de Mallorca (20 hectáreas) y Santa Eugenia (5 hectáreas)
HISTORIA RECIENTE
Creado en 1945 el ACAR de Puntiró. Por la ORDEN 47/1981, de 2 de abril, se señalan la zona de seguridad , su superficie y sus límites ,del "Destacamento de Puntiró."
Las parcelas proceden segregadas de la posesión de Xorrigo.
En 1998 se reorganiza y se desactiva la escuadrilla logística pasando a depender del Jefe de la Base Area de Son San Juan.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.
Edificios y naves principales , además de una quincena de naves de almacenaje de 30 metros dispuestas a lo largo del contrafuerte rocoso del cauce del torrente en el barranco de Xorrigo. Carretera interna.Edificios de control de acceso a la carretera interna .
Carretera Palma-Sineu MA-3011 , en Puntiró.
Señalización y vallado: Si
Restricciones al acceso :Si
GRADO DE PROTECCIÓN
Toda su superficie es ANEI ,dentro del Area Natural de Especial Interés de Barrancs de Son Gual i Xorrigo.
Red Natura 2000 : ES5310102 Barranc de Son Gual i Xorrigo(LIC)
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
El espacio se situa dentro de una zona morfológicamente compuesta por un sistema de barrancos y torrentes originados por la excavación de roca calcárea que drenando las elevaciones vecinas , como el macizo de Randa, antiguamente alimentaban la zona húmeda del Pla de Sant Jordi , hoy desecada , y su importante acuífero subterráneo.Ocupa el “meandro” completo final del torrente antes de su salida al Pla.
Paisaje de formaciones calizas espectaculares de abarrancamientos , que ha conservado en buenas condiciones su ecosistema natural. En la llanura arcillosa del Plá, en el interior de la isla de Mallorca se enclava un conjunto de colinas y barrancos calizos de gran belleza y ecosistema impresionante , entre los que destaca el Barranc de Xorrigo.
Una alta presencia de fósiles prueban que hace años aquí se enclavaba una albufera.Es una zona de extraordinario valor singular geológico y paleontológico al albergar un registro cuaternario espectacular y hasta tres cambios climáticos con sus transiciones.
Constituye además un importante punto de cría de rapaces.
En cuanto a la frondosa vegetación, aunque están presentes las encinas , está dominada por la garriga de acebuche y romero,con un estrato arbóreo formado por el pino silvestre. Numerosas especies de orquídeas , incluyendo la rara Orchis itálica y fauna asociada a las garrigas mediterráneas de interior como liebre,conejo,marta,erizo moruno o comadreja.Destaca la presencia de la culebra de cogulla.
GESTIÓN AMBIENTAL
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército del Aire
Plan de Gestión : No
Certicaciones ambientales : No
IMPACTOS
Está desprovista de cobertura vegetal una extensa área (30.000 m2) al Este ocupando e interceptando todo el cauce del fondo del barranco, asi como otra pequeña zona central.
Como polvorín en uso , es alta la probabilidad de encontrar suelos contaminados .
Paisajísticos : De las naves en un entorno natural.De los cercados. Edificios de control de acceso a la carretera interna en mal estado de mantenimiento.De la visión desde el espacio aéreo , pues está bajo el pasillo de aproximación de los vuelos civiles de/hacia el aeropuerto de Plama de Mallorca.
LINEAS DE PROPUESTA
Se realizan esporádicamente actividades deportivas de tiro olímpico. Sería importante que la incidencia ambiental sobre el espacio natural singular del Barranc de Xorrigo fuera la mínima posible :
-Incluir el espacio en un convenio con el Ministerio de Medio Ambiente del
Plan de descontaminación de suelos de titularidad pública estatal (Real
Decreto 9/2005)
-Obtener la certificación ISO 14001 (como en el polvorín de Porreres)
-Minimizar los impactos paisajísticos y ambientales : Cercados, naves ,
antenas... y replantar la zona desprovista de vegetación del fondo del
barranco.
-Adaptación voluntaria en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor (“...retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano; En las áreas de asentamiento en paisaje de interés sólo se autorizarán tendidos de cable subterráneos ...”)
FICHA NUM.8 (revisada Junio 2009)
Propiedad del Estado afecto
al Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En la divisoria entre la bahía de Palma y la costa de
Llevant de Mallorca ,sobre una meseta a unos 350 m de Cap Blanc y a unos 200
del acantilado.A 1,6 km. del terreno del anexo num.9 (la Dirección de Tiro de
la propia batería) y 1,8 km. de los terrenos militares de Cala Carril (anexo
num.10) en el término municipal de Llucmajor.Su extensión es de 36 ha.
HISTORIA RECIENTE
El 14 de agosto de 1936 , el propietario de los terrenos los cede y se fija el asentamiento para esta
nueva batería de costa que empieza a construirse en 1946 y no llega a ser
operativa con las piezas y la dirección de tiro hasta por lo menos 1955. En
1975 se modernizan los sistemas de alarmas. La última noticia sobre la batería
primaria de Cabo Blanco es que sus piezas efectuaron el último tiro el 24 de
mayo de 1994 , en el marco de una Jornada Artillera de homenaje a todos los
artilleros de baleares.
Desde 1996 el
emplazamiento estuvo abandonado , incluidos dos cañones que continuan todavía
en su emplazamiento , hasta la reciente instalación del radar meteorológico
operativo desde diciembre 2008 ,su edificio y antena.
INSTALACIONES Y
EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
No está
catalogada ninguna instalación ni edificación.
Una enorme base excavada (de 40 x 20 m.) en el terreno para cañón .Una base explanada de cemento
sin la pieza artillera.Dos bases con los cañones respectivos.Más de 760 metros de túneles y galerías
entre los emplazamientos de las piezas en perfecto estado.Cercados
perimetrales.
Línea de alta
tensión aérea desde Cala Carril (ver ficha 10).
Edificio de 25x25 y 16 metros de altura del radar
meteorológico.Se trata de un Radar Meteorológico Nacional perteneciente a la
red principal española y dependiente de la AMET: Agencia Estatal de
Meteorología (Centro Meteorológico de Baleares.Ministerio de Medio Ambiente,
Medio Rural y Marino) que cubre todas las Illes Balears (240 km2) para sistemas
de protección civil y emergencias , entre otras aplicaciones.
Un gran edificio (40 x 30 m) de marés en forma de U ,con
patio y pozo ,de 600 m2 ,techado rehabilitado de teja ,que albergaba la tropa
en maniobras.
Edificio rectangular (10 x 40 m) de la tropa de la
batería de los años cincuenta.Relativo buen estado.
Diversas viviendas menores de época en relativas buenas condiciones.
Se encuentran completas y en perfecto estado de
mantenimiento dos piezas artilleras : Cañón y todos sus mecanismos de mando y
carga.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Desde la
carretera MA-6014 de S’Arenal a Cap Blanc por una carretera de acceso
restringido que arranca frente a la entrada de la antigua batería de costa (hoy
finca privada) de Punta Llovera.
Señalización : No
Vallado: Sí
Restricciones al acceso :Sí
GRADO DE PROTECCIÓN
-Sa Marina de Lluchmajor.
ANEI : Area Natural de Especial Interés.
La mitad sur es además
AANP (de Alto Nivel de Protección).
-Pertenece a la
Red Natura 2000 : ES0000081 Cap Enderrocat-Cap Blanc (LIC y ZEPA)
BREVE
DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Se
trata de una de las zonas más templadas y secas de Mallorca y con una mayor
insolación, tan solo superadas por el cono sur de Mallorca, aún más cálido y
seco.
La costa
sur de Mallorca es una gran meseta calcárea, llana y rocosa, que limita con el
mar mediante acantilados rectilíneos y abruptos.Los suelos de esta plataforma
son, por regla general, arcillas rojas a menudo limitadas por duras costras
calizas sedimentarias.
El paisaje
vegetal lo constituyen matorrales mediterráneos xerófilos y algunos pinares de
pino de Halepo variedad endémica Ceciliae. Aquí se encuentra el climax
del acebuchar, que aún mantiene algunas formaciones de porte casi arbóreo. Algunos factores (incendios, pastoreo...) han
degradado la vegetación original dando lugar a una garriga más o menos rala.
Habitan rapaces nocturnas y palomo salvaje.Los mamíferos como el lirón
careto, el erizo, la gineta, la comadreja o el conejo pueblan la garriga. En las pequeñas balsas de
agua temporales (características de la Marina ) se desarrollan crustáceos
arcaicos y un endemismo importante: la subespecie balear del sapo verde (Bufo
viridis balearica), y es abundante la presencia de la
tortuga mediterránea Testudo hermanni.
GESTIÓN
AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN. MANEJO
Responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
Plan de
gestión : No
IMPACTOS
Paisajísticos
: por algunas ruinas de edificaciones , túneles y otros , así como por los
terraplenes, explanadas y bases de las piezas artilleras .
Degradación
de la vegetación por paso de vehículos.Gran explanada desprovista de vegetación
de 4.400 m2 (88 x 50 m)
Peligro de
incendio por acumulación de combustible vegetal en el sotobosque y falta de
gestión forestal mínima. Escombros y ruinas de las edificaciones.
Muy alta
radiación (gran campo magnético) producida por el radar meteorológico.
LINEAS
DE PROPUESTA
Si bien el uso activo militar en este espacio no tiene
lugar desde hace bastantes años , la ubicación y operatividad del radar
meteorológico lo clasifica dentro de lo definido en el apartado C.2.2.1 del
estudio , y así el interés general inclina este espacio hacia una nueva
vocación civil encomendada a las Fuerzas Armadas:
“Una tercera
casuística lo constituyen espacios e instalaciones destinados a apoyar a las
administraciones civiles del Estado preservando la seguridad y bienestar de los
ciudadanos asi como también contribuir a funciones de prevención de catástrofes naturales o ecológicas.En la medida
en que dichas funciones se contemplan entre las nuevas misiones estratégicas
encomendadas a las Fuerzas Armadas, está justificada en estos espacios la
continuidad de la propiedad militar con su propia y mejor gestión ambiental y
paisajística posible.”
La necesidad del rádar es
incuestionable : Baleares no contaba con un sistema de cobertura para
protección civil y emergencias y faltaba en la Red española para la total
cobertura nacional.La ubicación del rádar está justificada por haberse
estudiado entre diversas alternativas el impacto paisajístico , las
interferencias con el aeropuerto, la necesaria elevación del terreno, una
carretera existente , líneas eléctricas cercanas y otras consideraciones ,
además de la necesaria seguridad y control que le otorga una propiedad cerrada
militar.
Por otra parte , es el Ministerio de Medio Ambiente el
que de hecho ocupa y utiliza el espacio, razón de más en que se instale una
racional gestión mínima ambiental y sea ejecutada por el citado Ministerio.
Por
todo ello se propone :
Convenio entre el Ministerio de Defensa y el de Medio Ambiente para cederle a éste la gestión del espacio natural y que contemple :
-Acciones mínimas de tratamientos forestales de limpieza y poda para
evitar incendios.
-Acciones de integración paisajística :Maximizar la integración en el
entorno de instalaciones auxiliares ,del cercado, demolición de
edificaciones en ruinas ,de las bases de las piezas artilleras...etc.
-Revegetación y reforestación de la gran explanada de 4.400 m2. y de
la multitud de caminos y pasos de vehículos.
- Soterramiento y protección para las aves del cableado aéreo de alta
tensión y otros.
-Adaptación voluntaria en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor (“...retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano; En las áreas de asentamiento en paisaje de interés sólo se autorizarán tendidos de cable subterráneos ...”)
-Descontaminación , en su caso , de los suelos.
Integrar la visita de las galerías y las dos piezas artilleras en el futuro Museo de las baterías de costa ó estudiar la posibilidad de trasladarlas y montarlas en la sede principal del Museo en Es Fortí de Illetes.
DIRECCION DE TIRO DE CAP BLANC
PROPIEDAD del Estado adscrita al Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En el borde del acantilado , a 1,5 km frente al actual espacio militar de Cabo Blanco (anexo num.8) y a unos 200 metros al oeste de la propiedad también militar de Cala Carril (anexo num.10) y el Faro de Cap Blanc. Su extensión es de 25.120 m 2 , en el término municipal de Llucmajor.
HISTORIA RECIENTE
El proyecto y construcción de una Dirección de Tiro para la batería de Cabo Blanco se inicia en 1953.En 1969 se modifica el proyecto.En 1971 se terminan todas las obras y en 1972 se instala el sistema radar y su grupo electrógeno En 1973 se realizan las obras de adecuación y de extensión de cableado(de alta y baja tensión)entre todas las instalaciones con postes aéreos al transformador en la batería militar de Cala Carril y zanjas galería con las instalaciones de la batería de Cabo Blanco (el puesto de mando de la Dirección de tiro.
La última noticia sobre la batería primaria de Cabo Blanco es que sus piezas efectuaron el último tiro de la Artª de Costa balear el 24 de mayo de 1994, en el marco de una Jornada Artillera de homenaje a todos los artilleros de baleares. Desde 1996 el emplazamiento está abandonado.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Dos edificaciones-bunker de cemento armado y piedra unidas por un túnel y una caseta.Postes eléctricos.Dos grandes bases de cemento de las piezas artilleras.
No está catalogada ninguna instalación ni edificación.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Desde la carretera MA-6014 de S’Arenal a Cap Blanc se accede a pie por un camino libre de 290 metros.
Señalización y vallado: No
Restricciones al acceso :Ninguna
GRADO DE PROTECCIÓN
-Sa Marina de Llucmajor. ANEI : Area Natural de Especial Interés. Este terreno además es AANP (de Alto Nivel de Protección)
-Pertenece a la Red Natura 2000 : ES0000081 Cap Enderrocat-Cap Blanc (LIC y ZEPA)
-Area Importante para las Aves (IBA nº 322 Acantilados costeros entre Cap Enderrocat y Cala Pí ) declarado por la Sociedad Española de Ornitología, aplicando los criterios establecidos por BirdLife Internacional.
-Aguas litorales como zona de estudio y protección del programa Life Posidonia.
- La Consellería de Medi Ambient del Govern Balear está elaborando un inventario de los puntos de interés geológicos más importantes de las islas con la finalidad de crear una red de patrimonio geológico e hidrogeológico para su posterior protección.Según el inventario provisional pendiente de su tramitación y aprobación , entre los puntos a proteger ses encuentran los acantilados de Cap Blanc.
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Se trata de una de las zonas más templadas y secas de Mallorca y con una mayor insolación, tan solo superadas por el cono sur de Mallorca, aún más cálido y seco.
La costa sur de Mallorca es una gran meseta calcárea, llana y rocosa, que limita con el mar mediante acantilados rectilíneos y abruptos de gran interés ornitológico y que son de los más espectaculares de la isla.Los suelos de esta plataforma son, por regla general, arcillas rojas a menudo limitadas por duras costras calizas sedimentarias. Otra característica es la presencia de un antiguo arrecife coralífero fósil , carbonatado , cuyo material resultante , el marés blanco , ha sido explotado en estas costas hasta tiempos recinetes.
El paisaje vegetal lo constituyen matorrales mediterráneos xerófilos y algunos pinares de pino de Halepo variedad endémica Ceciliae. Aquí se encuentra el climax del acebuchar, que aún mantiene algunas formaciones de porte casi arbóreo. Algunos factores (incendios,pastoreo...) ha degradado la vegetación original dando lugar a una garriga más o menos rala. Los acantilados se cubren de malvas marítimas ,alcaparras y del endémico Filago petroianii. También abunda la Marsilea stigosa, un bonito helecho acuático.Abunda la llamada cebolla marina ,el azafrán silvestre , el hinojo marino y la saladina.
La avifauna marina puebla los acantilados: cormoranes, alcaravanes, mirlos, abubillas, águilas calzadas y gaviotas . Habitan varias parejas de halcón peregrino así como rapaces nocturnas y palomo salvaje.Los mamíferos como el lirón careto, el erizo, la gineta, la comadreja o el conejo pueblan la garriga. En las pequeñas balsas de agua temporales (características de la Marina ) se desarrollan crustáceos arcaicos y un endemismo importante: la subespecie balear del sapo verde (Bufo viridis balearica), y es abundante la presencia de la tortuga mediterránea Testudo hermanni.
GESTIÓN AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN. MANEJO
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
Plan de gestión : No
IMPACTOS EN EL ÁREA
Paisajísticos evidentes por las ruinas de los nidos, túneles y casetas así como por los terraplenes, bases de las piezas artilleras ,alambradas de espino abatidas y abandonadas y postes eléctricos/telegráficos sin uso.
Degradación de la vegetación por frecuentación del lugar, pisoteo y escombros.
El amplio espacio ocupado por el antiguo cruce y curva de la carretera , asfaltado y sin uso.
LINEAS DE PROPUESTA
La mayor parte de la zona terrestre de la Marina de Llucmajor está acotada con la figura de "coto privado de caza". Muchos de estos cotos están vallados y los que no se encuentran vallados están en proceso de vallarse o se vallarán pronto, con lo que se reduce la posibilidad del uso público de la Marina de Llucmajor.De otra parte no hay ninguna finca pública ni espacio protegido en toda esta amplia zona natural ,de morfología y características ambiental-paisajísticas muy diferenciadas y únicas del resto de los espacios de Mallorca.
El abandono de los amplios recintos militares que han conservado la calidad de los espacios, no ha facilitado el acceso a superficies extensas bien preservadas ni se han ordenado sus usos ,y desafortunadamente hasta el presente ninguna ha derivado en propiedad pública o de uso público , aprovechando las desafectaciones de Defensa.
Por otra parte el atractivo paisajístico de los acantilados y la atracción turística de la posición geográfica de Cap Blanc , situados junto a la carretera y dominando la bahía de Palma por un lado y la costa de Mitgorn por el otro hasta divisar Cap Salines y el archipiélago de Cabrera, hace que el área sea muy visitada, especialmente durante la temporada alta.Muy cercano , a 5 km , se encuentra el valioso yacimiento megalítico de Capocorb Vell, antiguo poblamiento de la Edad de Bronce. La torre de defensa medieval de Cap Blanc (dentro del area militar de Cala Carril) y el propio Faro añaden un alto interés público al espacio.
En cuanto al uso e interés militar actual , es nulo : Su accesoriedad y utilidad respecto de una batería de costa completa y definitivamente desmantelada ; su total abandono , acceso tácito permitido, ninguna señalización de propiedad militar y ningun vallado lo avalan.Su reducida superficie no permite ejercicios tácticos ni maniobras de ninguna clase.El impacto y permanencia de los restos de las antiguas instalaciones no deberían continuar.
El Faro es propiedad de la Autoridad Portuaria de Baleares (Ministerio de Fomento) , y ya se pensó en darle un uso recreativo en 1997 (“ El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares en reunión celebrada el día 19 de junio de 1997 adoptó el acuerdo de anunciar el siguiente Concurso Público. 1º.- Objeto: Concurso Público para la explotación de un establecimiento para servicios turísticos en el Faro des Cap Blanc (Mallorca). ...”)
Considerando todo lo anterior (inexistencia de espacios naturales protegidos y/o fincas públicas que contengan habitats de la Marina de Llucmajor ; toda la zona es Red Natura 2000 y ANEI ;alto interés turístico , recreativo y cultural del área de Cap Blanc ; completa y definitiva inutilidad para la defensa nacional ) se propone la creación de un espacio de uso y propiedad públicos regulado que comprenda como mínimo el espacio de este anexo (2,5 ha) sumado a la finca privada que le rodea completamente (25 ha.), a un espacio liberado militar de Cala Carril (de 21,5 ha. próximas al Faro y conteniendo la torre de Cap Blanc) , y el espacio del Faro (0,6 ha). (Podría ampliarse hasta comprender Capocorb Vell y por la costa hacia el Cap Roig con otras parcelas hoy privadas , como la antigua batería de Punta LLovera ó de Cap Roig).Si en el futuro se desafectara la base de Cala Carril , habría que aprovechar para sumarla también.
Otras cuestiones adicionales :El espacio contemplado no posee suelos cultivables.Existe ya un amplio espacio del cruce antiguo ,en un tramo abandonado por la rectificación de la curva de la carretera , que podría habilitarse para parking y servicios sin perjudicar espacio natural existente.
Resumen de la propuesta:
1-Desafectación militar del espacio y/o ceder la gestión del DPMT al Ministerio de Medio Ambiente para que pueda efectuar la restauración paisajística total. (retirada y demolición de nidos, túneles, bunkers, alambradas, casetas , postes...y regeneración de vegetación)
2-Adquisición del espacio militar por el Ministerio de Medio Ambiente (y/o organismos autonómicos) para su incorporación al DPMT.
3-Liberación de espacio para el acceso y uso público en el terreno del Faro.(Ministerio de Fomento).Modificar el vallado para permitir la continuidad con los otros espacios que se proponen unificar, e integrar aquél en el entorno. Revisión y/o replanteo de la ubicación del antiguo transformador en Cala Carril y el soterramiento del cableado aéreo de alta tensión.(en caso de dar servicio al Faro )
4-Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del área amplia de Cap Blanc (y en su caso declaración de Espacio Protegido)
5-Adquisición sucesiva de las fincas de Cala Carril (parcial) y la propiedad privada colindante por el Ministerio de Medio Ambiente (y/o organismos autonómicos) para su incorporación al DPMT.
6-Programa de instalaciones y servicios de uso recreativo (Miradores, Faro, Torre medieval,parking...etc.) y restauración de la Torre medieval de Cap Blanc.
FICHA NUM.10 (Revisada Junio 2009)
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En el Cap Blanc , lindando con él al este ,en un espacio
costero a 1,8 km del actual espacio militar de Cabo Blanco (anexo num.8) y a
unos 200 metros al este de la propiedad también militar de la antigua Dirección
de Tiro de Cap Blanc (anexo num.9) y el Faro de Cap Blanc. Su extensión es de
unas 40 ha , en el término municipal de
Llucmajor.
HISTORIA RECIENTE
Los primeros terrenos se cedieron gratuitamente al
Ejército en 1940.En 1943 terminan las obras de la batería de costa de Cala
Carril. En 1958 se adquirieron nuevos terrenos.En la década de los años 70 se
moderniza y reartilla mediante importantes obras.Acabada la readaptación, en
1978 se proyecta la instalación de luces y focos de iluminación para facilitar
la vigilancia de la explanada de piezas y de los accesos a los túneles .En 1985
se construye un nuevo cuerpo de guardia que sustituye al antiguo.Se desmontaron
las piezas en 1996.
INSTALACIONES Y
EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
En la zona Este
: Area central de Edificios de 50 x 100 m. (Pabellón de Oficiales, Cuartelillo
de tropa , capilla,...), portones de entrada, muros y cercas, postes eléctricos.Transformador eléctrico y línea
aérea de alta para el Faro y el rádar de Cabo Blanco (ver anexo 8).
Túneles y caseta y área del telémetro en el acantilado.
Túneles y caseta y área del telémetro en el acantilado.
En junio de 2009
los edificios del ala Oeste fueron derruidos y se están levantando muros de
separación en lo que serán los nuevos límites de la zona militar , ante la probable reversión de la zona Oeste de Cala Carril.
Casa rural de
piedra a dos aguas : Privada
No estan
catalogados ninguna edificación ni instalacion.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Desde
la carretera MA-6014 de S’Arenal a Cala Pí , desvío a Cap Blanc .
Señalización
y vallado: Sí Restricciones al acceso :Sí
GRADO DE PROTECCIÓN
-Sa Marina
de Llucmajor. ANEI : Area
Natural de Especial Interés. Mucha de su superficie es además AANP (de Alto
Nivel de Protección).
-Pertenece a la
Red Natura 2000 : ES0000081 Cap Enderrocat-Cap Blanc (LIC y ZEPA)
-Area Importante
para las Aves (IBA nº 322 Acantilados costeros entre Cap Enderrocat y Cala
Pí ) declarado por la Sociedad Española de Ornitología, aplicando los
criterios establecidos por BirdLife Internacional.
-La Consellería de Medi Ambient del Govern Balear está elaborando un inventario de los puntos de interés
geológicos más importantes de las islas con la finalidad de crear una red de
patrimonio geológico e hidrogeológico para su posterior protección.Según el
inventario provisional pendiente de su tramitación y aprobación , entre los
puntos a proteger ses encuentran los acantilados de Cap Blanc.
-Sus aguas
litorales pertenecen a la Reserva Marina del Mitgorn de Mallorca y son zona de
estudio y protección del programa Life Posidonia.
BREVE
DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Se
trata de una de las zonas más templadas y secas de Mallorca y con una mayor
insolación, tan solo superadas por el cono sur de Mallorca, aún más cálido y
seco.
La costa
sur de Mallorca es una gran meseta calcárea, llana y rocosa, que limita con el mar
mediante acantilados rectilíneos y abruptos de gran interés ornitológico y que
son de los más espectaculares de la isla.Los suelos de esta plataforma son, por
regla general, arcillas rojas a menudo limitadas por duras costras calizas
sedimentarias. Otra característica es la presencia de un antiguo arrecife
coralífero fósil , carbonatado , cuyo material resultante , el marés blanco ,
ha sido explotado en estas costas hasta tiempos recinetes.
El paisaje
vegetal lo constituyen matorrales mediterráneos xerófilos y algunos pinares de
pino de Halepo variedad endémica Ceciliae. Aquí se encuentra el climax
del acebuchar, que aún mantiene algunas formaciones de porte casi arbóreo. Algunos factores (incendios,pastoreo...) ha
degradado la vegetación original dando lugar a una garriga más o menos rala. Los
acantilados se cubren de malvas marítimas ,alcaparras y del endémico Filago
petroianii. También abunda la Marsilea stigosa, un bonito helecho
acuático.Abunda la llamada cebolla marina ,el azafrán silvestre , el hinojo
marino y la saladina.
La avifauna marina puebla
los acantilados: cormoranes, alcaravanes, mirlos, abubillas, águilas calzadas y
gaviotas . Habitan varias parejas de halcón peregrino así como rapaces
nocturnas y palomo salvaje.Los mamíferos como el lirón careto, el erizo, la
gineta, la comadreja o el conejo pueblan
la garriga. En las pequeñas balsas de agua temporales (características de la
Marina ) se desarrollan crustáceos arcaicos y un endemismo importante: la
subespecie balear del sapo verde (Bufo
viridis balearica), y es abundante la presencia de la
tortuga mediterránea Testudo hermanni.
GESTIÓN
AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN. MANEJO
Institución
responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
Plan de
gestión : No
IMPACTOS EN EL AREA
Paisajísticos
: Cercados de espino , los muros de entrada , los postes eléctricos, ruinas,
escombros.Degradación de la vegetación por paso de vehículos.
Cableado
aéreo de alta tensión y transformador en plena zona forestal cerrada.
Peligro de
incendio por acumulación de combustible vegetal en el sotobosque y falta de
gestión forestal mínima.
LINEAS
DE PROPUESTA
El uso militar en el
espacio se reduce a esporádicas maniobras o ejercicios , sin presencia militar
ni vigilancia fija.La antigua batería de costa está desmantelada y sus
edificios inhabitados.Sin embargo es de destacar su situación costera en cuanto
a ejercicios que requieran ese medio y no puedan realizarse en otro lugar.
Catastralmente está
separada una zona oeste , lindante con el Faro , de 21 ha.
La parte Este (Cala Carril
A en el mapa y de unas 19 ha.) contiene todos los edificios e instalaciones de
la antigua batería de costa , así como las bases de las piezas artilleras y el
transformador eléctrico para el Faro y el Radar Meteorológico de Cap Blanc (ver
anexo num.8).
Respecto a la
parte Oeste de 21 ha (en el mapa Cala Carril B) , contiene la Torre medieval de
defensa de Cap Blanc , y una casa rural de piedra a dos aguas de 10 x 10 con
acceso y entrada independiente desde el cruce de la carretera.Ésta última y una
parte del terreno colindante con el faro , es propiedad privada no militar.Para
esta parte Oeste repetimos la misma propuesta y argumentación efectuadas en el
anexo num.9 :
La mayor
parte de la zona terrestre de la Marina de Llucmajor está acotada con la figura
de "coto
privado de caza".Muchos de estos cotos están vallados y los que no se
encuentran vallados están en proceso de vallarse o se vallarán pronto, con lo
que se reduce la posibilidad del uso público de la Marina de Llucmajor.De otra
parte no hay ninguna finca pública ni espacio protegido en toda esta amplia
zona natural ,de morfología y características ambiental-paisajísticas muy
diferenciadas y únicas del resto de los espacios de Mallorca.
El
abandono de los amplios recintos militares que han conservado la calidad de los
espacios, no ha facilitado el acceso a superficies extensas bien preservadas ni
se han ordenado sus usos ,y desafortunadamente hasta el presente ninguna ha
derivado en propiedad pública o de uso público , aprovechando las
desafectaciones de Defensa.
Por otra parte el atractivo paisajístico de
los acantilados y la atracción turística de la posición geográfica de Cap Blanc
, situados junto a la carretera y dominando la bahía de Palma por un lado y la
costa de Mitgorn por el otro hasta divisar Cap Salines y el archipiélago
de Cabrera, hace que el área sea muy visitada, especialmente durante la
temporada alta.Muy cercano , a 5 km , se encuentra el valioso yacimiento megalítico de Capocorb
Vell, antiguo poblamiento de la Edad de Bronce. La torre de defensa
medieval de Cap Blanc (dentro del area militar de Cala Carril) y el propio Faro añaden un alto interés
público al espacio.
El Faro es propiedad de la
Autoridad Portuaria de Baleares (Ministerio de Fomento) , y ya se pensó en
darle un uso recreativo en 1997 (“ El
Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares en reunión
celebrada el día 19 de junio de 1997 adoptó el acuerdo de anunciar el siguiente
Concurso Público. 1º.- Objeto: Concurso Público para la explotación de un
establecimiento para servicios turísticos en el Faro des Cap Blanc (Mallorca).
...”)
Considerando todo lo
anterior (inexistencia de espacios naturales protegidos y/o fincas públicas que
contengan habitats de la Marina de Llucmajor ; toda la zona es Red Natura 2000
y ANEI ;alto interés turístico , recreativo y cultural del área de Cap Blanc ;
completa y definitiva inutilidad para la defensa nacional ) se propone la creación
de un espacio de uso y propiedad públicos regulado que comprenda como mínimo el espacio de este anexo (2,5 ha) sumado a la finca privada que le
rodea completamente (25 ha.), a un espacio liberado militar de Cala Carril (de
21 ha. próximas al Faro y conteniendo la torre de Cap Blanc) , y el espacio del
Faro (0,6 ha). (Podría ampliarse hasta comprender Capocorb Vell y por la costa
hacia el Cap Roig con otras parcelas hoy privadas , como la antigua batería de
Punta LLovera ó de Cap Roig).Si en el futuro se desafectara el resto de la base
de Cala Carril , habría que aprovechar para sumarla también.
Otras cuestiones
adicionales :El espacio contemplado no posee suelos cultivables.Existe ya un
amplio espacio del cruce antiguo ,en un tramo abandonado por la rectificación
de la curva de la carretera , que podría habilitarse para parking y servicios
sin perjudicar espacio natural existente.
Resumen de la propuesta:
PARA EL ESPACIO OESTE : DESAFECTACIÓN
1-Desafectación militar del espacio Oeste
2-Adquisición del espacio Oeste militar por el Ministerio de Medio Ambiente (y/o organismos autonómicos) para su incorporación al DPMT.
3-Liberación de espacio para el acceso y uso público en el terreno del Faro.(Ministerio de Fomento).Modificar el vallado para permitir la continuidad con los otros espacios que se proponen unificar, e integrar aquél en el entorno.
4-Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del área amplia de Cap Blanc (y en su caso declaración de Espacio Protegido)
5-Adquisición sucesiva de las fincas de la Dirección de Tiro de Cap Blanc y la propiedad privada colindante ,así como la casa y finca colindante al Faro por su parte Este ,por el Ministerio de Medio Ambiente (y/o organismos autonómicos) para su incorporación al DPMT.
6-Programa de instalaciones y servicios de uso recreativo
(Miradores, Faro, Torre medieval,parking...etc.) y restauración de la Torre
medieval de Cap Blanc.
PARA EL ESPACIO ESTE : PERMANENCIA MILITAR
1-Acciones mínimas de tratamientos forestales de limpieza y poda para evitar incendios.
2-Acciones de integración paisajística :Maximizar la integración en el entorno de instalaciones auxiliares ,del cercado , de las bases de las piezas artilleras...etc.
3-Revisión y/o replanteo de la ubicación del antiguo transformador y el soterramiento del cableado aéreo de alta tensión.(en caso de dar servicio al Faro )
4-Adaptación voluntaria en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor (“...retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano; En las áreas de asentamiento en paisaje de interés sólo se autorizarán tendidos de cable subterráneos ...”)
5-En caso de continuar con las actividades plantear la obtención de la certificación ISO 14001.
6-Incluir el espacio en un convenio con el Ministerio de Medio Ambiente del
Plan de descontaminación de suelos de titularidad pública estatal (Real
Decreto 9/2005)
FICHA NUM.11
POLVORÍN DE PORRERES
PROPIEDAD del Estado afecto al Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Unas 40 hectáreas en la falda del Puig de'n Femella (294 metros), a unos tres kilómetros del casco urbano de Porreres, en dirección Llucmajor, en la Serralada de Monti-sion.
HISTORIA RECIENTE
La obra del polvorín se inició en los primeros años de la década de los 40 terminándose en los inicios de los 50 con participación importante de obreros locales.Instalación logística donde reside el Destacamento militar de Municionamiento 114 de la Agrupación de Apoyo Logístico número 11
INSTALACIONES Y EDIFICIOS
Edificios y Naves.Antena de telecomunicaciones.El túnel excavado en el interior del monte tiene una longitud de 1,2 kilómetros y cuenta con naves adyacentes en los laterales que suponen una extensión de 300 o 400 metros más de terreno.
Se accede por un camino secundario asfaltado ,desde la carretera PM-502 de Porreres a Llucmajor.
Señalización y vallado: Sí .
Restricciones al acceso :Sí
GRADO DE PROTECCIÓN
Toda su superficie es ANEI : Area Natural de Especial Interés.
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Zona arbolada de bosque de pinos con matorral de garriga en la falda de una colina de baja altura (290 metros).Las instalaciones se hallan en una gran extensión de terreno boscoso, garriga principalmente, que forma parte de una zona ANEI.
GESTIÓN AMBIENTAL Y ORDENACIÓN
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
Plan de Gestión : No
Certificación ISO 14001 obtenida tras las auditorías realizadas por la empresa Tragsatec, en marzo de 2006, la de la Dirección General de infraestructura del Ministerio de Defensa, en el mes de septiembre, y la de la empresa SGS en octubre y diciembre del mismo año. “De esta manera, la Comandancia General se convierte en la primera unidad del Ejército de Tierra que consigue la certificación en ocho actividades diferentes para los .... emplazamientos” (Comunicado de prensa de la Comandancia de Baleares)
En julio de 2006 se estableció un “Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S. A. relativo al estudio y la caracterización de suelos contaminados de titularidad pública estatal” para el polvorín de Porreres.
IMPACTOS
Sobre la cobertura vegetal por tránsito de vehículos y maniobras.Gran número de roderas y caminos.
Paisajísticos : Tramos de cercado de alambre de espino abandonados.Cercado perimetral .Antenas obsoletas.Vallas de entrada secundarias en mal estado.
LINEAS DE PROPUESTA
El espacio está en uso activo militar y fuera de las zonas de frecuentación turística.Se propone :
-Rehabilitación paisajística : Integrar el cercado útil al máximo.Retirada de los tramos sin uso en mal estado.Integrar en la medida de lo posible los edificios e instalaciones.Eliminar los obsoletos.
-Cierta gestion ambiental y tratamientos de la vegetación (podas,revegetación de zonas)
-Adaptación voluntaria en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor (“...retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano; En las áreas de asentamiento en paisaje de interés sólo se autorizarán tendidos de cable subterráneos ...”)
FICHA NUM.12 (Revisada Junio 2009)
CAP PINAR
PROPIEDAD
Propiedad
del Estado afecto al Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Este espacio de
unas 105 ha. aproximadamente ,se encuentra en
el término municipal de Alcudia ,
en el extremo de la península de la Victoria ,entre las bahías de Pollença y
Alcudia, culminando en el Cap des Pinar.
Linda por todo su perímetro terrestre con la mayor finca pública de
Mallorca : La Victoria MUP Nº3, perteneciente al municipio , de 1010 ha.
HISTORIA RECIENTE
El “Asentamiento
y batería de costa de Cabo Pinar” formó parte de un programa de defensa de
la isla ejecutado en los años inmediatamente
posteriores a la guerra civil.
Tras el
desartillado , durante una época se intentó habilitar la zona como lugar de
residencia para jefes de Estado.
El 30 de enero de
2008 se establece su zona de seguridad por la Orden del Ministerio de Defensa 246/2008.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS
Restos y bases de las piezas de
artillería.Nidos.Centro de transmisiones. Casetas ruinosas.
Controles y casetas en el túnel de entrada.
Transformador y subtransformador eléctricos
Torres de alta tensión por el
bosque. Faro-baliza de Punta Sabater , de la Autoridad Portuaria de
Baleares.(Ministerio de Fomento)
Casa y pequeñas edificaciones auxiliares
usadas como almacén de material de ocio en Ses Caletes.Carreteras,pistas de
cemento a las playas.
Mirador en el extremo del Cabo Pinar.
Mirador en el extremo del Cabo Pinar.
En cuanto al área principal : Tres
casitas vivienda de época ,de la cuales
, la principal :
“Una edificación de una sola planta con dos
o tres habitaciones por fachada. La vivienda viene siendo utilizada actualmente
por el capitán de la Batería de Artillería Costera ubicada en la zona y, en
ocasiones anteriores, ha servido de residencia para personalidades que visitaron la isla de
incógnito. Distintas remodelaciones han sido últimamente introducidas en la
edificación inicial, remodelaciones que han supuesto la ampliación de la misma
en dos módulos. ”(Joan
Caimari :EL PAIS 28/07/1985 “Felipe Gonzalez pasará sus vacaciones veraniegas
en una finca del Ministerio de Defensa en la costa de Mallorca”)
Una pista de basquet y un gran edificio en U de alojamiento de tropa.(50 x
30 m)
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Se accede por la
carretera de Alcudia a Bonaire y luego hacia la Victoria.
Señalización : Sí
; Vallado : Sí.
Acceso
restringido por tierra al personal no militar, pero es habitual y consentido
tácitamente la navegación por el área de seguridad y el fondeo en Ses Caletes
(fuera de una línea de boyas) por el turismo naútico.
GRADO DE PROTECCIÓN
Todo este lugar
es Area Natural de Especial Interés de Alto Nivel de Protección (AANP) ,por lo
tanto ANEI por la Ley 1/1991 del Parlament Balear.(ANEI La Victoria ).
Pertenece a la
Red Natura 2000: ES0000079 La Victòria(LIC, ZEPA) y linda por todo su
perímetro costero con la ES5310005 Badies de Pollença i Alcúdia(LIC).
También es parte
del espacio Bird Life IBA ES317 (Important Bird Areas) Cap Pinar.
BREVE
DESCRIPCION Y FICHA ECOLÓGICA
Constituye el
extremo de una pequeña península rocosa situada en el Norte de la isla de Mallorca,
que separa las bahías de Pollença y Alcudia.Acantilados, formaciones de garriga mediterránea y pinar de
carrasco. De litoral rocoso y accidentado, también cuenta con alguna pequeña
cala arenosa como Ses Caletes.
La vegetación dominante corresponde a la maquia de acebuche con
presencia de pinares y carrizo. La importancia
de la zona se debe a la presencia del Águila pescadora, el cormorán moñudo y
otras especies del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE.Se encuentran algunas
especies endémicas. Hacia el interior, abundan el cuervo, el cernícalo y el
halcón peregrino, que también se mueven por los acantilados.
En la vecina finca pública se realizan
repoblaciones forestales , así como se regula la caza mayor del boc
mallorquí (cabra salvaje mallorquina
) con certificado de calidad en condiciones de gestión cinegética
sostenible.Las poblaciones de La Victoria se consideran las de mayor pureza
genética , en contraposición con las demás cruzadas en mayor o menor grado con
la cabra doméstica.También en toda la zona militar abundan las cabras.
GESTIÓN
AMBIENTAL. PLANES DE ORDENACIÓN. MANEJO
Institución
responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
El ásentamiento de
Cabo Pinar obtuvo el certificado ISO 14001 en diciembre de 2006.
No
existen planes de gestión.
IMPACTOS
El estado de conservación ambiental de la zona es
regular.Los últimos temporales de viento han abatido un gran número de
árboles.Muchas zonas desforestadas por incendios y calvas: Sobretodo en la zona
de la antigua batería , en el área del faro-baliza , el área de Ses
Caletes.Mucho leña seca caida y amontonada en abandono con gran peligro de
incendio.
Edificaciones en ruinas en Ses Caletes junto a restos de
escombros y paredes.
Parkings para bañistas militares.Cableado por el suelo de la carretera.Torres de alta tensión por el bosque.
LINEAS
DE PROPUESTA
La ubicación de este espacio militar obedeció a la
posición estratégica de dominio sobre las dos bahías , lo que la hacía idónea
para la artillería de costa.Hoy en dia , la batería de costa ha sido
desmantelada , pero incluso lo ha sido la propia Unidad de artillería balear
Ramix 91, con lo que el interés originario y básico de ocupación no existe.El
interés general para la defensa nacional ,en cuanto al espacio natural ,ha sido
devaluado frente a otros intereses
generales.
De otra parte ,
es habitual y consentido tácitamente la navegación por el área de seguridad y
el fondeo en Ses Caletes por el turismo naútico , y en ciertos momentos se
había pensado en destinar la zona militar
a uso residencial selecto , lo que viene a corroborar la no necesidad ni
uso militar del espacio.
Recientemente se
ha reclamado el espacio conjuntamente con la base de Pollença , con el resultado
de que el 14 de marzo de 2007 se aprobó una proposición no de Ley de la
Comisión de Defensa del Congreso:
“El Congreso de los Diputados insta al
Gobierno a que en el plazo de seis meses constituya una comisión mixta
Gobierno-Comunidad Autónoma de les Illes Balears y los ayuntamientos
de Pollença y Alcudia, que estudie la
posibilidad de dar un uso civil a aquellas zonas de ambas bases que no tienen
actualmente funcionalidad logística de apoyo a las actividades del escuadrón
801 de las Fuerzas Aéreas, del grupo 43 de hidroaviones Canader o de cualquier
otra actividad relacionada con la defensa. “
Dado de una parte la muy importante singularidad paisajística (excepcionalidad de su situación
entre las dos grandes bahías de la isla) , la calidad de la conservación de
habitats y de especies , y de otra parte
el nulo o muy poco uso militar , hacen de la vocación de este territorio en
cuanto al interés general , claramente el convertirse en un Espacio Natural
Protegido ,con su correspondiente ordenación de usos en sus zonificaciones ,que
completaría la total protección y clasificación de un único espacio continuo en la península.
Propuesta :
1-Hacer operativa y oficial la Comisión Mixta ordenada por el Congreso.
-Tratar de la cesión/reversión de la propiedad de la zona natural mediante la adquisición por el Ministerio de Medio Ambiente para incorporarla al DPMT o por los organismos locales y/o autonómicos , para fines de uso público.
2-De continuar militar o hasta que fuera desafectado , debieran efectuarse acciones y cierta urgente gestión medioambiental ,que incluirían además la restauración paisajística (remoción de las bases de los cañones o su aterramiento, retirada de alambradas y postes obsoletos , caminos duplicados...).
-Acciones mínimas de tratamientos forestales :de limpieza y poda para evitar incendios y de repoblaciones (especialmente en el área de la antigua batería artillera y de sus terraplenes)
-Maximizar la integración en el entorno de instalaciones auxiliares y del cerramiento.
-Adaptación voluntaria en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor (“...retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano; En las áreas de asentamiento en paisaje de interés sólo se autorizarán tendidos de cable subterráneos ...”)
3-Iniciar expediente de PORN para toda el área natural de La Victoria con vistas a su declaración de espacio natural protegido y su regulación de usos.
FICHA NUM.13
BASE AÉREA DE POLLENÇA
PROPIEDAD del Estado afecto al Ministerio de Defensa.Ejército del Aire.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En el extremo Norte de la bahía de Pollença ,en Port de Pollença , término municipal de Pollença.Ocupa una zona costera y de playa y parte de las estribaciones de la Serra de Tramuntana del área del Cabo Formentor/Albercutx.
Copyright Marcos Molina |
La parcela está atravesada por un camino de vehículos de servidumbre de paso hacia la propiedad no militar (Defensa fue sentenciada a revertirla) llamada la Fortalesa de Albercutx ,que ocupa toda la península de s’Avançada , antigua fortaleza de artillería de costa , más tarde posesión de gran importancia cultural y ahora propiedad privada extranjera y en venta de nuevo.
HISTORIA RECIENTE
El Aeródromo Militar de Pollensa para hidroaviones fué creado en el año 1937 porque presentaba las mejores condiciones para la defensa contra un ataque por mar.Desde principios de 1937 hasta mediados de la década de los 40, se observó una fase de potenciación que finalizó a principios de los 50. A partir del inicio de la década de los 60 comienza un nuevo período que conduce a la reclasificación de la base de hidroaviones de Pollensa en Aeródromo Militar en 1967. En 1972 se crea la Zona Residencial de Pollensa, enclavada en las instalaciones del Aeródromo Militar, que desde entonces y hasta la fecha cumple funciones de acción social y residencial para personal del Ejército del Aire.
Esta Unidad es también una de las bases de despliegue de los aviones CL-215 Canadair del 43 Grupo de Fuerzas Aéreas durante las campañas de extinción de incendios ,donde se presta el apoyo necesario a todas las operaciones de extinción .
El escuadrón de Fuerzas Aereas de Búsqueda y Salvamento 801 , con su Escuela de Prácticas Marítimas ubicada en el Aeródromo Militar de Pollensa, tiene encomendada la tarea de entrenar a todas las tripulaciones del Ejército del Aire en todo lo que concierne a la supervivencia marítima.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS
Muelles de atraque.Hangares y sus explanadas para aeronaves.Viviendas y urbanización con servicios residenciales.Carretera vallada en ambos lados a la Fortalesa d’Albercutx de 1 kilómetro.Muro y vallado perimetral.
Desde la carretera de Port Pollença a Formentor MA-2210 ,calle Base Aérea s/n.
Señalización y vallado: Si
Restricciones al acceso :Si
GRADO DE PROTECCIÓN
El suelo del espacio natural está clasificado como Suelo Rústico en su totalidad y afectado en el Plan Territorial de mallorca como Paisatge Pintoresc.
Linda con el Espacio Natural Protegido Serra de Tramuntana : Paratge Natural
y Patrimonio de la Humanidad.
Su costa linda con el espacio marino de la Red Natura 2000 ES5310005 Badies de Pollença i Alcúdia(LIC)
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
La bahía de Pollença y en especial su sector Norte hacia el Cabo Formentor es un área de alto valor paisajístico.En concreto la zona militar es el marco frente a la península de s’Avançada , punto emblemático de la bahía.
La zona natural montañosa es deforestada con vegetación natural de carritx y otros tipos de vegetación roqueras marinas.
Es Caló |
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército del Aire.
Dependencia operativa: Mando de Personal (MAPER) para la Zona Residencial
Dependencia orgánica: Mando Aéreo General (MAGEN)
Plan de Gestión : No
Certificación ISO 14001 : NO
IMPACTOS
Paisajísticos : Naves , escolleras , muelles y vallado.
La playa está interrumpida bruscamente por el vallado militar.
Cantera de piedra en la montaña detrás del hangar.
LINEAS DE PROPUESTA
Es claro el destino final y uso civil del área , pero debiera matizarse con varias consideraciones. Podría hablarse de tres zonas de usos bien diferenciados : La zona residencial y su DPMT , la zona del aeródromo y sus instalaciones ,y la zona natural ,no ocupada y libre de instalaciones y no necesaria para las actividades de los escuadrones ,que la propia carretera de servidumbre a la Fortalesa de Albercutx la separa físicamente del resto.
Las zonas de DPMT se ocupan y utilizan en función de los intereses para la defensa nacional.Igualmente mientras se afectan al uso o interés militar , el acceso y uso público está restringido , tal como establece la excepción en la propia ley de Costas.
Como decíamos en el apartado C.2.2.1 , los espacios naturales e instalaciones con usos civiles continuados, definitivos y no estratégicos de las instalaciones militares deberían equipararse voluntariamente de facto a los requerimientos legales ambientales ,paisajísticos y de ordenación del territorio que tendrían en caso de no poseer la propiedad militar.No tiene sentido democrático-social excepciones transgresivas de los principios legales ambientales por razón de un mandato social y constitucional de defensa cuando no se observa el beneficio social de esta finalidad.
Estaríamos hablando de instalaciones y espacios complementarios de uso recreativo o residencial de los Ejércitos , por supuesto también necesarios , pero en estos casos el Estado debería evitar agravios comparativos estando además obligado a ser ejemplarizante.Especialmente en la protección y restauración de la ocupación del patrimonio público común del Dominio Público Marítimo Terrestre ,asi como permitir de facto su uso público.”
Recientemente se han activado los movimientos de demanda social del espacio que culminaron el 14 de marzo de 2007 con la aprobación de una proposición no de Ley de la Comisión de Defensa del Congreso:
“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que en el plazo de seis meses constituya una comisión mixta Gobierno-Comunidad Autónoma de les Illes Balears y los ayuntamientos de Pollença y Alcudia, que estudie la posibilidad de dar un uso civil a aquellas zonas de ambas bases que no tienen actualmente funcionalidad logística de apoyo a las actividades del escuadrón 801 de las Fuerzas Aéreas, del grupo 43 de hidroaviones Canader o de cualquier otra actividad relacionada con la defensa. “
Las argumentaciones en el Congreso (grupo Esquerra Republicana) respecto a que ya no se usa militarmente “...es muy claro que ha de revertir en el pueblo puesto que fue una cesión municipal por tiempo indefinido pero mientras fuera necesario para la defensa del territorio. Es evidente que ese uso ya lo ha perdido" , y de que “...están siendo utilizados sólo por unos
pocos ciudadanos en un régimen, diríamos nosotros, de privilegio...” y la denuncia de que “...el uso que hace el Ministerio de Defensa es el de ofrecer una residencia de verano a funcionarios de este Ministerio y limita el acceso a la costa de la ciudadanía mallorquina” no matizan ni tienen en cuenta que también en la Base es clara la idoneidad y excepcionalidad del emplazamiento (probablemente no hay alternativa mejor) para las actividades que se realizan , por su condición de ser una bahía muy cerrada, protegida de los vientos dominantes y, al mismo tiempo, con unas instalaciones que permiten la operatividad plena del Escuadrón 801.
Por tanto se da también en este espacio el supuesto que citábamos en el apartado C.2.2.1. :
“Una tercera casuística lo constituyen espacios e instalaciones destinados a apoyar a las administraciones civiles del Estado preservando la seguridad y bienestar de los ciudadanos asi como también contribuir a funciones de prevención de catástrofes naturales o ecológicas.En la medida en que dichas funciones se contemplan entre las nuevas misiones estratégicas encomendadas a las Fuerzas Armadas, está justificada en estos espacios la continuidad de la propiedad militar con su propia y mejor gestión ambiental y paisajística posible.Es el caso de instalaciones de guía y señalización a la navegación aérea o marítima civil.En Mallorca se encuentran los casos del radar meteorológico de Cap Blanc o la base aérea de Pollença para salvamento y apoyo a la extinción de incendios forestales.”
Por todo ello se propone :
-Hacer operativa y oficial la Comisión Mixta ordenada por el Congreso.
-Obtención de la certificación ISO 14001 para toda la Base.
-Actuaciones de integración paisajística : Naves , vallados , muros...y eliminación de elementos militares sin uso.Cantera.
-Antenas : Adaptación voluntaria en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor (“...retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano; En las áreas de asentamiento en paisaje de interés sólo se autorizarán tendidos de cable subterráneos ...”)
-Tratar en la comisión acerca de liberar el uso público peatonal para la zona de DPMT de la zona residencial .
-Proteger como ANEI la zona montañosa libre que es continuidad natural
del espacio contiguo ANEI .(Y tratar de su inclusión en el Paratge Natural Serra de Tramuntana).
-Tratar de la cesión/reversión de la propiedad de la zona natural mediante la adquisición por el Ministerio de Medio Ambiente para incorporarla al DPMT o por los organismos locales y/o autonómicos , para fines de uso público.
FICHA NUM.14
POLVORÍN DE SANTA MAGDALENA
PROPIEDAD del Estado afecto al Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En el término municipal de Inca, en la falda del Puig de Santa Magdalena (287 m.) Aproximadamente 6 hectáreas.
HISTORIA RECIENTE
Está cerrado ,sin vigilancia presencial y con aparente y continua inactividad desde hace varios años.
En diciembre de 2004 , el Ministro de Defensa , en respuesta a una pregunta escrita en el Congreso manifestó que es necesario “...como destacamento para el desarrollo de actividades periódicas de instrucción y adiestramiento y, en ocasiones, utilizado también por la fuerza de maniobra” . A la vez que sostuvo que “...se trata de una zona donde no se realizan las «actividades típicas» de este tipo de instalaciones,...”
INSTALACIONES Y EDIFICIOS
Edificios.Dos grandes naves de 500 m2.Cercas.Túneles.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Por la carretera de ascenso al santuario de Santa Magdalena.
Señalización y vallado: Sí
Restricciones al acceso :Sí
GRADO DE PROTECCIÓN
Toda la superficie es ANEI : Area Natural de Especial Interés.
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Parte de la pequeña colina es ocupada por la zona militar y su cercado en buena parte sigue la carretera de acceso al Santuario.
Su valor natural es el gran interés paisajístico : El Puig es una atalaya natural que domina el llano y la Serra de Tramuntana y está situado prácticamente en el centro de la isla.Está rodeado de un área rústica tradicional en muy buen estado ambiental y paisajístico también.
El terreno militar llano cuenta con escasa cubierta forestal y está rodeada por áreas cultivadas excepto por su lado SE , en que las laderas de la colina están cubiertas de encinar y pinar.
GESTIÓN AMBIENTAL. MANEJO
Institución responsable de la gestión : Ministerio de Defensa.Ejército de Tierra
Plan de gestión : No
ISO 14001 :No
Descontaminación de suelos : Sí. En 2006 por “Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S. A. relativo al estudio y la caracterización de suelos contaminados de titularidad pública estatal : Santa Magdalena ,...”
IMPACTOS
Basicamente paisajísticos de las grandes naves y los cercados.Escasa vegetación sin tratamientos.Transformador y líneas aéreas.
LINEAS DE PROPUESTA
Está cerrado ,sin vigilancia presencial y con aparente y continua inactividad desde hace varios años.
Como espacio para maniobras y ejercicios , se encuentra cercano a la segunda población mas importante de la isla ( a sólo 2 km) , y en una zona colindante al área de propiedad y uso público y emblemático de la zona como es el Puig y la ermita de Santa Magdalena.La zona es utilizada por buena parte por la población de Inca como zona recreativa .Sin duda las actividades militares que pudieran hacerse podrían realizarse en otras zonas militares más extensas e idóneas .La vocación de este territorio ,en cuanto al análisis del interés general , es de un uso recreativo y paisajístico civil.
Sucesivas solicitudes de cesión al municipio de Inca e intervenciones en el Congreso y el Senado (2004/2008) avalan el interés de Inca en darle un uso público al espacio.
1-Mientras no sea desafectado :
-Obtener la Certificación ISO 14001 para sus actividades e instalaciones.
-Rehabilitación paisajística : Integrar el cercado al máximo.Retirar obsoletos.Integrar en la medida de lo posible los edificios e instalaciones.Eliminar los obsoletos y en ruinas.
-Cierta gestion ambiental y tratamientos de la vegetación (podas, revegetación de zonas)
-Adaptación voluntaria en lo posible de determinaciones establecidas en el Plan Director Sectorial de Telecomunicaciones (2006),en vigor (“...retirada de las instalaciones obsoletas, inseguras o inactivas que se encuentren ubicadas fuera del suelo urbano; En las áreas de asentamiento en paisaje de interés sólo se autorizarán tendidos de cable subterráneos ...”)
2-Desafectación y cesión al municipio de Inca de los terrenos.
FICHA NUM.15
CALA FIGUERA
PROPIEDAD : Privada
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Este espacio de 11 ha. se encuentra en el extremo occidental de la bahía de Palma de Mallorca ,en el municipio de Calvià, dentro de una pequeña península que conforma el área natural de Cap de cala Figuera. Limita al Norte con la cala Figuera y al Este con el faro de Cap de cala Figuera.
HISTORIA RECIENTE
La batería de costa para la defensa de la bahía de Palma , radicada en este espacio natural, empieza a construirse en 1914 , en un plan conjunto con las de Rafeubetx y Cap Regana. En 1989 se mantenía una vigilancia esporádica sobre los terrenos de la antigua Batería de costa de Cala Figuera.Hasta su desmantelamiento en 1996 la llamada batería E-3 mantuvo sus piezas.Se desfectó de su interés para la defensa nacional y volvió a la propiedad privada antes de 2002.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Varios edificios e instalaciones abandonados, algunos catalogados por el ayuntamiento de Calviá.Cuerpo de edificio en cemento armado con observatorios, pozos, montacargas, almacenes de munición y bases de las piezas de artillería.Edificio principal de puesto de mando, auxiliar de cuerpo de guardia , de cuartelillo de tropa y de aseo de tropa.
Antenas de telecomunicaciones.
Estación meteorológica B-201.Radiofaro marítimo FI.
Faro de Cap de cala Figuera : Pertenece a la Autoridad Portuaria de Baleares (Ministerio de Fomento).
Torre medieval des Cap de cala Figuera : Catalogada.En ruinas.
ACCESOS
Se accede por la carretera al faro de Cala Figuera (desde Magaluf dirección Portals Vells)
Vallado: Sí.Servidumbre de acceso peatonal al mar por dicha carretera (DPMT) reestablecida tras la resolución del expediente sancionador de la Demarcación de Costas en 2007.
GRADO DE PROTECCIÓN
Todo este lugar es Area Natural de Especial Interés (ANEI) por la Ley 1/1991 del Parlament Balear y una ancha franja costera es AANP:Area natural de especial interés de Alto Nivel de Protección .Forma parte de un área contínua de 861 HA (que incluye el espacio militar de Rafeubetx),ampliadas en 2008 y protegida en su conjunto como ANEI.
Red Natura 2000: ES0000074 Cap de Cala Figuera(LIC, ZEPA) y lindando con su costa el espacio ES5310103 Àrea Marina Cap de Cala Figuera(LIC)
También es parte del espacio Bird Life IBA ES323 (Important Bird Areas) Acantilados costeros entre las islas Malgrats y Cala Figuera.
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
El lugar es una superficie elevada, ondulada y rocosa, que finaliza en una costa con acantilados moderados.
Valores naturales: Comparten los valores florísticos y faunísticos que se detallaron en el Anexo 5 para el espacio de Rafeubetx.
El interés paisajístico del lugar es muy elevado, ya que se trata de un enclave inalterado en una costa intensamente urbanizada, como es todo el litoral de Calviá, además de constituir el marco de todo el entorno : El Faro y la Cala Figuera.
GESTION AMBIENTAL
Institución responsable de la gestión : La propiedad privada
Planes de gestión : No existen
IMPACTOS
Además de los descritos en el anexo 5 para Rafeubetx , el impacto paisajístico de las antiguas instalaciones y edificios militares en ruinas es importante (terreros, postes, zanjas, cables, escombros, alambradas , bases de cañones,escaleras en la roca hasta el rompiente...)
De otra parte , el volcado de derrubios y piedras resultantes de las obras militares sobre la cala vecina afecta gravemente al paisaje y al habitat.
LINEAS DE PROPUESTA
Siendo un lugar significativo y emblemático de la isla (la punta de cierre de la bahía de Palma por el NO) , constituiría con Rafeubetx , el núcleo de interés de un nuevo Espacio Protegido diferenciado por sus características del resto de la Red.Es además el marco paisajístico de la cala y el faro y junto con éste y la torre costera medieval des cap de Cala Figuera constituyen un área de alto interés social y recreativo.Por todo ello sería del mayor interés general recuperar su propiedad pública y establecer su uso público regulado, así como devolver al espacio su dignidad.
La antigua batería de costa de Cap de cala Figuera cierra la bahía de Palma al Norte en oposición a la de Cap Regana al Sur , conserva sin modificaciones los edificios originales y hay planos detallados de en los archivos para su rehabilitación.Es un modelo muy carácteristico de batería de costa y sus instalaciones.Constituiría una buena opción para incorporarse junto con Cap Regana ,y complementar el Museo de las Baterias de Costa que se propone en el anexo num.16 de Es Fortí de Illetes.
1-Establecer un convenio de colaboración y/o ayudas con la propiedad para efectuar la restauración del paisaje.
2- Establecer un convenio de colaboración y/o ayudas con la propiedad para llevar a cabo la rehabilitación/conservación de los elementos de arquitectura militar catalogados a proteger y la torre medieval. Completar la catalogación en su caso , de los espacios e instalaciones.
3-Medidas de adaptación de antenas al Plan de Telecomunicaciones de Mallorca en vigor.
4-Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y declaración de Espacio Protegido al área superior ANEI , comprendido Rafeubetx.
5-Adquisición de la finca para sumarla a la propiedad pública del espacio protegido.(sumarla al DPMT o adquisición por la CCAA)
6-Rehabilitar el edificio principal ex-militar para el museo ó educación ambiental/centro de interpretación/servicios.
FICHA NUM.16
ES FORTÍ DE ILLETES
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Ubicado entre Bendinat e Illetas en la costa occidental de Calviá , consta de una superficie de 15 hectáreas con una parte costera. Término municipal de Calviá.
HISTORIA RECIENTE
En 1904 se expropiaron los terrenos necesarios para establecer la batería de costa de Illetes ,comprendiendo la fortaleza llamada el Fortí de Illetes , las instalaciones construidas desde 1898 y también los islotes y una franja de playa.(ver anexo 6).
En 1948 se construye una residencia para suboficiales.La batería de costa estuvo operativa hasta 1965 , continuando su función de prisión militar , comenzada en 1947, hasta por lo menos 1988. Durante el invierno de 1996-97 el fortín de Illetas estaba aún ocupado y en buen estado de conservación.Fue abandonado probablemente en la primavera de 1997.Tras su desafectación y reversión a los herederos de sus antiguos propietarios expropiados , éstos la vendieron en 2003 a un grupo inversor británico,sin hasta la fecha realizar éstos acción alguna degradándose desde entonces la fortaleza y abandonado el espacio.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS
Fortaleza y su recinto de 28.000 m2 conteniendo edificios ,fosos ,túneles,aljibes... El Consell de Mallorca lo declaró Bien de Interés Cultural (BIC) en 2003 al ser un ejemplo de la arquitectura militar propia del siglo XIX.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Se accede desde la carretera de Bendinat a Illetes.Señalización y vallado: Si
Restricciones al acceso :Si (aunque el vallado se encuentra abierto en determinados puntos conocidos que permiten acceder libremente a las instalaciones interiores).Como BIC, la Ley12/1998 de Patrimoni Históric , obliga a los titulares a un determinado régimen de visitas.
GRADO DE PROTECCIÓN
El terreno está clasificado como suelo rústico SR-2 no urbanizable (La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha rechazado en febrero 2009 un recurso presentado por el propietario ,contra la aprobación definitiva del Plan Territorial de Mallorca del año 2004.)
La protección como BIC del monumento incluía originalmente sólo la parte central de la estructura militar sin extenderse a la totalidad de los edificios y al espacio.Por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, adoptado el día 13 de junio de 2013, se delimita como BIC lo que es físicamente el elemento, hasta el foso y la trinchera ambos incluidos, incluyendo el entorno visual que incluye el pinar y la vegetación con una redacción muy concisa al respecto."Se deberá conservar la integración de éste bien en el paisaje, manteniendo la relación armónica que ahora existe entre la edificación y su entorno.Se mantendrá el pinar existente en la zona como elemento configurador del paisaje envolvente del monumento. Con respecto a la vegetación situada dentro de la parcela, la reposición de árboles si se producen pérdidas, siempre serán de las mismas especies actualmente existentes."
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Bosque continuo de pinos con espesa garriga mediterránea rodeando la fortaleza, exceptuando un espacio rectangular de 3.500 m2 que fue desprovisto completamente de vegetación.
Paisajísticamente, se trata de una zona forestal de cierta extensión con una ubicación de gran belleza dominando la bahía de Palma , milagrosamente no urbanizada en una área y sector de costa totalmente urbanizado ,donde además se suma un importante interés cultural .
GESTIÓN AMBIENTAL. MANEJO
Institución responsable de la gestión : la propiedad privada
Planes de gestión y/o manejo : No
IMPACTOS
Vegetación eliminada completamente con suelos compactados en un área del bosque de unos 3.500 m2.Alto peligro de incendio por acumulación de combustible en el sotobosque (restos vegetales muertos , árboles caidos, matorral denso, basura,...)
En cuanto al paisaje , aparte de edificios en ruinas , destacan en el interior numerosas e impactantes vallas , además de los restos de las instalaciones de la batería de costa.
La ley 12/1998 de Patrimonio Histórico de las Illes Balears permite la expropiación y recuperación por interes social por el Consell Insular cuando hay un incumplimiento grave de las obligaciones del deber de conservación del propietario y/o existe peligro de destrucción o deterioro grave del bien , como es el caso.
Por otra parte, la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente se interesó en su dia (durante el proceso de desafectación en enero de 2000) por la propiedad al objeto de incorporarla en su totalidad al dominio público marítimo terrestre ,sin ejercer posteriormente los derechos de adquisición preferente.(expropiación, tanteo o retracto).
El ayuntamiento de Calvià y otras instituciones se han lamentado de la pérdida de la propiedad pública y su uso en la ocasión de su venta a propiedad privada, y ha expresado en numerosas ocasiones su interés en que el ministerio de Medio Ambiente (y/o la CCAA) se decante por la compra del Fortí de Illetes.
La degradación es imparable , aunque las instituciones oficializaron la protección del Fortín.No se ejercitan acciones ejecutivas y sancionadoras de exigencia de las obligaciones de mantenimiento y conservación del bien cultural a pesar de que numerosas instituciones culturales como la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, ARCA y el Grupo de Fortificaciones de Mallorca denuncian la degradación continuamente.De la misma manera, las asociaciones denuncian que los titulares siguen incumpliendo el régimen de visitas, tal y como obliga la legislación.
Por constituir el mejor y espectacular ejemplo del rosario de instalaciones artilleras de defensa militar de la isla , y tras la pérdida de la ocasión de adquirir para el caso Cap Enderrocat y su también espectacular Fuerte ; considerando la gran tradición y significación de la artillería en la defensa militar de Mallorca y la pérdida de espacios y elementos patrimoniales históricos de las baterías de costa , se propone crear un Museo sobre el tema (Museo de la Artillería costera ó Museo de las baterías de costa de la bahía de Palma u otros conceptos más amplios de defensa histórica costera) con una sede núcleo central en Es Fortí de Illetes y dos sedes complementarias adscritas en la antigua batería de Cap Regana y la otra en Cap de cala Figuera , buenos ejemplos ambos de las baterías de costa de la postguerra civil.Afortunadamente , en la Biblioteca Militar de Palma hay un considerable material documental.
Propuesta:
1-Exigir el cumplimiento de la Ley de Patrimoni Históric (Conservación , sanciones y régimen de visitas).Por el Consell de Mallorca.
2-Estudiar el inicio de expediente de ampliación del ámbito del BIC.Por el Consell de Mallorca. (En 2013 se delimitó la protección y se amplió al espacio natural donde se integra)
3-Convenio urgente con la propiedad para poder aclarar y limpiar el bosque eliminando el combustible.Consellería Medi Ambient.
4-Adquisición por el Ministerio de Medio Ambiente,Medio Rural y Marino de la finca para añadirla al DPMT.(declaración de interés general).Adquisición de la fortaleza por el Consell de Mallorca (Incoando si es necesario declaración de expropiación por interés social ) o el Govern Balear para destinarla a equipamientos culturales y/o ambientales.
5-Rehabilitación de Es Fortí.
6-Creación de un Museo sobre la defensa militar costera de Mallorca.
7-Rehabilitación paisajística y tratamientos en el área forestal.
FICHA NUM.17
CAP DE REGANA
PROPIEDAD : Privada
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
Con una extensión de 88 ha. , este espacio se sitúa en la alta costa acantilada en el extremo de levante de la bahía de Palma , conteniendo el Cap de Regana. Pertenece al término municipal Llucmajor.
HISTORIA RECIENTE
En 1914 se expropiaron los terrenos para establecer una batería de costa dentro de la red de baterías de defensa de la bahía de Palma.En 1957 y 1958 se expropian parcelas adicionales para ampliaciones. En 1965 seguía en posición de taponada, y dentro de la misma década, es desartillada, aunque aún permanecerá en el emplazamiento una pequeña guardia militar, que desaparece en 1982.En indeterminada fecha posterior se desafectó de interés para la defensa nacional y fue revertida o subastada , pasando a propiedad privada.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Las principales instalaciones fueron construidas en 1945/1948 sobre una porción de terreno que abarca un rectángulo de superficie 285 x 170 m.Entre ellas : un puesto telemétrico , el Pabellón o Residencia de Oficiales, una torreta, un observatorio de aviación , el cuartelillo, los aseos de tropa, un estanque artificial y el Pabellón de suboficales. Ningún edificio está catalogado por el municipio.
El terreno estaba dividido por la mitad por una carretera o vía excavada en el terreno (que progresivamente se va convirtiendo en un foso conforme se acerca a la zona de las explanadas) que conduce en línea recta directamente al emplazamiento de los cuatro cañones,aun existentes sus bases.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Carretera MA-6014 de S’Arenal a Cap Blanc , pasado la urbanización Tolleric.
Señalización :Sí , indicando “Cap Regana -Coto privado de Caza”. Vallado: Sí
Restricciones al acceso : Sí.Restricciones al acceso al DPMT : Sí.
No hay ningún paso para cumplir con la servidumbre de acceso al mar.En cuanto a la franja costera de servidumbre de paso al DPMT , no puede accederse a la misma por existir vallado hasta el mismo borde del acantilado (Desde la urbanización Tolleric , y traspasando el club privado Sun Club El Dorado , se llegaría al extremo Norte del DPMT que linda con la propiedad Cap Regana.En este punto existe la continuación del vallado ,una puerta de paso cerrada y una reja en vuelo sobre el acantilado que impiden el paso).
GRADO DE PROTECCIÓN
-La Llei 4/2008, de 14 de maig, de mesures urgents per a un desenvolupament
territorial sostenible a les Illes Balears declaró toda la parcela ANEI (Area Natural de Especial Interés formando parte de la Marina de Llucmajor.
-Pertenece a la Red Natura 2000 : ES0000081 Cap Enderrocat-Cap Blanc (LIC y ZEPA)
-Area Importante para las Aves (IBA nº 322 Acantilados costeros entre Cap Enderrocat y Cala Pí ) declarado por la Sociedad Española de Ornitología, aplicando los criterios establecidos por BirdLife Internacional.
-Aguas litorales como zona de estudio y protección del programa Life Posidonia.
BREVE DESCRIPCIÓN Y FICHA ECOLÓGICA
Plataforma rocosa sobre unos acantilados que alcanzan los 100 metros sobre el nivel del mar.El barranco del Torrent d’en Vaquer discurre por el espacio.
Se trata de una de las zonas más templadas y secas de Mallorca y con una mayor insolación, tan solo superadas por el cono sur de Mallorca, aún más cálido y seco.
La costa sur de Mallorca es una gran meseta calcárea, llana y rocosa, que limita con el mar mediante acantilados rectilíneos y abruptos de gran interés ornitológico y que son de los más espectaculares de la isla.Los suelos de esta plataforma son, por regla general, arcillas rojas a menudo limitadas por duras costras calizas sedimentarias. Otra característica es la presencia de un antiguo arrecife coralífero fósil , carbonatado , cuyo material resultante , el marés blanco , ha sido explotado en estas costas hasta tiempos recinetes.
El paisaje vegetal lo constituyen matorrales mediterráneos xerófilos y algunos pinares de pino de Halepo variedad endémica Ceciliae. Aquí se encuentra el climax del acebuchar, que aún mantiene algunas formaciones de porte casi arbóreo. Algunos factores (incendios,pastoreo...) ha degradado la vegetación original dando lugar a una garriga más o menos rala. Los acantilados se cubren de malvas marítimas ,alcaparras y del endémico Filago petroianii. También abunda la Marsilea stigosa, un bonito helecho acuático.Abunda la llamada cebolla marina ,el azafrán silvestre , el hinojo marino y la saladina.
La avifauna marina puebla los acantilados: cormoranes, alcaravanes, mirlos, abubillas, águilas calzadas y gaviotas . Habitan varias parejas de halcón peregrino así como rapaces nocturnas.Los mamíferos como el lirón careto, el erizo, la gineta, la comadreja o el conejo pueblan la garriga. En las pequeñas balsas de agua temporales (características de la Marina ) se desarrollan crustáceos arcaicos y un endemismo importante: la subespecie balear del sapo verde (Bufo viridis balearica), y es abundante la presencia de la tortuga mediterránea Testudo hermanni.
GESTIÓN AMBIENTAL. MANEJO
Institución responsable de la gestión : La propiedad privada
Plan de Ordenación : No
IMPACTOS
Vallado y rejas sobre el DPMT.En menor término , pastoreo de ovejas.
LÍNEAS DE PROPUESTA
La mayor parte de la zona terrestre de la Marina de Llucmajor está acotada con la figura de "coto privado de caza". Muchos de estos cotos están vallados y los que no se encuentran vallados están en proceso de vallarse o se vallarán pronto, con lo que se reduce la posibilidad del uso público de la Marina de Llucmajor.De otra parte no hay ninguna finca pública ni espacio protegido en toda esta amplia zona natural ,de morfología y características ambiental-paiasjísticas muy diferenciadas y únicas del resto de los espacios de Mallorca.
El abandono de los amplios recintos militares que han conservado la calidad de los espacios, no ha facilitado el acceso a superficies extensas bien preservadas ni se han ordenado sus usos ,y desafortunadamente hasta el presente ninguna ha derivado en propiedad pública o de uso público , aprovechando las desafectaciones de Defensa.
Por otra parte el atractivo paisajístico de los acantilados, algunos situados junto a la carretera, hace que sean muy visitados, especialmente durante la temporada alta.
La antigua batería de costa de Cap Regana cierra la bahía de Palma al Sur en oposición a la de Cala Figuera al Norte , conserva sin modificaciones los edificios originales y hay planos detallados de todos ellos en los archivos para su rehabilitación.Es un modelo bastante estándar de la batería de costa y sus instalaciones habituales.Constituiría una buena opción para incorporarse y complementar el Museo de las Baterias de Costa que se propone en el anexo num.16 de Es Fortí de Illetes.
Además el espacio natural que la rodea, llamado Marina de Sa Llapassa , es de gran dimensión ,representativo de la Marina de Llucmajor ,contiene además un barranco característico (Torrent d’en Vaquer) ,pertenece a la Red Natura 2000 y está bien conservado. Paisajísticamente , la posición y las vistas desde el Cap Regana son espectaculares.
Propuestas:
1-Restablecer la servidumbre de paso y acceso al DPMT.
2-Catalogación y protección de los edificios ,zonas e instalaciones.
3-Convenio con la propiedad privada para plan de conservación y mantenimiento urgente de los edificios e instalaciones y mínima gestión y tratamiento forestal.
4-Adquisición de la propiedad por el Ministerio de Medio Ambiente (y/o organismos autónomicos).
5-Incorporación como centro anexo secundario,junto con el de Cala Figuera, del Museo de las Baterías (Artillería) de costa de la Bahía de Palma (Mallorca) a radicar en el Fortí de Illetes.
FICHA NUM.18
ÁREA DE SA TALAIA D’ALBERCUTX
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En la Serra de Tramuntana , sector Norte , Formentor , dominando la bahía de Pollença .
Cerca de la cima de 390 metros justo bajo la Torre de defensa y observación medieval (1597) de Sa Talaia d’Albercutx ,término municipal de Pollença, al final de su carretera de acceso.
Copyright Marcos Molina |
Se trata de los restos de edificios que deberían haber formado parte de una nueva batería de costa ordenada construir por Franco en 1933 y que se dejaron sin terminar tras la guerra civil , aunque sí quedó terminada la carretera de acceso.
La propiedad militar fue revertida en fecha indeterminada y con posterioridad la Torre de defensa medieval fue cedida al Ayuntamiento de Pollença .
Ruinas de 3 edificios/naves rectangulares sin terminar : 40 x 8 ; 25 x 8 y 12 x 8 metros.No están catalogados.
Se accede por carretera asfaltada pública y libre que parte del Mirador de Mal Pas ,en la carretera MA-2210 de Port de Pollença a Formentor , a Sa Talaia d’Albercutx y el faro de señalización y navegación aérea cercano.
Señalización y vallado: No
Restricciones al acceso :No
GRADO DE PROTECCIÓN
Las ruinas están radicadas sobre :
AANP : Area Natural de Interés de Alta Nivel de Protección.
Espacio Natural Protegido : Paratge Natural de Serra de Tramuntana
ES0000073 Costa Brava de Mallorca(LIC, ZEPA)
BREVE DESCRIPCIÓN AMBIENTAL
Aparte del interés ecológico y ambiental del espacio protegido en donde radican estas ruinas, el interés paisajístico del lugar es extraordinario, ya que este tramo costero es, sin lugar a dudas, el más agreste y escarpado de la isla y de los pocos puntos cimales accesibles por la casi inexistencia de vías de comunicación en las cimas de la Serra de Tramuntana.Sus vistas de las bahías del Alcudia y Pollença son incomparables.
Copyright Marcos Molina |
La torre inmediata (a sólo 25 metros) de sa Talaia d’Albercutx , es de gran interés histórico-artístico,siendo de las más representativas de este tipo de construcciones únicas.
GESTIÓN AMBIENTAL
Institución responsable del mantenimiento : Propiedad privada ; y de la gestión del Espacio Protegido la Direcció General de Biodiversitat de la Consellería de Medi Ambient del Govern de les Illes Balears.
Plan de Ordenación : PORN Paratge Natural Serra de Tramuntana
IMPACTOS
Paisajísticos muy graves sobre el paisaje y sobre el entorno del bien histórico-artístico.
LINEAS DE PROPUESTA
En marzo de 2008 ,el Departament de Medi Ambient del Consell de Mallorca seleccionó la talaia d’Albercutx (junto con la torre Major de Alcudia) para incluirlas en un programa europeo de recuperación y revalorización del sistema de fortificaciones costeras de diferentes países del Mediterráneo.El proyecto consiste básicamente en restaurar y rehabilitarlas dotándolas con museos interactivos y centros de interpretación de los elementos ambientales, históricos , tecnológicos y arquitectónicos.Se escogieron dos torres de titularidad pública , condición necesaria.
Con esta perspectiva y constatando de que ya de hecho se realiza un uso público y recreativo dado la titularidad municipal de la torre y el acceso autorizado por la propiedad privada , se proponen una opción de acción mínima y otra máxima :
A-Proceder a la demolición de los edificios estableciendo un Convenio de actuación entre la propiedad y la Consellería de Medi Ambient.
B-Adquisición pública de los edificios y su porción de terreno por el Consell. Estudiar la preservación , rehabilitación y adaptación al entorno de uno de ellos para educación ambiental/uso recreativo/cultural y los solares resultantes de la demolición del resto para aparcamientos integrándolos al máximo en el entorno.(Todo ello dentro del proyecto cultural europeo mencionado).Para ello es necesario su declaración de interés general para que el Consell de Mallorca modificara el Plan Territorial a propuesta del Ayuntamiento de Pollença.
FICHA NUM.19
BUNKERS BAHIA DE POLLENÇA
PROPIEDAD : La titularidad es del Ministerio de Defensa si bien están asentados sobre territorio demanial del Estado :Zona de Dominio Público Marítimo Terrestre de acuerdo con la Ley de Costas.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
La zona de playa ,en la bahía de Pollença , donde se encuentran los bunkers pertenece al término municipal de Alcudia.
Dispuestos encima de la playa a una distancia entre sí de 1 kilómetro, extendiéndose a lo largo de la carretera de Port de Pollença a Alcudia. Miden aproximadamente 8 x 8 metros.
HISTORIA RECIENTE
Probablemente fueron construidos en los años inmediatos a la guerra civil española.
También se han realizado maniobras navales en el interior de estas aguas.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Se trata de un grupo de cuatro bunkers ,estando construidos sobre una gruesa plataforma de cemento armado , paredes de bloques de marés (piedra arenisca) y tejado con teja árabe a dos aguas.El más próximo a Alcudia está inclinado habiendo cedido su plataforma.
No se encuentran catalogados por el Ayuntamiento de Alcudia.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Señalización y Vallado: No
Restricciones al acceso :No
GRADO DE PROTECCIÓN
Toda esta zona de DPMT es colindante con tres zonas protegidas: la Reserva Natural de s'Albufereta, declarada por el Decreto 121/2001 ,el Area Natural de Especial Interés (ANEI) según la Ley 1/1991 del Parlament Balear y los espacios de la Red Natura 2000 ES0000226 L’Albufereta LIC y ZEPA y marino ES5310005 Badies de Pollença i Alcúdia(LIC).
Bird Life IBA (Important Bird Area) ES 318 Humedales de la Albufera de Mallorca y Albufereta de Pollença.
La zona es objeto de estudio dentro del Programa europeo Life Posidonia.
BREVE DESCRIPCIÓN ECOLÓGICA
S’Albufereta ,reserva natural que linda con el DPMT ,es una zona húmeda importante de nidificación de varias especies de aves y situada a poca distancia de s’Albufera, el humedal más importante de la isla. La mayor parte de las aves acuáticas que se encuentran en esta zona se desplazan entre las dos zonas. Existe una gran tarajal muy bien conservado. Es una zona importante de alimentación para el Águila pescadora y el Halcón peregrino.
La playa es estrecha en el sector de los bunkers y se ve muy afectada por los temporales y vientos del NE con importante acumulación de restos de Posidonia.
Las aguas incluyen fondos de escasa profundidad que forman parte de la plataforma que une Mallorca y Menorca. Los fondos de Posidonia son muy extensos y se encuentran en diversos grados de conservación, según su situación con respecto a los puertos y zonas de fondeo.
Las aguas de estas dos bahías (Pollença y Alcudia)son una importante zona de alimentación para la Pardela Balear y otras aves marinas prioritarias.
GESTIÓN AMBIENTAL
Institución responsable del mantenimiento : Ministerio de Defensa
Institución responsable de la gestión del DPMT : Demarcación de Costas : Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino.
IMPACTOS
La construcción de la carretera ,así como puntualmente los bunkers , alteran e interceptan la dinámica dunar. La elevación progresiva del nivel del mar sin duda reduce la extensión emergida de las arenas de la playa.
Impactos paisajísticos evidentes.
Son aguas territoriales que se ven afectadas por el trafico marítimo-comercial, por usos naúticos recreativos y por las actividades pesqueras artesanales y de arrastre y en ocasiones maniobras navales.
LINEAS DE PROPUESTA
Estas construcciones se encuentran en un estado lamentable desde el punto de vista estructural y estético, de seguridad y de higiene. Con ello se ocasiona un importante impacto visual sobre el paisaje del litoral y se provoca una merma en la calidad del producto turístico que se ofrece en las Islas.
La dinámica de la propia playa y en especial la dunar se ve claramente afectada por estos grandes obstáculos que constituyen su plataforma.La elevación progresiva histórica del nivel del mar y el lento hundimiento por la gravedad y movimiento de la zona de sustentación dan como resultado que estas edificaciones se encuentren hoy prácticamente en las aguas y comiencen a inclinarse.
Esta zona de DPMT donde están radicados es especialmente sensible y enclavada en el limite de colindancia de dos zonas LIC/ZEPA , una marina y una terrestre.
En la playa se realizaron acciones de recuperación y acordonamiento de acceso dunar.
Transcribimos lo escrito en el apartado C.6.1. del estudio :
“Pertenecen al DPMT todas las obras e instalaciones construidas por el Estado en dicho dominio” (Ley de Costas)
En relación con este último precepto de la Ley , serían del DPMT instalaciones militares abandonadas y largamente en desuso tales como bunkers y otras casamatas en las playas , aunque los terrenos (las playas) donde radican (ó los propios bunkers) estén expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional.Comoquiera que en su dia fueron construidos y ocupado el DPMT sobre terrenos de propiedad pública del Estado ,dificilmente se encuentran documentos que soporten la titularidad ó los derechos de ocupación concesional expresa .El soporte legal de una concesión administrativa de uso ó simplemente no se creyó necesario , ó simplemente no lo fué entonces para la ocupación de uso.El resultado de todo ello es una completa indefinición formal de la responsabilidad actual final de quién debe disponer sobre estas instalaciones , para su uso , mantenimiento o su remoción.Incluso no constan expresamente en las relaciones patrimoniales de Defensa.(Con lo cual si no están afectados nunca van a ser desafectados...y así seguirán instalaciones de interés para la defensa inmersas ,rodeadas de uso público ,sin vigilancia alguna ,con acceso libre y usadas por civiles ).
En todo caso son del Estado, y si no obliga a Defensa , obliga a la Demarcación de Costas la gestión de estas instalaciones.
Como antecedente reciente , en un plan ejecutado de Actuaciones de Recuperación del DPMT en Canarias , se programó la demolición de siete bunkers y en este caso se solicitó , no la desafectación , sino sólo un informe ,lo cual como mínimo es excepcional dentro de los procesos establecidos para las instalaciones militares.Se decía: ”... estos expedientes precisan del informe favorable del Ministerio de Defensa, titular de los mismos...”. Sin duda ,ante la indefinición (¿titular propietario o concesionario?), se acude al organismo que los pudo usar , suponiéndole que si pudo hacerlo es que de algun modo disponía de dominio o concesión... y si con posterioridad no hubo cambios , sigue teniendo la titularidad ya que ,aunque están dentro del DPMT , pudiera ampararse en el artículo que excepciona a Defensa de la Ley de Costas.En todo caso no existen anotaciones ni referencias catastrales.
Propuesta:
-Desafectación expresa por Defensa : Emisión de un Informe de no ser de interés (desafectación expresa) el uso para la defensa nacional.
-Demolición de los bunkers por la Demarcación de Costas de Baleares , aisladamente o bajo un Plan de Regeneración Integral de Playas.
FICHA NUM.20
BUNKERS Y TORRES DE LA BAHIA DE ALCUDIA
PROPIEDAD
La titularidad es del Ministerio de Defensa si bien están asentados sobre territorio demanial del Estado :Zona de Dominio Público Marítimo Terrestre de acuerdo con la Ley de Costas.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
La zona alterna de playa y costa baja rocosa , a lo largo más de 20 km , de la bahía de Alcudia , donde se encuentran los bunkers pertenece sucesivamente a diferentes términos municipales: Alcudia, Muro, Santa Margalida y Artá.
Están dispuestos mayoritariamente en la zona de DPMT.
HISTORIA RECIENTE
Probablemente fueron construidos en los años 1936/1945 en un programa de defensa costera general insular.
Estas torres sirvieron originariamente para ejercicios militares submarinos del Polígono de Armas Submarinas que se realizaron desde 1941 hasta 1970. Los submarinos realizaban maniobras de tiro por lanzamiento de torpedos navegando por el centro de la bahía.La línea de posición era obtenida mediante la enfilación ó superposición de las torres.
También resaltar que se han realizado numerosas maniobras navales en el interior de estas aguas.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Torres de señales (ó de enfilación) para maniobras navales de planta rectangular y cuerpo tronco-piramidal construidas con bloques de piedra de marés. Las torres formaban un conjunto de 14 parejas , de las que actualmente se mantienen 8 en pie todavía , que se ubicaban desde la Albufera de Muro hasta la Colònia de Sant Pere de forma regular y separadas por un intervalo de 1,2 kilómetros y una distancia entre ellas de 200 metros.
Búnquers y nidos de ametralladoras visibles en varios puntos de la costa diseñados por Ricardo Fernández de Tamarit, quien dió a esta zona defensiva el nombre de Línea Tamarit. En este caso, se trataba de evitar el desembarco de los aliados durante la Segunda Guerra Mundial.
El Ayuntamiento de Alcudia y Muro no tienen ningun bien catalogado de entre ellos.Los Ayuntamientos de Santa Margalida y Artá sí los tienen catalogados y por lo tanto protegidos.
El 14 de noviembre de 2008, la Comissió Insular d’Ordenació del Territori, Urbanisme i Patrimoni Històric de Mallorca, acordó “Incoar el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de zona arqueológica a favor de Son Real situado en el término municipal de Santa Margalida “.En la citada área arqueológica se listan los siguientes bienes de arquitectura militar a proteger :
001 :Nido de Son Bauló / 002 :Nido de Son Real /004 :Torre de señales I / 006 :Trinchera de Son Bauló /007 :Batería de Son Bauló /010 : Nido del Serralot/ 009 : Nido de la Punta Llarga de Son Real.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Señalización y Vallado: No . Restricciones al acceso :No
GRADO DE PROTECCIÓN
Toda esta zona de DPMT es colindante con numerosas zonas protegidas: la Albufera de Mallorca Parque Natural ; las Area Natural de Especial Interés (ANEI) de Son Real, Na Borges y Sa Cánova d’Artá ; y los espacios de la Red Natura 2000 ES0000038 S'Albufera de Mallorca(LIC, ZEPA), ES0000227 Muntanyes d'Artà (LIC, ZEPA), ES5310029 Na Borges(LIC), ES5310095 Can Picafort (LIC) y marino ES5310005 Badies de Pollença i Alcúdia(LIC).
Bird Life IBA (Important Bird Area) ES 318 Humedales de la Albufera de Mallorca y Albufereta de Pollença
La zona es objeto de estudio y protección dentro del Programa europeo Life Posidonia.
BREVE DESCRIPCIÓN ECOLÓGICA
S'Albufera. Parque Natural .Superficie: 2.443 Ha (Alcúdia, Muro, Sa Pobla). Valores naturales: Humedal de extraordinario valor biológico y ambiental. Riqueza vegetal con endemismos botánicos. Valiosa avifauna. Es además Reserva de la Biosfera, incluida en el Convenio Ramsar para protección de humedales. S'Albufera es la mayor marisma de las Baleares.
Area Natural de Especial Interés Dunes de Son Real. Superficie: 1048 Ha (Santa Margalida) Valores naturales: Conjunto dunar de gran valor. Albuferas. Playas vírgenes. Los terrenos calcáreos de Son Real forman, en la desembocadura de los torrentes, un notable conjunto de dunas, fijadas gracias a la vegetación litoral mediterránea. Esos mismos torrentes crean en la zona pequeñas albuferas de gran belleza, refugio de numerosas aves migratorias. Vegetación: La vegetación dunar es característica: barrón, lirio de mar y cardo marino. Tras la playa, una franja de sabinas protege los densos pinares, que cubren todo el área natural. Estos conviven con el montebajo de lentisco, palmito, labiérnago y el muy abundante madroño. En las zonas húmedas abundan dos especies de aves acuáticas: el chorlitejo y la polla de agua. Entre los mamíferos destacan la comadreja, la marta y el conejo común.
Area Natural de Especial Interés Sa Canova D'Artá.Superficie: 1021 Ha. (Artá). Valores naturales: Impresionante arenal , con 1'5 km de largo y dunas de hasta 80 m de altura. Pinares litorales sobre las dunas. Geológicamente, estas dunas arenosas se componen de una base de areniscas o "marés", materiales modernos que se remontan al periodo holocénico. La playa es de blanca y fina arena y alberga interesantes restos orgánicos de conchas y animales marinos. Vegetación: Destaca la vegetación dunar: barrón, lirio de mar y cardo marino. Tras la playa, se desarrolla un extenso pinar con montebajo de madroños, lentisco y palmito. Destacan las orquídeas y los endémicos "Cyclamen balearicum" y "Senecio rodrigezii". Fauna: Entre los mamíferos, abundan la comadreja, martas, los conejos y aún las liebres. Es una zona con una de las poblaciones más importantes de tortuga mediterránea. En cuanto a las aves, podemos señalar a la garza, el martín pescador, zampullín, abejaruco, la paloma torcaz y la perdiz roja.
Area Natural de Especial Interés Na Borges.Superficie: 3.044 Ha (parte en Santa Margalida). Valores naturales: Torrente con espectaculares formaciones calizas. Interés faunístico. Na Borges es el curso de agua temporal más largo de Mallorca, con una cuenca de 338 km2, desde Felanitx a Sa Canova, donde desemboca. Existen notables poblaciones de reptiles: tortuga griega, salamanquesa, culebra de cogulla y en su desembocadura numerosas aves acuáticas.
Las playas de toda la bahía se ven muy afectada por los temporales y vientos del NE con importante acumulación de restos de Posidonia.La zona es objeto de estudio dentro del Programa europeo Life Posidonia.
Las aguas incluyen fondos de escasa profundidad que forman parte de la plataforma que une Mallorca y Menorca. Los fondos de Posidonia son muy extensos y se encuentran en diversos grados de conservación, según su situación con respecto a los puertos y zonas de fondeo.
Las aguas de estas dos bahías (Pollença y Alcudia)son una importante zona de alimentación para la Pardela Balear y otras aves marinas prioritarias.
GESTIÓN AMBIENTAL
Institución responsable del mantenimiento : Ministerio de Defensa
Institución responsable de la gestión del DPMT : Demarcación de Costas : Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino.
IMPACTOS
Paisajísticos en muchos casos por el abandono y falta de mantenimiento y en otros casos por la percepción visual y no integración en el paisaje natural.
LINEAS DE PROPUESTA
La mayoría de estas construcciones se encuentran en un estado lamentable desde el punto de vista estructural y estético, y/o de seguridad e higiene. Con ello se ocasiona un importante impacto visual sobre el paisaje del litoral y se provoca una merma en la calidad del producto turístico , y en el caso de bienes protegidos un deterioro evidente.
La zona de DPMT donde están radicados es especialmente sensible y enclavada en el limite de colindancia de numerosas áreas naturales protegidas.
En la playa se realizaron acciones de recuperación ambiental en Planes de Regeneración Integral de Playas , que no contemplaron estos elementos.
Transcribimos lo escrito en el apartado C.6.1. del estudio :
“Pertenecen al DPMT todas las obras e instalaciones construidas por el Estado en dicho dominio” (Ley de Costas)
En relación con este último precepto de la Ley , serían del DPMT instalaciones militares abandonadas y largamente en desuso tales como bunkers y otras casamatas en las playas , aunque los terrenos (las playas) donde radican (ó los propios bunkers) estén expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional.Comoquiera que en su día fueron construidos y ocupado el DPMT sobre terrenos de propiedad pública del Estado ,dificilmente se encuentran documentos que soporten la titularidad ó los derechos de ocupación concesional expresa .El soporte legal de una concesión administrativa de uso ó simplemente no se creyó necesario , ó simplemente no lo fué entonces para la ocupación de uso.El resultado de todo ello es una completa indefinición formal de la responsabilidad actual final de quién debe disponer sobre estas instalaciones , para su uso , mantenimiento o su remoción.Incluso no constan expresamente en las relaciones patrimoniales de Defensa.(Con lo cual si no están afectados nunca van a ser desafectados...y así seguirán instalaciones de interés para la defensa inmersas ,rodeadas de uso público ,sin vigilancia alguna ,con acceso libre y usadas por civiles ).
En todo caso son del Estado, y si no obliga a Defensa , obliga a la Demarcación de Costas la gestión de estas instalaciones.
Como antecedente reciente , en un plan ejecutado de Actuaciones de Recuperación del DPMT en Canarias , se programó la demolición de siete bunkers y en este caso se solicitó , no la desafectación , sino sólo un informe ,lo cual como mínimo es excepcional dentro de los procesos establecidos para las instalaciones militares.Se decía: ”... estos expedientes precisan del informe favorable del Ministerio de Defensa, titular de los mismos...”. Sin duda ,ante la indefinición (¿titular propietario o concesionario?), se acude al organismo que los pudo usar , suponiéndole que si pudo hacerlo es que de algun modo disponía de dominio o concesión... y si con posterioridad no hubo cambios , sigue teniendo la titularidad ya que ,aunque están dentro del DPMT , pudiera ampararse en el artículo que excepciona a Defensa de la Ley de Costas.En todo caso no existen anotaciones ni referencias catastrales.
Propuesta de acciones :
-Desafectación expresa por Defensa : Emisión de un Informe de no ser de interés (desafectación expresa) el uso para la defensa nacional de todos los bienes (catalogados o no).
-Considerar un Plan específico ó de Regeneración Integral de Playas (Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino) para :
-Mantenimiento y restauración de las torres de enfilación.
Idem de la arquitectura militar protegida.
-Demolición de los elementos militares no catalogados por los municipios
ni el Consell , por la Demarcación de Costas de Baleares.
-Convenio de intervención de conservación para los casos de torres de enfilación que pudieran encontrarse en propiedad privada deslindada del DPMT.
-Rehabilitación/conservación de los bienes catalogados que se encuentren dentro de propiedades públicas (Finca pública del Govern Son Real)
FICHA NUM.21
BUNKERS DE LAS PLAYAS DE SES SALINES
PROPIEDAD
La titularidad es del Ministerio de Defensa si bien están asentados sobre territorio demanial del Estado :Zona de Dominio Público Marítimo Terrestre de acuerdo con la Ley de Costas.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
A lo largo de la zona costera de 7 km entre la Colonia Sant Jordi y el Faro de Cap Salines se suceden alternadamente playas y ensenadas costeras rocosas.
Los bunkers están dispuestos todos en la zona de DPMT , en las playas de Es Carbó, Ses Roquetes , Es Cargol y Cala den Tugores.
HISTORIA RECIENTE
Probablemente fueron construidos en los años 1939/1945 en un programa de defensa costera general insular.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Bunkers construidos en cemento armado .Suman un total de ocho distribuidos cuatro en la cala de Es Carbó/ses Roquetes , dos en la Cala den Tugores y dos en la cala de es Cargol.
Sus dimensiones aproximadas en planta son de 5 x 7 metros y están construidos en cemento armado.
El Ayuntamiento de Ses Salines ha catalogado los bunkers como bien de interes cultural en su categoría de arquitectura militar.Su grado de protección puede rebajarse o anularse en caso de que lo indiquen planes de protección costera.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Acceso solamente peatonal por la franja de servidumbre de paso del DPMT desde la Colonia Sant Jordi o desde el faro del Cap de Ses Salines.
Señalización y Vallado: No . Restricciones al acceso :No
GRADO DE PROTECCIÓN
Toda esta zona de DPMT linda con el area protegida terrestre de la Red Natura 2000 ES0000228 Cap de ses Salines(LIC, ZEPA) y el area ES0000083 Arxipèlag de Cabrera(LIC, ZEPA) , la misma que comprende el Parque Nacional , y el Area Natural de Especial Interés (ANEI) de Cap de Ses Salines.
También sus aguas están comprendidas en la Reserva Marina del Mitgorn de Mallorca como área de protección especial.
Es ademas Bird Life IBA (Important Bird Area) ES321 Salobrar de Campos-Sa Vall
BREVE DESCRIPCIÓN ECOLÓGICA
Extremo Sur de la isla de Mallorca. La costa, caliza, alterna tramos de acantilados con extensas playas. Playas vírgenes. En el interior de la zona se encuentran dos lagunas salobres de gran interés por su tipología endorreica y su buen estado de conservación.
Importante fauna cinegética. Este área abarca el litoral del extremo meridional de la isla, e incluye una franja interior de unos 4 km. Tierra adentro, se forman dos zonas húmedas: s'Estany des Tamarells y s'Estany des Gambes, ambos salobres. Vegetación:En el sistema dunar de la primera línea se desarrollan plantas de sustrato móbil como el lírio de arenal,el cardo marino y la sabina.Sobre el litoral rocoso crecen la saladina y el romero marino.La vegetación característica más al interior es de garriga litoral: sabinares y pinares. Fauna: En la costa abunda el cormorán moñudo y la pardela. Además de la presencia de varios hábitats importantes la zona tiene un gran valor para la conservación por la nidificación de varias especies.Cernícalos y otras rapaces sobrevuelan los acantilados. Los islotes situados frente a la playa de Es Caragol albergan una subespecie endémica de lagartija balear: "Lacerta lilfordi jordansi". Es muy importante la fauna cinegética: Liebres, conejos y perdices rojas. Los humedales acogen en invierno gran cantidad de anátidas: azulones, cercetas y cucharas.
GESTIÓN AMBIENTAL
Institución responsable del mantenimiento : Ministerio de Defensa
Institución responsable de la gestión del DPMT : Demarcación de Costas : Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino.
IMPACTOS
Paisajísticos por el abandono, falta de mantenimiento y por la percepción visual y no integración en el paisaje natural.Paisaje que es singular además de por estar frente al archipiélago de Cabrera , por formar parte de una extensa línea costera hasta Santanyí de 15 km. completamente virgen.Son sin duda las playas más virgenes de la isla.
Ambientales : Interceptación de la dinámica de playas.La elevación progresiva del nivel del mar sin duda reduce la extensión emergida de las arenas de la playa y los acerca a la zona de rompiente al mismo tiempo que algunos van hundiéndose en la playa o van sepultándose en las dunas.
LINEAS DE PROPUESTA
La mayoría de estas construcciones se encuentran en un estado lamentable desde el punto de vista estructural y estético, y/o de seguridad e higiene. Con ello se ocasiona un importante impacto visual sobre el paisaje del litoral y se provoca una merma en la calidad del producto turístico , y en el caso de estar protegidos sin ningun mantenimiento y con un deterioro evidente.
La zona de DPMT donde están radicados es especialmente sensible y enclavada en el limite de colindancia de numerosas areas naturales protegidas.
En algun sector de playa se realizaron acciones de recuperación ambiental que no contemplaron estos elementos.
Transcribimos lo escrito en el apartado C.6.1. del estudio :
“Pertenecen al DPMT todas las obras e instalaciones construidas por el Estado en dicho dominio” (Ley de Costas)
En relación con este último precepto de la Ley , serían del DPMT instalaciones militares abandonadas y largamente en desuso tales como bunkers y otras casamatas en las playas , aunque los terrenos (las playas) donde radican (ó los propios bunkers) esten expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional.Comoquiera que en su dia fueron construidos y ocupado el DPMT sobre terrenos de propiedad pública del Estado ,dificilmente se encuentran documentos que soporten la titularidad ó los derechos de ocupación concesional expresa .El soporte legal de una concesión administrativa de uso ó simplemente no se creyó necesario , ó simplemente no lo fué entonces para la ocupación de uso.El resultado de todo ello es una completa indefinición formal de la responsabilidad actual final de quién debe disponer sobre estas instalaciones , para su uso , mantenimiento o su remoción.Incluso no constan expresamente en las relaciones patrimoniales de Defensa.(Con lo cual si no están afectados nunca van a ser desafectados...y así seguirán instalaciones de interés para la defensa inmersas ,rodeadas de uso público ,sin vigilancia alguna ,con acceso libre y usadas por civiles ).
En todo caso son del Estado, y si no obliga a Defensa , obliga a la Demarcación de Costas la gestión de estas instalaciones.
Como antecedente reciente , en un plan ejecutado de Actuaciones de Recuperación del DPMT en Canarias , se programó la demolición de siete bunkers y en este caso se solicitó , no la desafectación , sino sólo un informe ,lo cual como mínimo es excepcional dentro de los procesos establecidos para las instalaciones militares.Se decía: ”... estos expedientes precisan del informe favorable del Ministerio de Defensa, titular de los mismos...”. Sin duda ,ante la indefinición (¿titular propietario o concesionario?), se acude al organismo que los pudo usar , suponiéndole que si pudo hacerlo es que de algun modo disponía de dominio o concesión... y si con posterioridad no hubo cambios , sigue teniendo la titularidad ya que ,aunque están dentro del DPMT , pudiera ampararse en el artículo que excepciona a Defensa de la Ley de Costas.En todo caso no existen anotaciones ni referencias catastrales.
Propuesta de acciones :
-Desafectación expresa por Defensa : Emisión de un Informe de no ser de interés (desafectación expresa) el uso para la defensa nacional de todos los bunkers.
-Considerar un Plan específico ó de Regeneración Integral de Playas (Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino) que contemple la demolición de los bunkers , previo informe favorable del Ayuntamiento :
FICHA NUM.22
BUNKERS DE LAS PLAYAS DE ES TRENC Y SA RÁPITA
PROPIEDAD
La titularidad es del Ministerio de Defensa si bien están asentados sobre territorio demanial del Estado :Zona de Dominio Público Marítimo Terrestre de acuerdo con la Ley de Costas.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En la costa sur occidental de Mallorca , entre Sa Rápita y la Colonia Sant Jordi.Extenso tramo de 5 km. de playas virgenes interceptado por el pequeño núcleo urbano de Ses Covetes.En el término municipal de Campos.
Están dispuestos todos en la zona de DPMT , sobre la misma arena de la playa.
HISTORIA RECIENTE
Probablemente fueron construidos en los años 1939/1945 en un programa de defensa costera general insular.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Los bunkers suman un total de nueve ,distribuidos dos en la playa de s’Arenal de Sa Rápita ,
seis en la platja des Trenc ,
y uno en la Punta de sa Llova (punta norte de la Platja des Marqués).Sus dimensiones aproximadas en planta son de 7 x 4 metros y están construidos en cemento armado.
El Ayuntamiento de Campos no los tiene catalogados.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Señalización y Vallado: No . Restricciones al acceso :No
GRADO DE PROTECCIÓN
Toda esta zona de DPMT es colindante con la importante zona protegida del Area Natural de Especial Interés (ANEI) Es Trenc-Salobrar de Campos; y los espacios de la Red Natura 2000 ES0000037 Es Trenc-Salobrar de Campos(LIC, ZEPA) y el espacio marino de la ES0000083 Arxipèlag de Cabrera(LIC, ZEPA) , el mismo que comprende el Parque Nacional.Sus aguas forman parte de la Reserva Marina del Mitgorn de Mallorca.
Es ademas Bird Life IBA (Important Bird Area) ES321 Salobrar de Campos-Sa Vall.
La Consellería de Medi Ambient del Govern Balear está elaborando un inventario de los puntos de interés geológicos más importantes de las islas con la finalidad de crear una red de patrimonio geológico e hidrogeológico para su posterior protección.Según el inventario provisional pendiente de su tramitación y aprobación , entre los puntos a proteger ses encuentra el sistema dunar de Es Trenc.
BREVE DESCRIPCIÓN ECOLÓGICA
La zona de Es Trenc-Salobrar de Campos es uno de los espacios naturales más relevantes de las islas Baleares. Es el segundo humedal en extensión de la isla,tras la Albufera. La calidad paisajística del lugar es muy elevada al coincidir diversos tipos de hábitats en una zona litoral muy bien conservada.
En una superficie pequeña se encuentran salicorniales, amplios espacios de aguas salobres libres en estado natural o incluidos en una explotación salinera activa, un pinar mediterráneo instalado sobre una larga faja de dunas litoralres fijas, y un sistema dunar y playa con una grado de conservación muy bueno en el ámbito balear.
En la amplísima playa y primer tramo del cordón de dunas se instala una comunidad vegetal de playa y dunar aún bien conservada.
Esta variedad de hábitas lindantes con cultivos de secano y zonas de barbecho y pastos, dan lugar a que aquí se encuentre una elevada biodiversidad.Además de la flora y fauna existente, este lugar, por sus características y ubicación en el cono sur de Mallorca, tiene una extraordinaria importancia durante los pasos migratorios de las aves, tanto en el primavera como en el otoño.
GESTIÓN AMBIENTAL
Institución responsable del mantenimiento : Ministerio de Defensa
Institución responsable de la gestión del DPMT : Demarcación de Costas : Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino.
La Llei de Espais Naturals de 1991 disponía que esta área natural (Es Trenc-Salobrar) tenía que dotarse de una figura de protección y conservación como espacio protegido.El 9 de junio de 2006 se inicia por el Govern balear el procedimiento de elaboración del PORN de su ámbito (3.780 ha : 2.338 ha de superficie marina y 1.442 de superficie terrestre ). En diciembre de 2008 , en declaraciones oficiales de la Consellería de Medi Ambient se asegura que en el primer trimestre de 2009 se presentará el PORN para su aprobación.Hasta el presente no hay ,pues ,gestión alguna en la zona , sólo protección urbanística como ANEI.
Un proyecto-estudio piloto para paliar la degradación de los sistemas dunares fue presentado en 2007. En la playa se realizaron acciones de recuperación ambiental en Planes de Regeneración Integral de Playas , como acordonamiento de espacios dunares , rotulación y colocación de pantallas de acumulación de arenas.No se contemplaron acciones en relación a los bunkers.
IMPACTOS
Impactos graves paisajísticos contundentes por la percepción visual ,el abandono y la falta de mantenimiento. Los bunkers alteran e interceptan la dinámica de las playas y la dunar.La elevación progresiva del nivel del mar sin duda reduce la extensión emergida de las arenas de la playa y los resitúa en la rompiente y dentro de las aguas en algún caso.
En cuanto al impacto sobre las playas , el uso turístico intensivo de estas playas muy populares es enorme hasta que se ordenen los usos y las zonificaciones .“El verdadero problema de esta playa, y de todas las que tienen sistema dunar asociado, es precisamente el transporte eólico de arena desde la playa seca al sistema dunar.... Así se fue formando y creciendo el sistema dunar ..., siempre a costa de la masa arenosa de la playa (emergida y sumergida) y provocando su implacable retroceso.... Y, en cuanto al proceso reciente, la situación de los búnkeres constituye un claro testigo del retroceso en unos 60 años (unos 30 cm/año)”(Carlos Garau Sagristá.Diario de Mallorca, 2 enero de 2009).
LINEAS DE PROPUESTA
La zona de DPMT donde están radicados es especialmente sensible y enclavada en el limite de colindancia de numerosas areas naturales protegidas emblemáticas y muy pronto será parte (y uno de los núcleos significativos) del futuro Parque Natural que declarará el PORN.Además se quiere proteger el patrimonio dunar geológico específicamente.
El uso recreativo popular de las playas está muy consolidado y es marca turística reconocida.
La mayoría de estas construcciones se encuentran en un estado lamentable desde el punto de vista estructural y estético, y/o de seguridad e higiene. Con ello se ocasiona un importante impacto visual sobre el paisaje del litoral y se provoca una merma en la calidad del producto turístico . Se trata de impactos muy graves al producto turístico , dentro de las playas más emblemáticas y reproducidas en la promoción institucional de las islas.
Transcribimos lo escrito en el apartado C.6.1. del estudio :
“Pertenecen al DPMT todas las obras e instalaciones construidas por el Estado en dicho dominio” (Ley de Costas)
En relación con este último precepto de la Ley , serían del DPMT instalaciones militares abandonadas y largamente en desuso tales como bunkers y otras casamatas en las playas , aunque los terrenos (las playas) donde radican (ó los propios bunkers) esten expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional.Comoquiera que en su dia fueron construidos y ocupado el DPMT sobre terrenos de propiedad pública del Estado, dificilmente se encuentran documentos que soporten la titularidad ó los derechos de ocupación concesional expresa .El soporte legal de una concesión administrativa de uso ó simplemente no se creyó necesario , ó simplemente no lo fué entonces para la ocupación de uso.El resultado de todo ello es una completa indefinición formal de la responsabilidad actual final de quién debe disponer sobre estas instalaciones , para su uso , mantenimiento o su remoción.Incluso no constan expresamente en las relaciones patrimoniales de Defensa.(Con lo cual si no están afectados nunca van a ser desafectados...y así seguirán instalaciones de interés para la defensa inmersas ,rodeadas de uso público ,sin vigilancia alguna ,con acceso libre y usadas por civiles ).
En todo caso son del Estado, y si no obliga a Defensa , obliga a la Demarcación de Costas la gestión de estas instalaciones.
Como antecedente reciente , en un plan ejecutado de Actuaciones de Recuperación del DPMT en Canarias , se programó la demolición de siete bunkers y en este caso se solicitó , no la desafectación , sino sólo un informe ,lo cual como mínimo es excepcional dentro de los procesos establecidos para las instalaciones militares.Se decía: ”... estos expedientes precisan del informe favorable del Ministerio de Defensa, titular de los mismos...”. Sin duda ,ante la indefinición (¿titular propietario o concesionario?), se acude al organismo que los pudo usar , suponiéndole que si pudo hacerlo es que de algun modo disponía de dominio o concesión... y si con posterioridad no hubo cambios , sigue teniendo la titularidad ya que, aunque están dentro del DPMT , pudiera ampararse en el artículo que excepciona a Defensa de la Ley de Costas.En todo caso no existen anotaciones ni referencias catastrales.
Propuesta de acciones :
-Desafectación expresa por Defensa : Emisión de un Informe de no ser de interés (desafectación expresa) el uso para la defensa nacional de todos los bienes (catalogados o no).
-Considerar un Plan específico ó de Regeneración Integral de Playas (Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino) para la demolición de todos los bunkers por la Demarcación de Costas de Baleares , del Ministerio de Medio Ambiente ,Medio Rural y Marino.
FICHA NUM.23
BUNKERS DE ALCANADA
PROPIEDAD
La titularidad es del Ministerio de Defensa si bien están asentados sobre territorio demanial del Estado :Zona de Dominio Público Marítimo Terrestre de acuerdo con la Ley de Costas.
SITUACIÓN Y EXTENSIÓN
En el tramo costero entre la Punta des Far frente a la isla de Alcanada y la platja de Sa Bassa Blanca , en la costa Sur de la península de la Victoria entre las bahías de Pollença y Alcudia ,
término municipal de Alcudia.
Los bunkers están dispuestos todos en la zona de DPMT , uno en la punta de Es Faralló y el otro a 70 metros hacia Sa Bassa Blanca.
HISTORIA RECIENTE
Formaba parte y defendían el acceso a la antigua batería de costa muy cercana (200 metros) de Sa Bassa Blanca , construida en un programa de defensa costera en los años cuarenta , desafectada hace tiempo y hoy propiedad privada.
INSTALACIONES Y EDIFICIOS.GRADO DE PROTECCIÓN.
Las dimensiones de los dos bunkers aproximadas son de 5 x 8 metros y están construidos en conglomerado de cemento armado.No están catalogados.
ACCESOS Y SEÑALIZACIÓN
Acceso solamente peatonal por la servidumbre de paso desde la playa de Alcanada en la entrada al golf de Alcanada (carretera de Port de Alcudia a Alcanada).
Señalización y Vallado: No . Restricciones al acceso :No
GRADO DE PROTECCIÓN
Sus aguas están comprendidas en el area protegida marítima de la Red Natura 2000 ES5310005 Badies de Pollença i Alcúdia(LIC).Esta zona es de estudio y protección dentro el proyecto europeo Life Posidonia.
El DPMT linda con zona AANP (Area Natural de Interes Especial de Alto Nivel de Protección)
BREVE DESCRIPCIÓN ECOLÓGICA
En el ámbito del Área Protegida de la península de la Victoria , área natural localizada en la península montañosa que divide la Bahía de Alcúdia con la Bahía de Pollença y que finaliza en el Cap Pinar. Formaciones de garriga mediterránea y pinar de carrasco.De litoral rocoso y accidentado, también cuenta con playas arenosas como la de Aucadana y Sa Bassa Blanca.
Los bunkers radican en un tramo recortado donde se suceden caletas y pequeñas playas. Uno se encuentra en una pequeña playa y el otro en una punta rocosa unida a un farallón.
GESTIÓN AMBIENTAL
Institución responsable del mantenimiento : Ministerio de Defensa
Institución responsable de la gestión del DPMT : Demarcación de Costas : Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino.
IMPACTOS
Paisajísticos : Por el abandono, falta de mantenimiento y por la percepción visual y no integración en el paisaje natural.Paisaje que es singular además de por estar frente a la isla de Alcanada , por formar parte de la parte de la península de la Victoria frente a la bahía de Alcudia , todavía muy bien conservada .La situación de los bunkers en los salientes terrestres mas significativos impacta grandemente el paisaje.
Ambientales : Interceptación de la dinámica del litoral.La elevación progresiva del nivel del mar los ha inmerso a la zona de rompiente.
LINEAS DE PROPUESTA
Estas construcciones se encuentran en un estado lamentable desde el punto de vista estructural y estético, y/o de seguridad e higiene , produciendo un importante impacto visual sobre el paisaje del litoral.Uno de los bunkers ha sido partido en trozos por el oleaje y se encuentran sobre la playa.El otro está en la rompiente de las aguas
La zona de DPMT donde están radicados es una zona completamente natural y de especial y paisaje muy bien conservado.
Transcribimos lo escrito en el apartado C.6.1. del estudio :
“Pertenecen al DPMT todas las obras e instalaciones construidas por el Estado en dicho dominio” (Ley de Costas)
En relación con este último precepto de la Ley , serían del DPMT instalaciones militares abandonadas y largamente en desuso tales como bunkers y otras casamatas en las playas , aunque los terrenos (las playas) donde radican (ó los propios bunkers) esten expresamente declarados de interés para la seguridad y la defensa nacional.Comoquiera que en su dia fueron construidos y ocupado el DPMT sobre terrenos de propiedad pública del Estado ,dificilmente se encuentran documentos que soporten la titularidad ó los derechos de ocupación concesional expresa .El soporte legal de una concesión administrativa de uso ó simplemente no se creyó necesario , ó simplemente no lo fué entonces para la ocupación de uso.El resultado de todo ello es una completa indefinición formal de la responsabilidad actual final de quién debe disponer sobre estas instalaciones , para su uso , mantenimiento o su remoción.Incluso no constan expresamente en las relaciones patrimoniales de Defensa.(Con lo cual si no están afectados nunca van a ser desafectados...y así seguirán instalaciones de interés para la defensa inmersas ,rodeadas de uso público ,sin vigilancia alguna ,con acceso libre y usadas por civiles ).
En todo caso son del Estado, y si no obliga a Defensa , obliga a la Demarcación de Costas la gestión de estas instalaciones.
Como antecedente reciente , en un plan ejecutado de Actuaciones de Recuperación del DPMT en Canarias , se programó la demolición de siete bunkers y en este caso se solicitó , no la desafectación , sino sólo un informe ,lo cual como mínimo es excepcional dentro de los procesos establecidos para las instalaciones militares.Se decía: ”... estos expedientes precisan del informe favorable del Ministerio de Defensa, titular de los mismos...”. Sin duda ,ante la indefinición (¿titular propietario o concesionario?), se acude al organismo que los pudo usar , suponiéndole que si pudo hacerlo es que de algun modo disponía de dominio o concesión... y si con posterioridad no hubo cambios , sigue teniendo la titularidad ya que ,aunque están dentro del DPMT , pudiera ampararse en el artículo que excepciona a Defensa de la Ley de Costas.En todo caso no existen anotaciones ni referencias catastrales.
Propuesta de acciones :
-Desafectación expresa por Defensa : Emisión de un Informe de no ser de interés (desafectación expresa) el uso para la defensa nacional de los bunkers.
-Considerar un Plan específico ó de Actuación costero de la zona (Ministerio de Medio Ambiente , Medio Rural y Marino) que contemple la demolición de los bunkers .
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